Hay ocho turnos de fiscalías de violencia de género y delitos sexuales

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Los 300 casos archivados por Iglesias, ¿mucho o poco? La comparación con otras fiscalías

El fiscal Raúl Iglesias había superado los 300 casos archivados en un mes
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26 de julio de 2022 a las 05:04

La decisión del flamante fiscal de Delitos Sexuales Raúl Iglesias de archivar 299 casos en un mes fue uno de los motivos principales por los que la Fiscalía de Corte decidió iniciarle un sumario con separación del cargo y retención del 50% de sus haberes. Sin embargo, esta no era una situación inédita en la fiscalía. El mismo Iglesias archivó 574 casos en abril del 2021 cuando estaba en la fiscalía de Violencia de Género y Gabriela Fossati archivó 700 en setiembre del 2020, según datos proporcionados por la Fiscalía a El Observador a través de un pedido de acceso a la información pública. 

A fines de mayo de este año el director del Departamento de Políticas Públicas, Sebastián Pereyra, dijo a Así Nos Va (radio Carve) que en promedio cada unidad fiscal archiva un poco menos de 40 casos por mes. En ese entonces, sostuvo que el proceder de Iglesias no era común, no solo por el número de archivos sino que por el tipo de delito en cuestión. 

Actualmente hay ocho turnos de fiscalías de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género. Desde el 29 de julio de 2019, se decidió que los turnos número 1, 2, 3 y 7 se encarguen de los casos de violencia de género y los turnos 4, 5, 6 y 8 de los cargos por delitos sexuales. No todos los turnos están desde el comienzo, la mayoría se fueron creando de forma escalonada. Por ejemplo, el octavo turno está operativo desde setiembre del año pasado. 

Los cuatro primeros turnos tuvieron varios meses en los que archivaron más de 100 casos. En el 1Turno (que a la vez fue de los primeros en crearse), archivó más de 100 casos en ocho oportunidades. En el 2o Turno ocurrió siete veces, en el 3o Turno fueron cinco y en el 4o Turno cuatro veces. 

En el 5o Turno el récord de archivos mensual fue 49 (noviembre de 2019), en 6o Turno fue 79 (diciembre 2021) y en 8Turno –la fiscalía más nueva– 42 (mayo 2022). 

La fiscal que más archivó fue Fossati. En julio de 2020 archivó 130 casos, en agosto 196, en setiembre 700 y en octubre 546. Consultada por El Observador, la fiscal –que hoy se desempeña en flagrancia– sostuvo que cuando asumió ese turno encontró 1.900 expedientes abiertos, que no tenían ningún orden ni estaban priorizados. "No tenían ni orden ni forma", valoró. Algunos de ellos, no se abrían desde hace meses. Afirmó que entre mayo y octubre revisó todos los expedientes tres veces para poder depurar y seleccionar aquellos sobre los que era posible trabajar. 

En esa fiscalía había trabajado como titular Darviña Viera y como adscripta Susana Rivadavia, que murió de un paro cardíaco sobre su escritorio en el medio de un cuadro de estrés laboral en 2019. Muchos de los casos que le correspondían no habían sido vueltos a revisar por el resto de los fiscales, que estaban muy conmocionados con lo sucedido. 

En ese entonces, Fossati formuló seis informes que presentó al exfiscal de Corte, Jorge Díaz, a quien pidió en reiteradas oportunidades que labrara un acta de situación para dejar documentado la situación de la fiscalía de Violencia de Género de 1o Turno. El entonces jerarca no le ofreció una respuesta, pero ella pudo dejar documentado en esos informes las razones por las que archivó los casos. 

"Si se hubieran mantenido las inspecciones a las fiscalías, esto se podría haber advertido. Nunca entendí porqué el fiscal Díaz las suspendió. Evidentemente no pudo suplantarse por el seguimiento informático, sino no hubiera pasado esto", expuso la fiscal. 

De esas centenas de archivos, tan solo dos personas pidieron el reexamen (es decir, que se vuelva a analizar si fue correcto el archivo). "Lamentablemente, para las víctimas de delitos de género, si la respuesta no es inmediata no sirven", expresó. "Por turno entran aproximadamente 80 casos. El número que traté de mantener fue 350 porque era lo máximo que podía trabajar en forma con los recursos humanos que tenía", resumió. 

El que le sigue a Fossati, fue el propio Iglesias, quien en marzo de 2021 archivó 188 casos, al mes siguiente 574 y en mayo 205. En ese momento se desempeñaba en la Fiscalía de Violencia de Género de 2o Turno. 

Luego, se ubica la Fiscalía de 3Turno que encabeza Sandra Boragno. En mayo de 2020 se archivaron 232 casos, en junio 117, en setiembre 143, al mes siguiente 140 y en noviembre 181. 

En las Fiscalías de Delitos Sexuales, la única que superó los 100 casos de archivos fue la de 4o Turno. En octubre, cuando ya la encabezaba Sylvia Lovesio, se archivaron 154 casos. En mayo de 2020 se archivaron 103 y, al llegar Iglesias, en mayo del 2022 se archivaron 299. 

¿Qué toma en cuenta la fiscalía para archivar?

Un fiscal puede archivar una denuncia si los hechos relatados no constituyen un delito, si los antecedentes y datos indican que la responsabilidad del imputado se extinguió, o si las actuaciones cumplidas no hubiesen producido resultados que permitan la continuación útil de la indagatoria.

La resolución de no investigar o de dar por terminada la investigación siempre debe ser fundada, debe notificarse al denunciante, y en su caso a la víctima que hubiere comparecido o estuviere identificada.

Esa notificación se realiza vía mensaje de texto al teléfono del denunciante (identificando el número de denuncia y los datos del denunciante y/o víctima) y en su caso, también al teléfono de la víctima (si ello es posible), indica la fiscalía en su sitio web, en la sección “Preguntas frecuentes”. Si esa comunicación no se puede realizar, se notifica al correo electrónico proporcionado y en caso de no contar con ninguno de esos contactos, la comunicación se realiza por correo postal al domicilio del denunciante y al de la víctima que surjan en la denuncia.

Si el denunciante o la víctima recibe la notificación y lo desea, puede solicitar al tribunal que ordene el reexamen del caso por el fiscal subrogante, dentro de los 30 días de haber sido notificado. Para cumplir con esa actuación el denunciante o víctima necesitarán de asistencia letrada, indica la fiscalía.

El tribunal puede revocar la decisión fiscal y ordenar el inicio de la persecución penal, o retomar la ya iniciada. Si ordena el reexamen el caso pasa al fiscal subrogante, quien dispondrá de un plazo de 20 días para expedirse. Su decisión será la definitiva para el caso sin posibilidades de una posterior revisión.

El archivo es siempre sin perjuicio, significa que el fiscal puede iniciar o retomar la investigación en caso de que se produjeran nuevos hechos o se aportaran nuevos medios de prueba que así lo justifiquen.

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