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Las razones por la que los jueces no encarcelan a agresores en lugar de fijar custodias

Quienes fijan que policías resguarden victimas no tienen la potestad para enviar a agresores a la cárcel
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18 de junio de 2018 a las 05:00
Diariamente más de 600 policías repartidos en distintos puntos del país montan guardia frente a la casa de mujeres que denunciaron haber sido víctimas de violencia doméstica. Según señaló el ministro del Interior, Eduardo Bonomi, esto está afectando la política de seguridad del gobierno, centrada en la mayor presencia de efectivos realizando tareas de patrullaje para prevenir el delito.

"Con decisiones judiciales están determinando las políticas públicas y eso no corresponde. El juez no puede sacar policías de la calle cuando está planificado un sistema de patrullaje, vigilancia y acercamiento a la población", agregó Bonomi. Para el ministro, la alternativa es que los jueces encierren a los agresores con prisión preventiva para así proteger a las víctimas, sin necesidad de disponer de custodias ni de tobilleras electrónicas –un recurso limitado que en ocasiones no llega a cubrir la demanda-.

El presidente de la Asociación de Magistrados, Alberto Reyes, dijo a El Observador que esa sería una solución "propia de los estados totalitarios", ya que cuando los jueces disponen la colocación de una tobillera o la realización de una custodia policial, se hace evaluando si existe riesgo para la victima, lo que no necesariamente constituye un delito.

Por ejemplo, si una mujer que fue agredida por su ex pareja presenta una denuncia y el hombre tiene antecedentes por delitos violentos, como lesiones gravísimas u homicidio, un magistrado, asesorado por expertos, puede resolver que existe un peligro cierto de que la mujer sea asesinada, y en función de eso impedir que el agresor se acerque mediante alguna medida de protección, como la colocación de una tobillera o la custodia policial. Sin embargo, ese riesgo no puede ser visto como un delito y por lo tanto, la persona no podría ser enviado a la cárcel por un homicidio que quizás nunca llegue a concretar, explicó Reyes.

De hecho, quienes disponen de estas medidas de protección son los jueces de familia especializados, los cuales no tienen entre sus competencias la posibilidad de enviar a alguien con prisión preventiva, ni tampoco juzgar sobre si hay o no delitos. Los únicos que pueden hacerlo son los juzgados penales, quienes actúan en paralelo analizando si las agresiones perpetradas merecen o no alguna sanción.

Si bien en diciembre de 2017 el parlamento aprobó una ley que crea juzgados especializados en violencia doméstica que concentren en un solo lugar la persecución penal, la disposición de medidas de protección, el divorcio, la tenencia de menores a cargo y las definiciones de pensiones alimenticias, esto todavía no se ha aplicado porque tanto el Poder Judicial como la Fiscalía, carecen de presupuesto para hacerlo.

Luego de que el pasado 7 de junio el semanario Búsqueda informara que el gobierno dar Poder Ejecutivo de "postergar" la creación estos juzgados por dos años, ante la falta de recursos para el Poder Judicial en la Rendición de Cuentas, el prosecretario de la Presidencia, Juan Andrés Roballo, se reunió con la Intersocial Feminista para asegurar que la Ley Integral sobre Violencia de Género se implementará de forma gradual, pero no especificó en qué fecha empezarían a funcionar estos juzgados.

¿Cuándo se define tobillera y cuándo custodia?

La fiscal de violencia doméstica, Alba Correa, -quien trabaja en los juzgados de familia especializados-, dijo a El Observador que las custodias policiales se definen no solo cuando el Ministerio del Interior no cuenta con tobilleras disponibles, sino también cuando no se sabe dónde están los presuntos agresores. De esta forma, aunque el juzgado pudiera fijar la prisión preventiva del hombre, primero debería encontrarlo, y hasta tanto disponer de una guardia policial que garantice que la mujer no será agredida.

Correa dijo que en estos casos, la custodia policial, es la "máxima garantía que se puede dar", y que Uruguay ha firmado convenciones internacionales que lo obligan a garantizar la seguridad de las víctimas de violencia doméstica.

Por su parte, la fiscal panal de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género, Sabrina Flores, dijo a El Observador que en la mayoría de los casos que investiga el asunto se resuelve a través de un juicio abreviado, mediante el cual el acusado recibe una pena reducida a cambio de admitir su responsabilidad en el hecho.

Con esta modalidad de juicio, frecuentemente los acusados suelen quedar en libertad pero con tobillera electrónica. Es que por la ley Nº 19.446, siempre que se disponga libertad vigilada a un sentenciado en un caso de violencia doméstica se debe utilizar este tipo de dispositivos.

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