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Juez rechaza amparo de Claro TV pero dice que licencia está vigente

La empresa reclama activación de licencia y habilitación de equipos
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28 de octubre de 2016 a las 05:00

La empresa Claro y el Poder Ejecutivo están enfrascados en un complejo litigio jurídico. La compañía de telecomunicaciones propiedad del magnete mexicano Carlos Slim reclama que el Estado le permita, sin restricciones, ofrecer su servicio de televisión satelital, denominado Claro TV.

El conflicto se remonta a 2009, cuando el Poder Ejecutivo (durante el primer gobierno del presidente Tabaré Vázquez) dejó sin efecto la autorización que la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (Ursec) había concedido a Claro TV bajo el argumento de que no era compatible con el fallido Plan Cardales, que preveía ofrecer paquetes de telefonía y televisión por cable.

La empresa recurrió esa decisión ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) que en 2012 le dio la razón y anuló la revocación. Sin embargo, en 2013 el gobierno que por entonces presidía José Mujica volvió a revocar la autorización para que la telefónica mexicana prestara servicios de televisión satelital argumentando que la empresa no reunía el requisitos de tener sus acciones en forma nominativa.

Claro volvió a recurrir esa segunda resolución del Poder Ejecutivo ante el TCA, caso todavía está en trámite. La empresa considera que como la primera revocación quedó sin efecto, la autorización para ofrecer el sercvicio de televisión está vigente.

Por eso Claro presentó una acción de amparo ante el juez de lo contencioso administrativo Gabriel Ohanian para que condene a la Ursec y al Ministerio de Industria a habilitar el servicio y autorizar la importación de 500 decodificadores de la firma.

El magistrado, en un fallo que dictó ayer y al que tuvo acceso El Observador, rechazó el planteo de Claro al entender que la acción "carece de objeto litigioso", dado que cuando el proceso se había iniciado el Poder Ejecutivo suspendió transitoriamente la decisión de 2013 que impedía a la telefónica ofrecer el servicio de televisión satelital.

"Al día de la fecha la actora tiene su licencia vigente para el suministro del servicio de televisión para abonados por el sistema satelital de televisión directa al hogar", dice la sentencia.

Consultado por El Observador, el gerente de marketing de Claro, Sebastián Aguiar, afirmó que si bien el juez desestimó la acción de amparo, el contenido del fallo "es muy positivo porque es una resolución judicial más que señala que la licencia está vigente".

Aguiar dijo que la empresa espera la resolución del TCA que debrá confirmar o anular en forma definitiva la segunda revocación del permiso adoptada en 2013.

En tanto, una fuente de la Ursec dijo a El Observador que aunque el TCA le termine dando la razón a Claro eso no implica que automáticamente se active el permiso inicial de 2008. E linformante agregó que el artículo 56 de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (SCA) impide a Claro brindar servicios de telecomunicaciones a través de servicios celulares y al mismo tiempo televisión para abonados.

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