15 de agosto 2024 - 16:12hs

El Tribunal de Apelaciones en los civil de 7º turno confirmó la sentencia de la justicia concursal, que condenó al expresidente de Casa de Galicia Alberto Iglesias por el concurso culpable de la mutualista. Además lo condenó en costas y costos, por lo que deberá hacerse cargo de los gastos de la apelación.

La sentencia a la que accedió El Observador, señaló que Iglesias asumió, durante los 30 días en que duró la intervención, "un rol ejecutivo en lugar de político institucional, creando una estructura paralela para los procesos de compras y pagos que manejaba directamente junto a una persona de su confianza", citando un informe de la contadora Rossi.

También confirmó que se configuró "fraude a los acreedores y el conocimiento de la insolvencia de la concursada por parte de los demandados".

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El tribunal consignó además que los informes técnicos agregados a la causa principal señalan que la situación económico-financiera de Casa de Galicia era cuatro veces peor que la de las restantes entidades prestadoras de salud.

Agregaron que se podía dar lugar a una malversación de fondos dado que los auditores externos contratados para auditar los estados contables cerrados al 30 de setiembre de 2020 manifestaron la existencia de pagos en efectivo de intereses de deuda financiera contabilizados por $ 10.813.406 que no están estipulados en ningún contrato.

Se señala también que "la mayoría de los bienes que componían el activo estaban gravados con derechos reales, en virtud de lo cual, fueron absolutamente insuficientes para cubrir el pasivo generado, lo que demuestra que los fondos eran insuficientes para desarrollar su actividad y lo solventó contrayendo endeudamiento muy superior a lo que era el valor de su activo, agravando la insolvencia, puesto que el recupero que tendrían los acreedores sería cada vez menor".

"Los sucesivos resultados negativos crecientes y la falta de toma de decisiones respecto a las reestructuraciones comprometidas, demuestran que se trataba de una verdadera crisis que configuraba el presupuesto objetivo del concurso: la insolvencia", recogió la sentencia.

Las juezas Loreley Pera, Cristina Cabrera y Ana Rivas señalaron que Casa de Galicia "utilizaba los fondos obtenidos en forma contraria al orden legal, ya que derivaba parte de ellos sin cumplir con la exigencia de obtener autorización previa por parte del MSP" como correspondía. A modo de ejemplo eso sucedió con la compra de parte del paquete accionario de Clínica Leborgne, señalan.

Citando a la sindicatura, señalaron que el atraso contable era una estrategia utilizada por Iglesias para "evitar cualquier clase de control posible y privar a terceros de conocer su situación real, lo que coadyuvó a agravar su estado de insolvencia".

Señalaron también, que de la liquidación de Casa de Galicia únicamente se abonó a los créditos con privilegio especial y una porción de los laborales, y no existió remanente para pagar al resto de los acreedores y de los casi $ 473.000.000 de créditos quirografarios.

La sindicatura también señaló la existencia de cómplices de la insolvencia, que la sentencia mencionó, y que fueron los prestamistas Juan Carlos Lousada Blanco y Marcelo Mario Bonanata Manfredini, que le prestaron a Iglesias a tasas usurarias, y llegado el momento culminante, obtuvieron a su favor instrucciones irrevocables de pago fraudulentas y en perjuicio de los acreedores.

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Casa de Galicia Concurso de acreedores Tribunal de Apelaciones

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