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Dos femicidios que denuncian la falta de recursos para combatir la violencia de género

En una semana fueron asesinadas dos mujeres por sus exparejas
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21 de agosto de 2019 a las 05:00

Miriam Sosa, de 39 años, estaba el pasado miércoles en su casa del barrio Capra cuando su ex pareja la asesinó a ella y a un hombre que la acompañaba. Apenas dos días después, en Artigas,  Mariza Severo, de 42 años, fue asesinada por su expareja de 40 puñaladas. Estos dos femicidios, separados en el tiempo por apenas 48 horas, mostraron las debilidades del sistema de protección de violencia doméstica debido a la falta de recursos.

En el caso de Sosa falló la persecución penal de los agresores que incumplen las medidas de alejamiento. La mujer había denunciado a su expareja, un hombre de 51 años con antecedentes penales, por violencia doméstica, tras lo cual la Justicia Especializada de Familia fijó una orden de alejamiento de 500 metros. Sin embargo, cuando días antes del crimen el hombre fue encontrado a 300 metros de la mujer, la fiscalía no dispuso ninguna sanción a pesar de que había cometido un delito de desacato. La segunda vez que violó la medida de alejamiento, lo hizo para matar a su pareja y a un hombre que la acompañaba.   

Por este caso el Ministerio del Interior abrió una investigación interna para determinar si hubo omisiones en la respuesta. Según contó el  ministro del Tribunal de Apelaciones de Familia, Eduardo Cavalli, la Justicia de Familia Especializada, que es la que tomó parte en el caso, dio aviso a la fiscalía del primer incumplimiento del hombre, pero no se tomaron acciones penales para llevarlo a la Justicia por el delito de “desacato”.

Cada vez que una persona que es víctima de violencia doméstica realiza una denuncia, los efectivos dan aviso a un Juzgado de Familia Especializado, el cual define qué medida de protección fijar, lo que puede ir desde la mera prohibición de acercamiento, hasta la colocación de tobillera o la custodia policial. Sin embargo, estos jueces no pueden imputar delitos, solo los magistrados de Juzgados Penales.

Según señala el Código Penal “cuando se incumpliera una medida cautelar impuesta judicialmente en procesos de protección ante la violencia basada en género, doméstica o sexual el delito se castiga con tres meses de prisión a dos años de penitenciaría”.

Para Cavalli, este caso hubiera tenido un mejor tratamiento si se hubieran creado los Juzgados Especializados en Violencia Doméstica, tal cual lo estableció la ley de Violencia Basada en Género que fue aprobada el 13 de diciembre de 2017. Estos Juzgados pueden, además de fijar medidas cautelares como los Juzgados de Familia Especializados, sancionar los delitos de los agresores.  

Sin embargo, nunca fueron creados porque el Parlamento no asignó los $ 943 millones (unos US$ 30 millones de 2018, cuando se discutió la Ley de Presupuesto por el período 2019-2020) que reclamó el Poder Judicial, ni tampoco los $ 300 millones (US$ 9,4 millones de entonces) que pidió la fiscalía.

El crimen en Artigas

Mariza Severo fue asesinada por su expareja, sobre quien pesaba una prohibición de acercamiento en un radio de 500 metros, tras una discusión que se produjo en interior del auto de la mujer.  El caso tenía dos particularidades: primero, que a pesar de la orden de restricción ambos se habían reunido a conversar; y segundo, que la mujer había rechazado tener custodia policial.

"Le ofrecieron la custodia pero ella se negó, nunca se imaginó que él iría a hacer eso, en realidad nadie se imaginó, no se cree", dijo la hija de la mujer asesinada en rueda de prensa.

Hasta hace un año atrás era habitual que la Justicia dispusiera custodias policiales o uso de tobillera, incluso cuando la víctima se negaba a recibir ese tipo de protección. Sin embargo, en la ley de Rendición de Cuentas de 2017 el Ministerio del Interior introdujo un artículo en la norma que indicaba que para que se colocaran tobilleras o custodias policiales se requería el  “consentimiento expreso de la víctima”, al tiempo que la permanencia de la protección estaría sujeta a que la persona agredida no incumpla por sí misma la medida.

Para Cavalli, esa es una mala solución jurídica, puesto  que las víctimas de violencia de género “por sentirse obligadas, por razones económicas o por convencimiento de su entorno, vuelven a darle una oportunidad al agresor”, lo que las pone en peligro. El ministro dijo que más allá del interés de la víctima y el victimario debe analizarse también el interés del Estado, que es el de proteger a la persona que sufre violencia doméstica. 

El Ministerio del Interior definió incluir este requisito para ordenar custodias policiales, a raíz de la cantidad de recursos humanos y técnicos que se requerían para cumplir con las órdenes de los jueces, muchas de las cuales se hacían en contradicción al deseo de las personas agredidas. 

Cavalli opinó que la medida fue desacertada y solo buscó ahorrar recursos económicos, y prueba de ello es que fue incluida en una ley de Rendición de Cuentas. 

La hija de Severo defendió la decisión de su madre al negarse a la custodia: "Ella quería ser feliz, estar custodiada es estar presa. La víctima no tiene que tener custodia, el que tiene que tener (custodia) es el asesino".

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