La Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia del Ministerio de Economía y Finanzas además de prohibir prácticas anticompetitivas sin valorar sus efectos, podrá a partir de abril 2020, controlar la concentración y adquisiciones de empresas.
En setiembre se aprobó una reforma de la Ley de Promoción y Defensa de la Competencia -vigente desde 2007-, como consecuencia de las recomendaciones que Naciones Unidas hizo a Uruguay en su momento para adecuar su marco normativo.
La presidenta de la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia, Luciana Macedo dijo a El Observador que dentro de las tareas de la Comisión está “promover la competencia” y fomentar “entornos competitivos” y lamentó que en el país no haya “una cultura de competencia" como tal vez sí hay en otros países europeos o EEUU.
En la actualidad, las empresas están obligadas a notificar a la Comisión cuando el acto de concentración económica permite alcanzar una participación igual o superior al 50% del mercado relevante, el que es definido por el propio órgano. También están obligadas cuando "la facturación bruta anual en el territorio uruguayo del conjunto de los participantes en la operación, en cualquiera de los últimos tres ejercicios contables", sea igual o superior a 750 millones de unidades indexadas, que equivalen a unos US$ 86 millones.
Las modificaciones propuestas en la reforma añadirá nuevas tareas a la Comisión. El control de concentraciones y adquisiciones significa “controlar la estructura del mercado”, indicó Macedo. Según dispuso la reforma, “todo acto de concentración económica deberá ser notificado” a la Comisión, la que debe expedirse en un plazo de 60 días. “Si un mercado se está concentrando y eso puede generar un perjuicio en los consumidores podemos no autorizar la concentración”, explicó la jerarca.
La ley establece que la “fusión de sociedades, adquisición de acciones, de cuotas o de participaciones sociales, adquisición de establecimientos comerciales, industriales o civiles, adquisiciones totales o parciales de activos empresariales, y toda otra clase de negocios jurídicos que importen la transferencia del control de la totalidad o parte de unidades económicas o empresas” se consideran “actos de concentración económica”.
Sobre la prohibición de prácticas, Macedo explicó que la ley de 2007 prevé que las conductas anticompetitivas “pasan por la regla de la razón”, es decir”, se valora “las posibles ganancias y eficiencias asociadas a esa conducta”. Con la reforma se clasificarán las conductas, y aquellas consideradas “más graves” se prohibirán “per sé”.
Dentro de las conductas más graves, Macedo destacó a los “carteles”, que incluye a los acuerdos de fijación de precios, de producción y prestación de una cantidad restringida de bienes, de repartición de mercados o de acuerdo de licitaciones que pueden hacer las empresas que compiten entre sí. “Se presume que no hay efectos positivos” en esas conductas, aseguró.
La comisionada no identificó ningún sector en específico en el que se produzca la mayor cantidad de irregularidades, pero explicó que “cuanto más concentrado el mercado, más fácil es que se dé una práctica anticompetitiva”.
El abogado, experto en competencia y socio de Guyer & Regules, Juan Manuel Mercant, dijo a El Observador que “es una reforma positiva”. “Es llevar la normativa de ascenso de la competencia a un nivel de estándar internacional”, aseguró. Añadió que la primera norma sobre competencia existe desde 2001 “pero empezó a aplicarse con mayor claridad a partir del 2007”. Destacó que “la Comisión ha hecho un excelente trabajo pero tiene recursos limitados”. El control de concentración de empresas y la prohibición de prácticas anticompetitivas “la van a hacer un poco más visible”, concluyó.
Sobre la prohibición de conductas advirtió que es probable que se produzca “un incremento del instituto de clemencia para el arrepentido”, el que implica una exoneración de la sanción al "arrepentido" que forma parte de la concentración y denuncia. “Es un incentivo para denunciar. Esa modificación debería tener como impacto un aumento de la utilización de ese instrumento”, destacó.
La guía de competencia
En simultáneo a la puesta en práctica de la reforma legal, la Comisión está elaborando un “manual de buenas prácticas comerciales” para evitar “prácticas que pueden ser perjudiciales para los consumidores”, según dijo Macedo.
La decisión de hacer el manual surgió a partir de las “deficiencias que presenta el vínculo entre proveedores y las grandes cadenas de supermercados”. “Hay una tendencia que los supermercados se concentren, tienen mucho poder de negociación y en esa relación se dan un tipo de prácticas que pueden ser perjudiciales para los consumidores”, advirtió.