Las personas que vivan en la calle y estén enfermas serán trasladadas si un médico de ASSE lo entiende necesario

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Cómo funcionará el protocolo de "traslado coactivo" de personas de la calle en riesgo

En esos casos el Mides deberá dar cuenta a ASSE para que un médico examine a la persona y disponga el traslado, si se niega se le pedirá auxilio al Ministerio del Interior
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27 de mayo de 2021 a las 20:28

El gobierno reglamentó la ley N°18.787 aprobada durante el gobierno de José Mujica y definió un protocolo de actuación para que cuando la salud o la vida de una persona que vive a la intemperie está en riesgo pueda ser atendido y derivado a un centro de salud o un refugio del Mides.

La ley que había sido iniciativa de la exsenadora socialista Mónica Xavier se promulgó en 2011 y consta de un solo artículo que establece: "Las personas de cualquier edad, que se encuentren en situación de intemperie completa, con riesgo de graves enfermedades o incluso con riesgo de muerte, podrán ser llevadas a refugios u otros lugares donde puedan ser adecuadamente asistidas, aun sin que presten su consentimiento, siempre que un médico acredite por escrito la existencia de alguno de los riesgos indicados en la presente disposición y sin que ello implique la privación correccional de su libertad". 

De acuerdo con la reglamentación del Poder Ejecutivo el Mides, el Ministerio de Salud Pública, ASSE y el Ministerio del Interior serán los organismos que intervendrán cuando se los requiera.

  • Ante caso de graves enfermedades y/o riesgo de muerte de una persona que viva a la intemperie, el Mides deberá dar cuenta a ASSE para que un médico examine a la persona.
  • Si la persona se niega a ser trasladada se podrá requerir al Ministerio del Interior su auxilio y colaboración para que asista a ASSE en el traslado.
  • Previo a la atención y/o traslado coactivo se deberá contar con informe escrito de un médico que acredite la existencia de riesgos de graves enfermedades y/o de muerte de la persona.
  • En caso de ser necesario el traslado, el personal de ASSE lo realizará al centro de salud más cercano al lugar dónde está la persona. Si requiere atención especializada, luego se deberá trasladar hacia el centro de salud dónde le puedan dar esa atención en coordinación con el SAME 105. También podrá ser trasladada a los centros de atención del Mides, lo que se deberá comunicar al ministerio para que defina hacia dónde derivarla.
  • Queda a criterio del médico la medida que recomiende y deberá quedar plasmada en un informe.

El decreto establece que los organismos actuantes "se obligan a dar la mayor celeridad de respuesta ante el requerimiento de su intervención". A su vez, se señala que podrán requerir en forma directa la participación de otros organismos nacionales e interdepartamentales para cumplir con la normativa

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