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¿Puede el gobierno hacer obligatorio el uso de tapabocas? Qué dice la ley

Gobierno estudia el marco normativo para sancionar el no uso de tapabocas.
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21 de abril de 2020 a las 19:38

Cuando se confirmó el arribo del nuevo coronavirus al país, el mensaje fue claro: “Quedate en tu casa”. Aunque la premisa se mantiene, hoy el gobierno subraya un nuevo mensaje: “Si salís, usá tapabocas”.

En este sentido, se están impulsando medidas para generalizar el uso de las mascarillas. Primero se decidió exhortar a que quienes viajan en los ómnibus los utilicen, y para eso el gobierno y la Intendencia de Montevideo se comprometieron a entregar barbijos gratuitos a quiénes no los tengan. Ahora, se anunció que será obligatorio en determinados lugares donde la aglomeración de personas sea mayor y que se comenzará por los supermercados. 

Consultado al respecto este lunes el secretario de Presidencia Álvaro Delgado declaró al programa Las cosas en su sitio de radio Sarandí estar en contacto con diversas instituciones para “empezar a exigir con mayor nivel de imposición el uso del tapabocas”. “Estamos viendo si tenemos marco para hacerlo”, respondió ante la pregunta de si se pensaba en la posibilidad de sancionar a quien no acompañara la exhortación del gobierno.

En diálogo con El Observador, el abogado y profesor de Derecho Constitucional Daniel Ochs, explicó que hay normativa vigente que permitiría hacer obligatoria la medida. Recurrió para ello a la Ley Orgánica de Salud Pública, que data desde 1934. La norma precisa en su segundo artículo que en caso de epidemia o amenaza sanitaria, el Poder Ejecutivo “dispondrá la intervención de la fuerza pública, para garantizar el fiel cumplimiento de las medidas dictadas”.

El texto también indica que de ser necesario, se aislará y detendrá a aquellas personas que por sus “condiciones de salud pudieran constituir un peligro colectivo”. “La lógica es que cada vez que haya una situación así, no se tenga que legislar, sino que ya dejar establecido que el Poder Ejecutivo pueda imponer medidas inmediatamente”, dijo Ochs.

El jurista planteó, sin embargo, “que se tiene que ser celoso en cuanto a que a través de la invocación de esos poderes no se abuse”. “El problema es: frente al incumplimiento, ¿quién sanciona?”.

El profesor de Derecho Administrativo Adrián Gutiérrez coincidió con esta interpretación, aunque puso sobre la mesa una salvedad: “El gobierno puede obligar, el problema va a ser al momento de sancionar”. Tomó como ejemplo el caso del transporte público, un esfuerzo en el que se ha embarcado el gobierno para que tanto conductores como pasajeros usen tapabocas al andar en ómnibus. Al tratarse de un servicio público departamental, son las intendencias las que tienen la potestad punitiva; es decir, los gobiernos departamentales son en este caso los responsables de sancionar el incumplimiento.

Gutiérrez señaló que podría articularse a través del Sistema Nacional de Emergencias con las intendencias, ya que una de sus finalidades es coordinar entre los distintos órganos públicos. Ochs también apuntó que a la hora de fijar sanciones, las normas deben ser "mucho más precisas". Implicaría analizar casos determinados, excepciones, tipo de sanción, entre otras variables, mencionó.

No usar tapabocas no es delito
Germán Aller, director del Instituto de Derecho Penal de la Udelar, dijo a El Observador que “desde un punto de vista penal, no se puede obligar a nadie a usar tapabocas”. “No puede haber un delito de no uso de tapabocas”, afirmó.

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