7 de marzo 2025 - 15:24hs

El consejo directivo del Instituto Nacional de Bienestar Animal (INBA) aprobó un nuevo reglamento para espectáculos públicos que involucren montas de equinos, como las jineteadas, que considera entre otras disposiciones la aplicación de sanciones que pueden llegar a las 500 UR, que actualmente son $ 908.170 -más de US$ 20.000-.

El reglamento (verlo completo más adelante), se remarcó, rige para actividades que se desarrollen en todo el territorio de Uruguay.

Esa información sucede cuando se aproxima un nuevo ciclo de jineteadas en distintos sitios del país, por ejemplo en Montevideo las que organiza la intendencia capitalina en la Semana Criolla de la Rural del Prado.

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Si bien no es frecuente en las jineteadas que hay en el interior -entre ellas las de mayor relevancia son las que se hacen en la Patria Gaucha de Tacuarembó y en Palmitas-, sí en las de Montevideo suelen desarrollarse reclamos presenciales organizados por entidades que promueven la protección de animales, incluso existe una Coordinadora por la Abolición de las Jineteadas en Uruguay (CAJU) que nuclea a varias de ellas.

La presidencia del INBA la ejerce un representante del MGAP e integran su consejo directivo delegados de los ministerios de Salud Pública e Interior, del congreso de intendentes, de la Facultad de Veterinaria, de la Sociedad de Medicina Veterinaria del Uruguay, de las agremiaciones de productores rurales y de las protectoras de animales.

Exigencias para todos en las jineteadas

El nuevo reglamento considera disposiciones que deben cumplir los organizadores de los espectáculos, los médicos veterinarios involucrados, los jinetes, quienes transporten a los animales y otras personas vinculadas al trato con ellos.

La resolución N° 3/025 del MGAP establece la vigencia de un nuevo reglamento de las actividades y espectáculos públicos en los que se realice monta de equinos (e híbridos, asnos y burros) sin domar por parte de jinetes o cualquier otra persona.

La normativa, que tiene como objetivo proteger a los animales en su vida y bienestar, entra otras exigencias plantea las siguientes:

  • Todos los espectáculos deberán contar con control veterinario (profesionales acreditados ante el MGAP).
  • Los organizadores del espectáculo deberán contar con o exigir un seguro a cada jinete.
  • El entorno de los equinos pre y post competencia (embarcadero, corrales de recibo, otros corrales, ruedo) deberán estar en condiciones tales que no provoquen lesiones a los animales (salientes, clavos, piso adecuado) y en los corrales se deberá contemplar el espacio necesario por animal.
  • Los animales deberán disponer de agua de bebida mientras estén concentrados en el predio donde se realizará la jineteada.
  • No se deberán mezclar animales de diferente procedencia al arribo ni en los corrales, por razones sanitarias y de seguridad.
  • Los palenques deberán estar forrados con un material acolchonado que disminuya la posibilidad de traumatismos graves.
  • Se prohíbe el uso de sustancias de cualquier naturaleza y la aplicación de cualquier clase de droga o medicamento al equino durante la prueba o antes de la misma, sin el consentimiento del cuerpo veterinario.
  • Los espectáculos deberán contar con herramientas para transportar al animal en caso de accidente grave.
  • El capataz de campo y los veterinarios deben participar de las reuniones de organización y saber lo que se permite y lo que no, lo que es obligatorio desde el punto de vista de sanidad y de bienestar animal.
  • A los jinetes se les exigirá ser mayores de edad y por tanto pasibles de recibir las sanciones en caso de que corresponda y no poseer antecedentes de maltrato, abandono, o tenencia irresponsable en el INBA.
  • Aquel jinete que castigue al caballo en la cabeza, o de cualquier otro modo maltrate al animal, quedará inmediatamente descalificado/a.
  • Una vez que la campana haya anunciado el tiempo concluido, el/la jinete no debe estimular más al animal por ningún medio (corporalmente, espolear, golpear, otros).
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Jineteadas, en la Rural del Prado.

Jineteadas, en la Rural del Prado.

Las sanciones previstas

Cualquier incumplimiento a los términos antes establecidos, será sancionado acorde a la normativa vigente en materia de bienestar animal, del siguiente modo:

A) Apercibimiento.

B) Multa de 1 a 500 UR.

C) Confiscación de los animales.

D) Cancelación o suspensión de autorizaciones, permisos o habilitaciones.

E) Prohibición temporal o definitiva de tenencia de animales.

El nuevo reglamento del INBA

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Temas:

INBA jineteadas Uruguay bienestar animal MGAP

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