Los incidentes ocurridos en la tribuna Chile, ocupada por hinchas del Club Atlético Cerro y la Guardia Policial destinada al partido, motivaron la suspensión del mismo, por parte del árbitro Darío Ubriaco, a falta de siete minutos y cuando Peñarol ganaba 3-0.
Las sanciones
Entre las sanciones previstas, en el Código Disciplinario, a aplicar a los clubes, están:
a) advertencia.
b) reprensión, amonestación o apercibimiento.
c) multa
d) determinación de dar por terminado un partido y su resultado.
e) deducción de puntos.
f) cierre de hasta 2 períodos de transferencias (nacional e internacional).
g) obligación de jugar como locatario a puerta cerrada, con un máximo de 5 partidos.
h) prohibición de jugar un número determinado de partidos en un estadio determinado, no pudiendo ser mayor de cinco.
i) descalificación de competiciones en curso y/o exclusión de futuras competiciones,
j) prohibición de acceder a próximos torneos internacionales de clubes en representación de los cupos otorgados a A.U.F. en la temporada inmediata siguiente en la que se cometió la infracción.
k) prohibición de integrar la delegación oficial de las selecciones nacionales en cualquier tipo de torneo o partidos amistosos.
Esta previsto que la sanción no sea menor a un punto, ni a mayor a 12 unidades y será el Tribunal de Penal quien dirime la sanción y, en caso que sea quita de puntos, en que torneo será. El reglamento estipula que, en caso de partidos suspendidos y que el club que generó los disturbios estaba en desventaja, como este caso, perderá un punto, en el mismo torneo que está en disputa.
En función de los antecedentes, las disponibilidad de las filmaciones de las cámaras, lo que estampe el árbitro en el confidencial, y demás información recabada, se determinará que sanción le cabe a Cerro por los disturbios ante Peñarol.