25 de febrero 2026 - 5:00hs

La Suprema Corte de Justicia falló a favor de un chofer de Uber y en contra de la compañía, al desestimar su recurso y dejar vigente una condena que le obliga a pagar $ 187.422 por licencia, salario vacacional y aguinaldo, y $ 1.485.780 por indemnización por despido abusivo.

La Corte analizó un recurso de casación presentado por Uber contra una sentencia del Tribunal de Apelaciones del Trabajo de 2º Turno, emitida el 17 de julio de 2025.

El caso comenzó con una demanda del chofer de Uber, que en primera instancia la justicia rechazó. Tras la apelación del trabajador, en segunda instancia se fijó una condena económica contra la empresa, que en ese caso fue recurrida por Uber.

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El caso terminó en la Suprema Corte de Justicia, que hizo lugar al pedido del chofer. La sentencia consigna que hubo mayoría y también un voto discorde.

Qué pagos quedan firmes en este caso

La decisión de segunda instancia estableció $ 187.422 por licencia, salario vacacional y aguinaldo. A esa suma le agregó un 20% por “daños y perjuicios preceptivos”.

Además, ordenó pagar $ 742.890 por indemnización por despido común. Y fijó $ 742.890 más por indemnización por despido abusivo, según la misma sentencia.

El fallo incluyó también multa legal, intereses y reajustes desde la “fecha de exigibilidad” de cada rubro y hasta el pago efectivo. Ese punto deja atados los montos finales al transcurso del tiempo y a la forma de actualización prevista.

En el planteo del chofer, la demanda afirmó que comenzó a trabajar el 12 de octubre de 2017 y que el vínculo terminó el 20 de noviembre de 2023. El chofer sostuvo que le bloquearon la app después de iniciar el primer juicio y que lo interpretó como una represalia por haber reclamado créditos laborales (base del “despido abusivo”).

Ese primer juicio había finalizado con otra sentencia de la Suprema Corte de Justicia que se declaró incompetente dado que admitió como válido el arbitraje internacional pactado por Uber (todavía no estaba vigente la ley 20.396, que que establece niveles mínimos de protección para los trabajadores que desarrollen tareas mediante plataformas digitales).

Del lado de Uber, el fallo recoge como parte de sus argumentos que en los “términos y condiciones” la empresa se reserva el derecho de dar de baja la cuenta en caso de incumplimiento.

La Corte señala en el fallo que, después de revisar todas las pruebas presentadas (como el testimonio de personas, cómo se interpretó un acuerdo y ciertos puntos clave de la Recomendación N° 198 de la OIT, que es una guía internacional para determinar si hay una relación de trabajo), concluye que hay “una relación de naturaleza laboral y no de un arrendamiento".

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Suprema Corte de Justicia Uber

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