29 de febrero de 2012 20:16 hs

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) falló a favor de la Intendencia de Maldonado en el juicio por la recategorización de zonas urbanas y suburbanas en el departamento. La sentencia que rechazó el recurso de inconstitucionalidad promovido por el propietario de una “chacra marítima” contra el decreto municipal que recategorizó los inmuebles, se emite en un momento en que tanto en Maldonado como el Canelones varios contribuyentes reclaman por el aumento de la contribución y sienta un precedente.

El recurso cuestionaba cuatro artículos del Decreto 3875 –Disposiciones de Ordenamiento Territorial y Categorización del Suelo-Directrices Departamentales y Microrregionales– por el cual se incrementó la tasación tributaria de su inmueble de $155 en 2008 a $64.983 en 2009.

El propietario planteó que la resolución de la Intendencia violaba el artículo 297, numeral 1 de la Constitución de la República (referido a fuentes de recursos de los gobiernos departamentales) por exceder la potestad tributaria departamental e invadir la potestad tributaria nacional.

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Sin embargo, la Suprema Corte sostuvo que la norma no viola la Constitución porque es tarea de los municipios establecer la recategorización de los inmuebles. En opinión expresada por el fiscal de Corte “sólo una norma departamental que gravara la propiedad inmueble rural podría considerarse violatoria (del mencionado artículo), y no una norma que delimite áreas urbanas, suburbanas o rurales, ya que no existen normas constitucionales que limiten la competencia departamental en este aspecto”.

En la resolución de la corporación se recordó que en “la norma departamental atacada de inconstitucional se definieron las zonas suburbanas, ampliándose sobre algunas anteriormente definidas como rurales”. Según entendió la SCJ, estas acciones de la Intendencia respetan lo establecido en la Constitución al tomar en cuenta no solo la ubicación del inmueble, sino el destino que se le da en la actualidad.

“A nadie escapa la realidad de que las ‘chacras marítimas’, como se conoce a los inmuebles ubicados en las zonas aledañas a balnearios y ciudades turísticas, donde se ubica el del (denunciante), están lejos de constituir una unidad productiva agraria, o de constituirlo en el futuro, ya que se han ido definiendo como viviendas para uso particular de tipo suntuario. Por ello, la redefinición de las zonas suburbanas a los efectos tributarios, efectuada por la comuna fernandina, busca igualar las cargas tributarias de aquellos que detentan la propiedad de un inmueble en zona urbana, para fines de vivienda, y la de aquellos que detentan la propiedad de un inmueble de iguales características, en zonas que antiguamente servían a fines rurales, y por eso estaban así calificadas”, sostiene la sentencia.
Canelones
También en Canelones el aumento de la contribución inmobiliaria fue motivo de quejas por parte de los vecinos. Sin embargo, las denuncias y protestas no han pasado de la vía administrativa, informó a El Observador el director de Recursos Financieros, Gabriel Camacho. El jerarca recordó que la causa del aumento de la contribución inmobiliaria en Canelones fue el “retraso de 35 años en la actualización”. Señaló que en Catastro figuraban unos 50 mil terrenos baldíos que actualmente tiene algún tipo de edificación. Como consecuencia, los padrones percibieron aumentos de entre el 50% y el 400%.

En tanto, ayer finalizó el plazo para abonar la contribución inmobiliaria. Al respecto, el funcionario destacó que este 2012 se registró un aumento de los “buenos pagadores” con respecto al año anterior. Mientras que en 2011 abonaron sus impuestos en fecha 75 mil de 200 mil contribuyentes; este año lo hicieron 90 mil. Camacho recordó que a pesar de la readecuación del impuesto se han establecido algunas pautas de flexibilización que están a estudio de la Junta Departamental de Canelones. El propio intendente, Marcos Carámbula, informó a comienzos de febrero que quienes hayan pagado la contribución tendrán un descuento adicional del 5% el año próximo.

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