Economía y Empresas > COMPRAVENTAS DE INMUEBLES

La suba del dólar frenó aún más los negocios inmobiliarios

Presidente de la gremial dijo que cayeron las operaciones de compraventa al igual que en Argentina
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16 de mayo de 2018 a las 15:38
La corrida cambiaria que se generó en las últimas dos semanas en Argentina obligó a la suspensión de operaciones de compraventas de inmuebles en ese país, pero también en Uruguay, dijo este miércoles el presidente de la Cámara Inmobiliaria, Wildern Ananikian. El empresario participó este miércoles en el ciclo de desayunos de ADM Inclusión financiera: beneficios y desventajas.

"Ya venía lento, pero esta última semana ha llegado gente de Buenos Aires con datos de negocios caídos, en Uruguay también ha pasado", comentó Ananikian durante un pasaje de su disertación, que compartió junto al titular de la Asociación de Bancos Privados, Roberto de Luca, y la de la Asociación de Escribanos, Ana María Ramírez.


El presidente de la Cámara Inmobiliaria reconoció que los "coletazos" de la última corrida cambiaria en la vecina orilla y la suba del tipo de cambio en Uruguay, lleva a que la situación para cerrar nuevos negocios de inversión "no sea cómoda".

El dólar mayorista se fortaleció casi 10% en la primera quincena de mayo en Uruguay, $ 31,14 hasta este martes, y su precio de venta al público trepó casi $ 3 al pasar de $ 29,22 a $ 31,80 en la puntada vendedora del Banco República.


Dudas y temas a corregir

Desde el pasado 1° de abril rigen algunas disposiciones para las transacciones de vehículos e inmuebles que han generado rechazo en algunos operadores inmobiliarios. Cuando el monto del negocio sea superior a las 40 mil unidades indexadas (UI) – unos US$ 5.000 aproximadamente– la operación debe hacerse sí o sí a través de medios de pago electrónico, letras de cambio cruzadas (a nombre del adquirente) y cheques comunes o diferidos, cruzados y "no a la orden". Sobre ese último punto, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) admitirá que se usen cheques diferidos sin la cláusula "no a la orden" hasta el 31 de diciembre.


En las operaciones con saldo de precio, los pagos para cancelar saldos deberán realizarse mediante acreditación en cuenta o en instrumento de dinero electrónico. A esos efectos se admitirán: depósitos directos en la cuenta o instrumento de dinero electrónico (ya sea depósito de dinero en efectivo, de cheques o de letras, por citar algunos ejemplos); transferencias electrónicas y la entrega, en forma directa al acreedor, de letras de cambio cruzadas a nombre del adquirente, o de cheques comunes o diferidos, cruzados y con la cláusula de "no a la orden".

Un primer balance de los primeros 45 días de estas nuevas disposiciones, según Ananikian, sigue despertando algunas "dudas" que se esperan ir dilucidando con el transcurso del tiempo. "Quizás hoy el momento no sea el más adecuado porque se ha enlentecido el mercado", admitió.

Añadió que algunos de los problemas que han surgido son los negocios planteados previos al 1° de abril que ya tenían boleto de reservas con plazos de 60 y 90 días para cerrar las operaciones. "No todos los operadores conocen la ley", indicó. Asimismo, acotó que algunos profesionales "temerosos de cometer alguna falta", lleva a que se generen discusiones. "Me ha pasado que estamos asumiendo costos por letras de cambio que no debería", ejemplificó.

Otro de los puntos que también genera cierto ruido en las transacciones de compraventas por transferencias interbancarias es que actualmente el sistema opera con tres horarios dentro del día. "Eso muchas veces no sirve porque el escribano tiene que hacer el acto en el momento", explicó. En ese sentido, indicó que el Ministerio de Economía y Finanzas se comprometió a trabajar con la Asociación de Bancos para que las transferencias se hagan en forma online. "Eso (por las transferencias online) nos ahorraría muchas cosas", aseguró Ananikian.

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