El proyecto será enviado al Parlamento en los próximos meses

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En Uruguay hay 350 presos extranjeros, la mayoría condenados por delitos graves

Los extranjeros con condena por delitos graves tienen las condiciones para ser expulsados, según el proyecto que prepara el Ministerio del Interior
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31 de agosto de 2021 a las 05:03

El ministro del Interior, Luis Alberto Heber, anunció la semana pasada que va a enviar al Parlamento un proyecto de ley de migraciones para expulsar a los extranjeros que delinquen en Uruguay. La iniciativa surgió luego de que se conociera que dos ecuatorianos y un venezolano prometían a través de internet trabajo en Uruguay a víctimas que luego mantenían en situación de semiesclavitud.

Ante esta situación Heber expresó: “A esta gente no la queremos en Uruguay, ni siquiera en las cárceles”. Los tres extranjeros fueron imputados por asociación para delinquir y trata de personas con fines de explotación laboral

Consultado sobre el tema, el subsecretario del Interior, Guillermo Maciel explicó a El Observador que hay unos 350 extranjeros en las cárceles y de ellos la mayoría están condenados por delitos sexuales, homicidios, estafa, tráfico de armas, rapiñas y narcotráfico. "Cumplen con las condiciones para ser expulsados", dijo el subsecretario.

Y agregó: "Que los extranjeros vengan a estudiar, a trabajar y a desarrollar una vida honesta está perfecto. Ahora, si cometen algunos de estos delitos graves la sociedad uruguaya no tiene por qué destinar millonarios recursos del Estado para mantenerlos, sino que podría utilizarse para mejorar las condiciones de las cárceles, rehabilitación, salud".

Maciel afirmó que se trabajará el tema con Cancillería para enviar luego el texto al Parlamento. Agregó que el objetivo es enviarlo este año para que luego sea debatido por los parlamentarios.  

También explicó que será potestad del Poder Ejecutivo decidir si se expulsa o no a la persona. Para que esto ocurra se deben dar ciertos requisitos. En primer lugar, la persona deberá ser extranjera. En segundo lugar, no va a importar su situación migratoria (si es residente o no). En tercer lugar, el subsecretario explicó que no todos los delitos están incluidos, sino aquellos que sean dolosos (intencionales) así como graves o gravísimos.

Agregó que los delitos que están considerando incluir son: violación, abuso sexual, homicidio, secuestro, extorsión, narcotráfico, lavado de activos, esclavitud sexual, la prostitución forzada, la apropiación de niños, niñas y adolescentes para adopción, la trata y el tráfico de personas, entre algunos otros.

Por último, aclaró que para todos los casos se va a requerir que el extranjero esté condenado por la Justicia. "Se necesita sentencia de condena",  subrayó.

Según mencionó ya existen algunas leyes que facultan al Estado a expulsar a extranjeros que delinquen, además de que países como Suiza, España, Australia y Chile, lo aplican.

Entre las leyes mencionó el artículo 47 literal b de la actual ley de migración (N°18.250) del año 2008 establece: "El Ministerio del Interior podrá cancelar, en todos los casos, la residencia que hubiese otorgado, y disponer su consecuente expulsión cuando la persona extranjera que en el territorio nacional cometiere delito de carácter doloso y fuera condenado con pena de penitenciaria o registrase una conducta reiterante en la comisión de delitos, excepto los refugiados". 

Maciel mencionó que también la ley anterior a la actual de migraciones (N° 9.604) que rigió desde 1936 hasta 2008, tenía a disposición la expulsión de extranjeros del país que estuvieran condenados por determinadas circunstancias.

Por último, el Código del Proceso Penal en su artículo 298.3 también introduce esta cuestión y determina que el Poder Ejecutivo podrá disponer la expulsión del territorio nacional de penados extranjeros que no residan legalmente en el país. 

De todos modos, el subsecretario dijo que si bien existen antecedentes legales, la nueva ley será "más amplia, abarcará más delitos y la mecánica va a ser más ágil".

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