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2 de noviembre 2024 - 5:00hs

MLa Justicia decretó el concurso necesario del Grupo Larrarte. Según la sentencia a la que accedió El Observador, la empresa no logró acreditar que su actividad no sea fraudulenta ni entregó documentación que respalde que se encuentra en condiciones de pagar lo que debe a los deudores, por lo que la jueza María Costanza Farfalla accedió a una solicitud de un acreedor que se presentó en la Justicia para pedir el "concurso necesario" el 18 de setiembre.

El concurso necesario lo puede solicitar un acreedor, socio o responsable personal de la persona jurídica y cuando se decreta las facultades de administración de la empresa y la disposición del patrimonio quedan suspendidas y quedan a cargo del síndico.

En este caso la jueza nombró como síndico al abogado Alfredo Ciavattone, quien quedará como administrador de los bienes al tiempo que suspendió la legitimación de Larrarte y sus asociados para "disponer y obligar a la masa del concurso". El síndico tiene cinco días hábiles para aceptar el cargo.

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Además implica que se disponen la intervención de las comunicaciones del Grupo Larrarte y de sus responsables en lo relacionado con la actividad profesional y se les prohíbe salir del país o cambiar de domicilio sin la autorización de la sede.

Asimismo la sentencia decreta la moratoria provisional que implica que queda prohibida la posibilidad de que los acreedores promuevan nuevos juicios contra el deudor. Al estar vigente la mora, cualquier actuación judicial o arbitral que se realice será nula.

En la sentencia ya quedó fijada la fecha de la Junta de acreedores para el día 30 de abril de 2025 a las 14 horas para el Grupo Larrarte SAS y a las 15 horas para Jairo Larrarte Fernández. En la Junta de acreedores la empresa pone a consideración de los acreedores la propuesta de convenio de pago, de acuerdo con lo que establece la ley de concurso.

La jueza armó una pieza aparte para analizar el pedido de Jairo Larrarte, quien se presentó por su parte a pedir el concurso voluntario. Ese tipo de concurso se tramita cuando la empresa tiene capacidad de pago pero no es lo que ocurre en este caso, según lo establece la sentencia judicial.

Los argumentos de la jueza para decretar el concurso necesario

Si bien el Grupo Larrarte se opuso al concurso necesario y planteó que "no realiza actividad empresaria fraudulenta", que Jairo Larrarte no realiza actividad empresaria como persona física sino que actúa como el representante legal del grupo, y que la SAS está haciendo acuerdos con acreedores y devolviendo inversiones, no probó nada de lo que dijo.

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La jueza consideró que "se limita a realizar afirmaciones carentes de respaldo probatorio". La sentencia consignó que no entregó los libros ni la documentación contable que exige entregar la ley concursal, por lo que entendió que se dan presunciones de insolvencia.

La empresa incumplió también con la presentación de entregar los libros sociales del grupo, copia de los acuerdos, transacciones y devoluciones de ganado.

Farfalla afirmó que las presunciones de insolvencia alcanzan a Jairo Larrarte porque surge de la documentación que "registra embargo genérico trabado a su nombre por un importante monto".

El ganado que no esté a nombre de particulares y las tierras que estén a nombre de la empresa quedarán ahora a disposición del concurso, para pagar al final algo de lo que se le debe a los damnificados.

Cómo sigue el caso penal por estafa y otros delitos

Las denuncias que hasta el momento son unas 40 por un monto superior a los US$ 4 millones pasaron a la fiscalía de Delitos Económicos, a cargo de Alejandro Machado, quién designó a un integrante de su equipo para que se ocupe del caso. Por el momento ese fiscal no ha tomado ninguna medida.

Además de por estafa, el Grupo Larrarte enfrenta denuncias penales por apropiación indebida y asociación para delinquir, luego de que personas que invirtieron dinero para adquirir ganado se percataran de que no tenían ni una cabeza de ganado o que tenían mucho menos de lo que se les había acordado en los contratos de inversión firmados. Las personas eran captadas por la alta rentabilidad que ofrecía la firma con una renta fija anual del 11,3%.

Desde la fiscalía de Machado dijeron a El Observador que antes de citar a los denunciantes y a los denunciados se intenta ordenar las pruebas presentadas por los denunciantes. Como el empresario cuenta con la orden decretada por la anterior fiscal del caso, Sabrina Flores, que dispuso la prohibición de salir del país la fiscalía considera que no existe riesgo de que se pueda sustraer a la Justicia.

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Grupo Larrarte Concurso de acreedores Justicia

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