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Sobre el aborto en Uruguay

En respuesta a artículo publicado en el diario El País el 23 de noviembre pasado
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21 de diciembre de 2020 a las 05:03

Una respuesta a Lilián Abracinskas, Martín Lema y Juan José Calvo

Me propongo responder a algunas afirmaciones hechas en el artículo titulado Aborto en Uruguay: un debate que parecía superado, publicado por el diario El País el 23/11/2020.

Lilián Abracinskas, directora de MYSU, dijo: “Si hay algo que ha quedado claro es que el aborto no es un homicidio, ni aún en el Código Penal tal cual está tipificado hoy. El ‘delito’ de aborto es distinto al homicidio, porque uno es un acto consumado entre personas, sujetos de derecho, y el otro es altamente polémico y tiene que ver con cómo se considera el proceso vital en curso. En este país, incluso si se mantuviera el aborto como delito, no se considera como persona con derechos hasta 24 horas después de haber nacido”.

Respondo: A) Según el Artículo 21 de nuestro Código Civil: "Son personas todos los individuos de la especie humana." Es científicamente innegable que los embriones humanos, los fetos humanos y los niños recién nacidos son individuos de la especie humana. Ergo, según el Código Civil, son personas. La barbaridad de que nadie es persona con derechos hasta 24 horas después de haber nacido no existe en nuestra legislación. B) Según nuestro actual Código Penal, Artículos 325-328, el aborto es un delito distinto al homicidio, pero no porque no sea un acto consumado entre personas, como ya vimos. El aborto no es una mera interrupción de un "proceso vital en curso", sino la eliminación deliberada de un individuo de la especie humana, es decir de una persona.

 Martín Lema, presidente de la Cámara de Diputados,  dijo: “Estar en contra del aborto estamos todos (…) Pero acá hubo un pronunciamiento de la población (la convocatoria a referéndum para derogar la ley en 2013, que solo alcanzó aproximadamente el 9% de las adhesiones), y en lo personal respeto la voz ciudadana. Eso no quita que uno pueda volver a discutirla, pero ahora estamos con otras prioridades. (…) Tenemos por delante, además, una discusión sobre la eutanasia.”

Respondo: A) No todos están en contra del aborto. Algunos lo consideran, no como un mal a tolerar, sino como un derecho reproductivo de la mujer, y por ende como un bien a promover. B) La soberanía popular no es absoluta. Los seres humanos estamos dotados de ciertos derechos inalienables, inherentes a la personalidad humana (*1), entre los cuales se cuenta el derecho humano a la vida. Ningún pronunciamiento ciudadano puede dar ni quitar ninguno de esos derechos. El "pre-referéndum" de 2013 no volvió constitucional una ley que era y sigue siendo inconstitucional. C) No puede haber prioridad mayor que la derogación de una ley que permite la eliminación 'legal' de unos 10.000 uruguayos inocentes por año (*2). D) La legalización de la eutanasia sería una ulterior violación del derecho humano a la vida, y violaría el compromiso público del Presidente Luis Lacalle Pou de llevar adelante un gobierno con una agenda provida.

Juan José Calvo, demógrafo, dijo que es un “disparate” pensar que la cantidad de interrupciones de embarazo influya sobre la baja tasa demográfica uruguaya. “El bajo crecimiento demográfico tiene que ver con el descenso de la fecundidad. La cantidad de abortos está ‘planchada’ desde hace años. (…) La fertilidad es la capacidad biológica de procrear. La natalidad es el fenómeno demográfico que vincula el número de nacimientos con el total de la población. Cuando decimos que tenemos 38.000 nacimientos al año, eso es una medida de la natalidad. Y la fecundidad es la cantidad de hijos que tienen las personas”. La baja tasa de crecimiento demográfico uruguayo, dice, es más antigua que la ley del aborto. “Uruguay nunca tuvo natalidad alta porque la fecundidad ha sido baja y continúa descendiendo. El bajo crecimiento demográfico obedece principalmente a que la gente quiere tener pocos hijos.”

Respondo: A) La cantidad de abortos en Uruguay no está ‘planchada’ desde hace años. En el período 2013-2018 creció un 44,7%. Creció durante cinco años seguidos, de 7.171 abortos en 2013 a 10.373 en 2018. Recién en 2019 disminuyó apenas. B) Por si acaso agrego que antes de 2013 no había 33.000 abortos ilegales por año, una cantidad absurda manejada insistentemente por la propaganda proabortista (*3). Seguramente en ese entonces la cantidad anual de abortos era mucho menor que 7.000. La legalización del aborto no disuadió a nadie de abortar. C) El término normal de un embarazo es un nacimiento. Si no hubiera unas 10.000 "interrupciones de embarazo" por año en Uruguay, habría unos 10.000 nacimientos más por año, lo que incrementaría la natalidad. D) No siempre el aborto se debe a que la madre no quiere absolutamente tener al hijo; a menudo no lo quiere relativamente, en función de sus circunstancias concretas de vulnerabilidad social, que pueden ser superadas con ayuda de otras personas, de la sociedad civil o del gobierno. Y, por supuesto, la ley influye en la conducta humana. La penalización del aborto, así como hoy disuade a muchas mujeres de procurar un aborto después de las doce semanas de embarazo, antes de 2012 disuadía a muchas más de procurar un aborto en cualquier momento.

 

0) Otros escritos del autor en: https://danieliglesiasgrezes.wordpress.com.

1) Cf. Constitución de la República, Artículo 72.

2) Financiada por nuestros impuestos, para colmo de males.

3) Al igual que hoy se maneja la disparatada cantidad de 500.000 abortos ilegales por año en Argentina.

 

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