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20 de febrero 2013 - 9:52hs

Parece una broma de mal gusto. A la jueza Mariana Mota la llamaron por teléfono y le dijeron: “Felicitaciones doctora, la Corte la designó para prestar funciones en un juzgado civil” (Brecha, 15 de febrero de 2013) Este argumento fue reiterado, más tarde, públicamente, por alguno de los ministros de la SCJ. Aunque la intención haya sido otra (incluso evitar sancionar a la implicada), de hecho, esta “explicación” es un agravio a la doctora Mota y a la inteligencia de los uruguayos. A nadie se le escapa que los motivos de fondo fueron otros. Hubiera sido mucho mejor, mucho más sano, que la SCJ los presentara públicamente desde el principio. No he escuchado a nadie decir que no tiene derecho a redistribuir a los jueces. No se trata de eso. Tienen la obligación, en un tema tan delicado, de ser mucho más sensibles, prudentes y transparentes. Se apresuraron a emitir un comunicado condenando a quienes, el viernes pasado, invadieron su local. ¿Por qué no hicieron lo mismo explicando las verdaderas razones por las cuales removieron a una jueza que ha jugado un papel tan importante en los últimos años? Todavía están a tiempo de enmendar el error. La SCJ no solo le debe una explicación seria a la jueza Mota. No se la debe, apenas, al Frente Amplio, ni a los familiares de las víctimas de las violaciones a los DDHH. Se la debe a todo el país.

Dos parlamentarios frenteamplistas (el senador Enrique Rubio y el diputado, y exministro, José Bayardi) anunciaron su intención de convocar al Parlamento a los ministros de la SCJ y, de inmediato, se desató una nueva tormenta. El pedido es absolutamente legítimo en su espíritu aunque, según la mayoría de los juristas que he escuchado, equivocado en términos formales. Es correcto, en su esencia, porque el presidencialismo no solamente se basa en la separación de poderes sino en el principio, más importante todavía que el anterior, de los pesos y contrapesos. Los tres poderes son independientes para que puedan controlarse entre sí. Se trata de un principio sabio porque minimiza el riesgo de decisiones arbitrarias. El artículo 118 de la Constitución permite que cualquier parlamentario, “por escrito y por intermedio del Presidente de la Cámara respectiva”, solicite a los “Ministros de Estado, a la Suprema Corte de Justicia, a la Corte Electoral, al Tribunal de lo Contencioso Administrativo y al Tribunal de Cuentas, los datos e informes que estime necesario para llenar su cometido”. El problema es que los referidos legisladores tomaron por otro camino, que no está previsto en la Constitución, cuando propusieron “invitar” a los ministros al Parlamento a explicar las razones del traslado de Mota. La SCJ está a tiempo. Si considera que no corresponde comparecer frente al Parlamento, debe encontrar otros mecanismos para divulgar los fundamentos de una decisión extraordinariamente relevante.

Mientras la SCJ no comunique sus razones no tendremos más remedio que seguir especulando. Hay quienes sostienen que por detrás del traslado está la larga mano del ministro Eleuterio Fernández Huidobro que chocó con la jueza Mota en el caso del avión Air Class. Otros van más lejos todavía, y argumentan que la SCJ está acomodando el cuerpo ante las presiones de una amplia coalición de actores políticos (integrada por miembros del gobierno, de la oposición y militares retirados) que busca, una vez más, frenar las acciones judiciales sobre DDHH. En todo caso, no me parece necesario llegar hasta el punto de admitir que nuestro máximo organismo de justicia no es independiente de las presiones de los partidos para explicar lo ocurrido. Es evidente que la mayoría de sus miembros consideran que, en términos estrictamente jurídicos, es un error pretender juzgar los delitos ocurridos durante la dictadura. En términos técnicos, la posición que sostienen es perfectamente defendible. También me parece evidente que tienen buenas razones para no confiar en la imparcialidad de Mota. Ella cometió el grave error de aparecer frente a toda la sociedad como una militante de la causa de los DDHH. Está en la tapa del libro: no se puede ser juez y parte. Al olvidar este principio básico, la doctora Mota le hizo un flaco favor a la causa que ha venido defendiendo. Perdió credibilidad frente a sus propios colegas. ¿Son éstas las razones de fondo? ¿La removieron porque no comparten su punto de vista y porque no confían en su imparcialidad? Expliquen, por favor.

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De todos modos, en términos estrictamente jurídicos, la posición de la jueza Mota es tan o más defendible que la de la mayoría de la SCJ. Siguiendo una extensa jurisprudencia internacional sólidamente fundamentada e intensamente divulgada por la Corte Interamericana de DDHH, Mota considera que las violaciones a los DDHH son delitos de “lesa humanidad” y por ende imprescriptibles.

Hace décadas, desde el inicio de la recta final de la transición en 1984, que manejamos mal este tema. La SCJ, lamentablemente, no ha hecho más que agregar una perla más a ese largo collar. Todavía está a tiempo de enmendar su error.

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