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Las consecuencias que puede tener para Manini Ríos el desafuero

Qué camino deberá recorrer el líder de Cabildo Abierto si el Senado le quita los fueros
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06 de enero de 2020 a las 05:00

Uno de los primeros asuntos que los parlamentarios que asuman el 15 de febrero tendrán para analizar es el pedido de desafuero del senador y líder de Cabildo Abierto, Guido Manini Ríos, por el caso Gavazzo. 

El viernes 1° de noviembre, el fiscal Rodrigo Morosoli pretendía imputar al excomandante en jefe del Ejército por no haber denunciado a la justicia la confesión de José Nino Gavazzo cuando admitió ante el Tribunal de Honor en abril de 2018 que había tirado al río Negro el cuerpo de Roberto Gomensoro en 1973. Sin embargo, Morosoli planteó apenas comenzada la audiencia que consideraba que Manini Ríos ya gozaba de la protección de los fueros parlamentarios por haber sido electo senador el 27 de octubre. La jueza Marcela Vargas estuvo de acuerdo y elevó a la Suprema Corte el pedido de desafuero para que fuera tramitado ante el Parlamento.

El artículo 114 de la Constitución uruguaya regula el desafuero. Establece que “ningún Senador o Representante, desde el día de su elección hasta el de su cese, podrá ser acusado criminalmente, ni aun por delitos comunes que no sean de los detallados en el artículo 93, sino ante su respectiva Cámara, la cual, por dos tercios de votos del total de sus componentes, resolverá si hay lugar a la formación de causa, y, en caso afirmativo, lo declarará suspendido en sus funciones y quedará a disposición del Tribunal competente”.

El pedido de la Justicia sobre la que deberá expedirse el Senado abre algunas interrogantes: si la cámara vota el desafuero Manini, ¿deberá dejar su banca en forma transitoria o permanente?, y luego, qué pasará si la Justicia no hace lugar al pedido de imputación de Morosoli, o por el contrario, si lo imputa qué ocurrirá con el senador, podrá volver a su banca dentro del período legislativo.

Sobre todos estos aspectos los constitucionalistas Ruben Correa Freitas y Martín Risso asesoraron a los diputados integrantes de la Comisión de Constitución y Códigos de la Cámara de Representantes a raíz del pedido de la justicia para aplicarle una falta al diputado nacionalista Wilson Ezquerra por atropellar alcoholizado a una mujer que circulaba en moto en su misma dirección. 

La Suprema Corte de Justicia envió en noviembre al Parlamento el pedido de desafuero y la vicepresidenta de la República, Lucía Topolansky, informó a radio Uruguay que el pedido ingresó el jueves 8 de noviembre. 

Sobre votar o no el desafuero, Risso sostuvo que “si hay elementos suficientes como para someter a las autoridades judiciales al legislador, si no es una cosa inventada, si no es una cosa absolutamente arbitraria” se debe votar. “Si la Cámara entiende que no hay una intencionalidad política contra el legislador, contra un sector, contra un partido o contra la propia institución parlamentaria, la Cámara tiene que otorgar el desafuero, y no lo puede negar. Es más, si negara un desafuero cuando hubiese lugar a formación de causa, sería una decisión contraria a la Constitución”, aseguró.

Para votar el desafuero de Manini se requerirán 20 de los 30 votos del Senado por lo que deberán votarlo integrantes de la coalición, puesto que el FA tiene 13 y los restantes 17 son de la oposición. Además, el líder del MPP José Mujica había dicho que no pensaba votarlo.

Si llegan a los votos, y Manini es desaforado, tanto Risso como Correa Freitas coinciden en que la consecuencia es la suspensión y por lo tanto, no podrá ejercer sus funciones como legislador. Pero, a diferencia del juicio político –que equivale a una destitución para el legislador- el senador o diputado desaforado, está suspendido en el cargo y por lo tanto tiene que ser reintegrado si es declarado inocente. Aunque, según Correa Freitas eso dependerá de la cámara.

“Una vez que declara ante la justicia penal y esta entiende que no hay lugar para el procesamiento o la condena, si es declarado inocente, entonces estará en condiciones de solicitar a la Cámara que lo reintegre al Cuerpo”, expresó ante el Parlamento según consta en la versión taquigráfica.

El otro tema que plantea es según la pena que se le imponga qué consecuencia deberá enfrentar. Si fuera condenado a una pena mínima, como podría ocurrir en el caso de Manini, ya que el delito por el cual Morosoli quiere imputarlo tiene una pena de tres a dieciocho meses de prisión, por lo tanto es excarcelable, al finalizar el cumplimiento de la pena podrá pedir ser reintegrado. Correa Freitas ejemplificaba: “Supongamos que la pena de prisión fue de tres meses. El legislador cumplió la pena correspondiente y dice: 'Yo cumplí con la justicia. Fui condenado, cumplí los tres meses de prisión y solicito el reintegro al cargo'. Por supuesto, será un tema discrecional de la Cámara. Es la Cámara la que tiene que valorar políticamente si corresponde o no concederle el reintegro al cargo”, dijo.

Risso coincide en que en ese caso cumplida la pena, podría reiniciar sus actividades como legislador, pero afirma que es poco probable que pase esto por los tiempos procesales, judiciales y de la propia condena. "No hay ningún antecedente vinculado con esto, es decir, que un legislador cumpla su pena y luego vuelva a sus funciones. Es básicamente un problema de tiempos. Si es una pena de prisión o de penitenciaría no dan los tiempos. Va a cambiar la legislatura seguramente antes".

Asimismo se preguntó ¿qué pasa si el legislador es condenado? En su opinión si le cae una pena de privación de libertad y es inhabilitado entiende que se suspende su ciudadanía y, de acuerdo con el artículo 90, cesa como legislador. Ahí se transforma la suspensión en cese.

De todos modos, Correa Freitas la Cámara también puede hacer una valoración política, debe analizar si condena para siempre y decide no reintegrar más al legislador. “Hay que tener en cuenta que la Cámara tiene absoluta discrecionalidad para conceder o no el desafuero y también para disponer o no el reintegro del legislador, aun en la hipótesis de que sea declarado inocente. Quiero ser muy preciso y claro: aun en la hipótesis de que un legislador sea declarado inocente, la Cámara no está obligada a disponer su reintegro. Es un potestad discrecional de la Cámara disponer o no su reintegro”.

Por su parte, consultado sobre cómo se reintegra al legislador en caso de querer hacerlo, Risso opinó que -sin saber qué dicen los reglamentos- el legislador deberá comunicar a la Presidencia de la Cámara que el caso fue archivado, que fue sobreseído o que ha cumplido la pena. "Seguramente, lo más sano sería que hubiese un pronunciamiento del plenario diciendo que se ha constatado que ha cesado la situación de suspensión de sus funciones. Podría hacerse en forma automática, pero sería un poco desordenado", señaló.

Discrecionalidad
Según opinó el constitucionalista Ruben Correa Freitas, la Cámara a la que pertenece el legislador tiene discrecionalidad para valorar políticamente el pedido de desafuero a efectos de examinar si no se trata de un caso de persecución política que atente contra la independencia del Poder Legislativo. En su opinión incluso la Cámara puede requerir y producir la prueba correspondiente con la declaración de testigos para tomar posición. 

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