La justicia concursal declaró el concurso de Grupo Larrarte como “culpable” tras evaluar que la conducta de Jairo Larrate provocó la insolvencia del deudor, que actuó con dolo al llevar una contabilidad irregular, ocultar bienes. Además calificó a su pareja, Marcos Ledesma, como cómplice de sus maniobras.
Según la resolución a la que accedió El Observador, la jueza María Constanza Farfalla tomo es decisión en base a un informe del sindico Alfredo Ciavattone y tras evaluar que Larrarte fue responsable de la “infracapitalización, la salida indebida de bienes del patrimonio” de la empresa, así como por incumplir "el deber de solicitar el concurso y de la obligación de preparar en tiempo y forma los estados contables anuales", pese a estar obligado legalmente a hacerlo.
La calificación de la jueza implica que Larrarte sea condenado a cubrir con su capital la deuda que asciende a US$ 12 millones además de que lo inhabilitó a administrar bienes ajenos por 12 años asi como a representar a cualquier persona.
Asimismo establece que su pareja fue cómplice de esa conducta, por lo que se lo condenó a reintegrar los bienes a la masa activa asi como a indemnizar los daños y praerjuicios causados, cuya cuantía se determinará en el período de ejecución de sentencia.
Tribunal de apelaciones confirmó medidas para contador
Una sentencia del Tribunal de Apelaciones penal de 2° Turno confirmó las medidas dictadas por la jueza Marcela Vargas para la pareja de Larrarte y para el contador Rafael Vinzia, de constituir domicilio, y no salir del país con la entrega de pasaporte hasta el 24 de febrero, a pedido de la Fiscalía de Delitos Económicos de 1er. Turno representada por los fiscales Franco López y Leonardo Rosas.
La defensa de Vinzia apeló esas medidas y alegó que la relación laboral de Vinzia con el Grupo Larrarte fue de “solo unos meses ya que ingresó en marzo de 2024 y la empresa cerró en setiembre de 2024”. También afirmó que “fue contratado para intentar reconstruir la parte contable de la empresa, que no tenía una contabilidad actualizada en los tres últimos ejercicios y tampoco las declaraciones juradas de DGI y BPS”.
La abogada Nelly Rodríguez sostuvo que “todas las decisiones de índole productiva, financiera, comercial y de organización de los campos eran tomadas por Jairo Larrarte, quien tenía un dominio total de la información y la manejaba a su antojo, compartiéndola solamente en cuanto era indispensable” a su cliente.
Agregó que no puede entenderse que existe riesgo de fuga, ni indicios que Vinzia pueda evadir la justicia o entorpecer la investigación, ya que ha colaborado constantemente. “Mucho menos existen elementos por los que pueda pensarse en la participación de Vinzia en los delitos investigados”.
Sin embargo, los ministros Beatriz Larrie, Daniel Tapié y Ricardo Miguez entendieron que el contador aún no ha sido imputado por lo que "el estándar de convicción debe ser inferior". Afirmaron que la imposición de medidas cautelares se basan en principios como necesariedad, instrumentalidad, idoneidad, proporcionalidad y provisionalidad, que a su criterio se cumplen en este caso.
"Si bien el investigado cuenta con arraigo familiar y laboral en nuestro país, su nacionalidad argentina y la existencia de familia en ese país son elementos a considerar en relación a la posibilidad de fuga", afirmaron.