12 de mayo de 2012 20:35 hs

Las empresas aseguradoras deberán resolver en un plazo de 30 días la aceptación o rechazo del siniestro a sus clientes a partir de la denuncia y, en caso de vencer ese plazo, se lo tendrá por aceptado, según establece el anteproyecto de la ley marco de seguros que elaboró el Banco Central del Uruguay (BCU), al que accedió El Observador. Ello significa que, por ejemplo, la responsabilidad en un accidente de tránsito a los efectos de la reparación económica debe ser resuelta en dicho plazo. Del mismo modo, el texto obliga a las aseguradoras a liquidar el daño en 60 días calendario, desde la comunicación; de haber incumplimiento, la empresa caerá en mora por ese caso.

La actividad de seguros se rige en la actualidad por el Código de Comercio de 1865 (cuando no existía el automóvil, por ejemplo). Establecer los plazos a 30 días para la resolución y 60 días para el pago, da respuesta a un problema frecuente entre los clientes de seguros, que muchas veces tienen que esperar varios meses para que los trámites lleguen a su fin. En la actualidad no existen plazos fijados y la única forma de acotarlos es cuando el asegurado entabla juicio a la compañía, a fin de forzar la situación.

Otro de los cambios importantes que establece el anteproyecto del gobierno, que ahora está a estudio del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), bajo la coordinación de los funcionarios Jorge Polgar y Martín Valcorba, de la Asesoría Macroeconómica, es que dispone también un plazo máximo para que el cliente presente la denuncia del siniestro. A diferencia de la actualidad, en que debe hacerlo de inmediato, el Poder Ejecutivo propone que tenga hasta cinco días calendario desde que ocurrió el siniestro o desde que tuvo conocimiento del hecho.
Estas y otras modificaciones que introduce el anteproyecto del gobierno (que cuenta con 119 artículos) son rechazadas por la asociación que agrupa a las aseguradoras privadas (Audea), a la que el gobierno informó de sus aspiraciones.

Más noticias
El Observador consultó a Polgar para conocer las explicaciones del gobierno respecto del tema, pero el funcionario prefirió no hacer comentarios antes de tener el texto definitivo. Los privados analizaron el texto y presentaron reparos a 20 artículos. Según dijo a El Observador Mauricio Castellanos, director ejecutivo de Audea, la mayoría fueron rechazados por el MEF.
Aunque comparten la necesidad de legislar para tener una ley marco, las aseguradoras creen que el proyecto cambia las reglas de juego y “complica” la operativa de la actividad. Insisten en que hoy el sistema “funciona bien”, y algunos de los cambios más importantes al proceso se prestan para realizar “fraudes” que no se puedan detectar.

Posibles impactos
Respecto de los cinco días para que el cliente pueda denunciar el siniestro, Castellanos considera adecuado el mecanismo actual, en el que la compañía envía al lugar del hecho un móvil para tomar los datos e iniciar el proceso. “No se pueden extrapolar soluciones que no son las nuestras, ¿si esto hoy funciona bien, para qué modificarlo?”, se preguntó el directivo.
“Supongamos un siniestro en el que el conductor tenía alcoholemia positiva. Si no hay lesionados, el examen de alcoholemia no se hace porque no va la Policía, pero con el sistema actual, al ir la compañía de seguros la mayoría de las veces se realiza el examen, y si se detecta que tiene alcoholemia positiva, la compañía excluye el seguro y no le da cobertura, porque incumplió una norma básica de tránsito. Con la norma que propone el gobierno, en los cinco días no se podrá hacer la alcoholemia y no habrá prueba de que estaba alcoholizado y hay que pagar el siniestro”, relató el presidente de Audea. En cualquiera de los dos casos la víctima del accidente, si la hubiera, cobra una indemnización al estar amparada por el Seguro Obligatorio contra Accidentes (SOA).

Para Castellanos, sin embargo, existe otro ejemplo más claro en el cambio de las reglas de juego. “¿Qué pasa en el caso de un robo? El asegurado lo denuncia a los tres días, pero dentro de tres días el vehículo está... en Panamá. En cambio, si el asegurado hace la denuncia inmediatamente (como pasa hoy), entonces la compañía de seguros y la Policía podrán hacer sus investigaciones, pero si le damos cinco días, eso abre la puerta a todo tipo de fraudes y maniobras, porque no se va a poder detectar ni habrá medios para verificarlo”, explicó.

En las sugerencias de cambio que rechazó el gobierno, los privados planteaban dejar establecidos los cinco días de plazo para que el cliente pueda hacer la denuncia, pero con un matiz: obligar al asegurado a informar del siniestro inmediatamente. “Creo que era una solución bastante razonable y equilibrada”, consideró Castellanos.
La gremial de aseguradoras privadas entiende también que los 30 días como plazo máximo para resolver los siniestros y dar lugar o rechazar la responsabilidad no es suficiente. Aseguran que puede ajustarse a 90% de los casos, pero el resto son más complejos.

Para el punto de los 30 días, Audea propuso al gobierno establecer en qué tipo de siniestros corre el plazo. “Porque también sería posible pensar que el asegurado puede intentar retener información para jugar con el tema de los 30 días y forzar que la compañía se expida”, apuntó Castellanos. Si prospera esa medida, a juicio del director ejecutivo de la gremial de aseguradoras, puede ocurrir que las empresas, preventivamente, rechacen los siniestros cuando ven que no llegan al plazo.

Posible inconstitucionalidad
Una disposición final del anteproyecto del gobierno para establecer un marco de regulación en el mercado de los seguros establece que todos los contratos celebrados con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley deberán adaptarse a las nuevas reglas, en un plazo de dos años. Esa retroactividad es, para los privados, “absolutamente inconstitucional”.

“No se pueden modificar las reglas de juego en un contrato que ya fue pactado entre dos partes, de acuerdo al marco jurídico que había. Eso no se puede”, dijo Castellanos. El director ejecutivo de Audea explicó que habrían muchas dificultades con los seguros de vida.
“Los cambios son malos, incluso desde el punto de vista del país, va a ser mal percibido, y además no genera un efecto sustancial, no va a acomodar nada hacia atrás”, concluyó Castellanos.

MEDIDAS
1 PAGO. Las empresas deberán abonar el seguro en un plazo máximo de 60 días si el cliente tiene la razón.
2 PROCESO. Habrá un plazo máximo de 30 días para resolver los siniestros.
3 SILENCIO. La no respuesta de la empresa dentro de ese plazo será interpretada como un sí.
4 RETROACTIVIDAD. Todos los contratos deberán adecuarse a las nuevas normas en un plazo de dos años.
5 DENUNCIA. Los clientes tendrán cinco días para enterar a la empresa del siniestro.
6 EFECTO. Las empresas que incumplan con el plazo de pago incurrirán en mora.

EO Clips

Te Puede Interesar

Más noticias de Argentina

Más noticias de España

Más noticias de Estados Unidos