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El artilugio de las campañas para evadir veda y pasar propaganda en televisión

La normativa habilita a pautar sobre actividades de agenda, y los precandidatos lo incluyen en los últimos segundos hasta anunciando un Facebook Live
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22 de abril de 2019 a las 05:00

La legislación es clara. Los partidos políticos pueden pautar en televisión, radio y prensa solo en los 30 días previos a la elección, salvo que se difunda información sobre actos o actividades. Así lo estipulan las leyes 17.045 y 17.818. 

Por eso mismo en febrero la Corte Electoral consideró que los precandidatos Edgardo Novick (Partido de la Gente) y Juan Sartori (Partido Nacional) habían violentado la ley al pautar en televisión avisos que no incluían una información concreta, sino que buscaban “posicionar su imagen en la mente del público promoviendo actitudes concretas de adhesión política”. 

A pesar de la reprimenda, no solo Novick y Sartori continuaron publicitando en los medios sino que otros candidatos –tanto del Frente Amplio como de la oposición– también encontraron un artilugio para eludir la prohibición. En todos los casos las campañas publicitarias pasaron a incluir, al término de los avisos, una mínima alusión a una actividad de agenda por más que la publicidad se enfocara en las candidatura desde un ángulo genérico.  

La ley 17.045 describe como “publicidad electoral” aquella “que se realiza a través de piezas elaboradas especializadamente, con criterios profesionales y comerciales”, pero excluye de la veda “la difusión de información sobre actos políticos y actividades habituales del funcionamiento de los partidos, así como la realización de entrevistas periodísticas”.

Quienes estaban viendo este domingo el final de la Vuelta Ciclista habrán podido escuchar en cada una de las tandas un mensaje del Frente Amplio con una duración de 15 segundos. “Este domingo 30 de junio votá Frente Amplio”, dice una voz al iniciar la pieza, y luego da pie a una imagen de los cuatro precandidatos, nombrando a cada uno de ellos. El aviso se cierra con el eslogan de la coalición de izquierda (“Mismos principios, nuevos sueños”) y un pequeño mensaje escrito que avisa que el próximo 18 de mayo habrá un acto en Melo.  

Sartori hace algo similar. Sus piezas publicitarias contienen fragmentos de su discurso en el Palacio Peñarol –ya sea hablando del trabajo, inversiones o del sistema penitenciario– que son coronadas por una placa de dos segundos en la que anuncia la presentación de su libro el próximo 25 de abril. "Difusión al amparo del artículo 2 de la ley 17.045", indica el fugaz mensaje. 

El también nacionalista Jorge Larrañaga es otro de los que utiliza el mismo artilugio, usando como excusa la invitación a escucharlo por Facebook Live. El spot tiene a Larrañaga recorriendo un paisajes agreste y hablando de seguir en el camino a pesar de todo. “Para gobernar un país hay que sentirlo”, dice una voz en off, y continúa: “Larrañaga va, Larrañaga presidente”. Debajo, para los más atentos, se indica que el próximo miércoles a las 20:30 estará hablando a través de su cuenta oficial. Lo mismo ha hecho Sartori entre otros.

Y a diferencia de lo que implicaba antes hacer un acto, con la movilización logística y de militantes, con costos incluidos, ahora un Facebook Live se puede hacer simplemente con un teléfono y el candidato en su propia casa, lo que multiplica de forma infinita la cantidad de eventos que pueden realizar los aspirantes a la Presidencia de la República.

Tras su fallo de febrero la Corte Electoral aclaró que no tenía forma de sancionar a quienes infringen la norma, y por eso se limitó a condenar la violación de la ley. La sentencia respondió a una denuncia que la agrupación Compromiso desde el Vamos, del Partido Colorado, había presentado a las autoridades una semana antes. Sartori pidió disculpas en su momento y anunció que detendría la publicidad, y Novick anunció que a partir de ese momento iba a incluir “invitaciones a actos partidarios” y a recorridas en todos los anuncios publicitarios del Partido de la Gente.

Redes sin legislar

Además de ese vacío que permite a los precandidatos cumplir vagamente con la normativa, la ley que impide la publicidad política hasta 30 días antes de la elección no incluye a las plataformas en internet y las redes sociales. Las leyes son de 1998 y 2004, cuando Facebook, Twitter e Instagram ni siquiera existían. 

"Por supuesto que la publicidad en redes es analizada por los órganos electorales de todo el continente como uno de los grandes retos del presente", reconoció a El Observador Wilfredo Penco, ministro de la Corte Electoral. "Como ya he explicado varias veces, las redes no están reguladas por la ley desde el punto de vista de la publicidad electoral", añadió. En efecto, la ley dice en su primer artículo que la veda electoral rige para los "medios de radiodifusión, televisión abierta y televisión para abonados".

Consultada al respecto, la abogada Margarita Reyes, ministra de la Corte Electoral entre 2010 y 2017, dijo que no necesariamente se requiere un cambio en la legislación para subsanar el problema. "Creo que las redes hoy son un medio de comunicación, incluso más que el teléfono. En Facebook, por ejemplo, se han transmitido hasta partidos de fútbol", opinó la experta, y sugirió: "Capaz que se podría interpretar e incluir a las redes como medios, porque, como sabemos, la Justicia puede ir haciendo interpretación" de las leyes, según avanzan los acontecimientos en la historia. 

"Lo cierto es que hoy no está regulado", dijo Penco por su parte. "Y si (las redes) estuvieran incluidas en la ley como los otros medios, les alcanzaría lo dispuesto en la norma", agregó el jerarca, que insistió que ha "dicho varias veces que se trata de una ley incompleta e imperfecta". El órgano que integra, recordó, no tiene iniciativa parlamentaria, por lo que no puede proponer realizar modificaciones, pero tampoco hay ningún proyecto de ley para introducir cambios a la ley.

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