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Aumentan delitos con armas de fuego y ley sigue sin reglamentación

El plazo para que Interior y Defensa reglamenten la nueva norma venció hace 13 meses
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07 de diciembre de 2015 a las 05:00
"El Poder Ejecutivo reglamentará esta ley en un plazo de noventa días". Eso dice el último artículo de la ley 19.247, que actualizó la normativa sobre tenencia, porte y comercialización de armas que fue aprobada por el Parlamento el 6 de agosto de 2014.

Según lo que previó la ley, la reglamentación debía estar pronta en noviembre del año pasado. Sin embargo, 13 meses después, la aprobación del decreto reglamentario sigue en proceso entre los ministerios del Interior y de Defensa y sin una fecha para ser emitido.

Mientras, las estadísticas del Observatorio de Violencia y Criminalidad del Ministerio del Interior muestran el incremento de la incidencia de los homicidios cometidos con armas de fuego entre 2011 y 2014, pasando del 49% a 62%.

Y si se observa la evolución en los casos ocurridos entre enero y el 5 de abril de 2015, en 75,9% de los asesinatos se utilizó un arma de fuego, siendo que en el mismo período del año anterior fue de 64%.

"La reglamentación tendría que estar hace varios meses", admitió a El Observador una fuente del Ministerio del Interior.

La demora se da de bruces con la posición de la cartera, que durante el trámite parlamentario de la ley destacó su relevancia para mejorar la seguridad.

El Ministerio del Interior elaboró una propuesta de reglamentación y el Ministerio de Defensa redactó otra, por lo que ahora técnicos y asesores de ambas carteras prevén reunirse la semana próxima para unificar criterios y lograr una redacción común, dijo a El Observador el jefe de Comunicación Social del Ejército, Yamandú Lessa.

El abogado Celestino Conde, asesor del subsecretario del Ministerio del Interior, Jorge Vázquez, dijo que "reglamentar una ley de armas es un tema bastante delicado, profundo y complejo". "Se ha venido trabajando a conciencia en el tema porque no es algo en lo que se pueda avanzar a la ligera", expresó Conde a El Observador.

La ley 19.247 penaliza con 12 meses de prisión a 12 años de penitenciaría a quienes importen, exporten, adquieran, vendan, entreguen, distribuyan, trasladen o transfieran armas de fuego, municiones y explosivos sin autorización.

Además, castiga con entre tres y 18 meses de prisión a quienes porten armas en lugares públicos sin estar autorizados para ello.

Según lo que dispone la ley, el Ministerio del Interior otorga el título de habilitación para adquisición y tenencia de armas (Thata), el Ejército expide la guía de posesión de armas.

Las armas ilegales serán incautadas y puestas a disposición del Servicio de Material y Armamento (SMA) del Ejército.
Borrador en abril

En abril se conoció un borrador del proyecto de decreto reglamentario de la ley donde no se estableció como necesario "justificar" la procedencia de las armas siempre que se entreguen en dependencias del Ministerio del Interior o del Ejército dentro del primer año de vigencia de la reglamentación.

A nivel judicial, si bien varios aspectos de la ley de armas se han aplicado y se han dictado procesamientos, se entiende que la falta de reglamentación complica la total puesta en funcionamiento de la norma, como en lo que refiere al plazo para las regularizaciones, que comenzará a computarse desde que entre en vigencia el decreto reglamentario.

En el borrador de reglamentación quedó pro el camino la propuesta anunciada durante el gobierno de José Mujica (2010-2015) de canjear un arma por una bicicleta o una computadora.

En esa idea, el Ministerio de Turismo se haría cargo de las bicicletas y ANTEL de las computadoras.

Ejército destruye 2.500 armas


El Servicio de Material y Armamento del Ejército destruirá el jueves un total de 2.500 armas, entre cortas y largas. Según lo que prevé la ley 18.087, las armas que por orden judicial sean remitidas al SMA dispondrán de un plazo de tres años para regularizar su situación.

Las que no puedan ser utilizadas, "serán destruidas", dice la ley.

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