Los jugadores intentaron calmar

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Multa de US$ 100.000 a Peñarol: Conmebol explicó todas las infracciones en el partido ante Colón

La Conmebol comunicó las multas a Peñarol por US$ 80.000, US$ 20.000 y dos partidos con la tribuna Guelfi cerrada; mirá todas las infracciones
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09 de agosto de 2022 a las 14:31

La Comisión Disciplinaria de la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol) dio a conocer las infracciones por las que multó con un total de US$ 100 mil a Peñarol por los incidentes ocurridos en el partido ante Colón de Santa Fe en el estadio Campeón del Siglo el pasado 25 de mayo por la Copa Libertadores.

Tal como informó Referí, los aurinegros fueron notificados días atrás de esa multa económica a la que se le suma dos partidos con la tribuna Guelfi a puertas cerradas en torneos continentales.

Ahora la Conmebol divulgó los motivos por los que aplicó los castigos a los aurinegros en aquel encuentro, el último de fase de grupos, que tuvo enfrentamientos entre parciales aurinegros y argentinos.

El partido estuvo suspendido durante 30 minutos debido a incidentes que protagonizaron hinchas aurinegros que se trasladaron desde la Tribuna Cataldi a la Guelfi en pleno segundo tiempo para atacar a los seguidores del club argentino.

Un hincha colgado del tejido

El pasado 25 de julio, Referí informó que por estos hechos fueron detenidos nueve hinchas de Peñarol que pasaron a la lista negra, y cuatro de ellos fueron imputados con arresto domiciliario nocturno.

Las multas

El fallo de Conmebol ordena a Peñarol “el cierre de la Tribuna Guelfi del Campeón del Siglo, Montevideo, Uruguay, por sus próximos 2 (dos) partidos en condición de local en competiciones oficiales organizadas por la Conmebol, con excepción del sector visitante”.

Además, les impone a los aurinegros una multa por US$ 80 mil por la infracción a los artículos 10.1 incisos a y d; 10.2 inciso b; y 12.2 incisos c, f y o, todos del Código Disciplinario de la Conmebol.

Jugadores y jueces miran los incidentes

¿Qué infracciones indican esos artículos?

El 10.1 señala que “las Asociaciones Miembro y los clubes que jueguen como locales deberán (pasa al inciso a) evaluar el nivel de riesgo que planteen los encuentros e indicar a los órganos de la Conmebol aquellos que entrañen un riesgo especialmente alto”. Según el fallo, eso no habría sido advertido por Peñarol.

Mientras que en el inciso d se indica que las asociaciones miembro y los clubes también deben “garantizar el orden en los estadios y en sus inmediaciones, así como la correcta organización de los partidos”.

En tanto, el artículo 10.2 b hace referencia a “el lanzamiento de objetos”.

Incidentes en Peñarol - Colón

Con respecto al artículo 12.2, el inciso c refiere a “violar las pautas mínimas de lo que se ha de considerar como un comportamiento aceptable en el ámbito del deporte y del fútbol organizado”.

El 12.2 f, refiere a “comportarse de manera tal que el fútbol como deporte en general y la Conmebol en particular, pudieran verse desacreditados como consecuencia de ese comportamiento”; mientras que el inciso o alude a “cometer un acto de violencia o de agresión”.

Todas esas infracciones engloban el cierre de la Güelfi por dos partidos y la multa por US$ 80 mil.

“El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club de la Conmebol en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio”, dice el fallo.

También agrega que la sanción de cierre de la tribuna se hace extensiva a cualquier otro estadio en el cual Peñarol pueda celebrar sus próximos dos partidos en condición de local en competiciones oficiales organizadas por la Conmebol.

US$ 20.000 por invasión o tentativa de invasión

La segunda multa que completa los US$ 100 mil totales del castigo a Peñarol es de US$ 20 mil.

Es específica sobre una sola infracción al artículo 10.2 inciso a del Código Disciplinario. Ese inciso hace referencia a “la invasión o tentativa de invasión del terreno de juego”.

Jugadores y jueces miran los incidentes

Advertencia por láser

La Conmebol también le impuso a Peñarol una advertencia por la infracción al artículo 19 inciso i de su Reglamento de Seguridad.

Ese artículo refiere a objetos prohibidos en los escenarios y el inciso i concretamente menciona la “iluminación láser”.

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