El Tribunal de Apelaciones Penal de 1er Turno rechazó el pedido de nulidad de la mayor parte de los defensores de los imputados por Operación Océano, alegando que faltaron garantías a los imputados para ejercer sus defensas. Según supo El Observador, el tribunal rechazó esos argumentos y mantuvo el caso que va camino a juicio.
El tribunal argumentó que los defensores debieron haber demostrado que los imputados sufrieron una situación de indefensión y señalar hechos perjudiciales concretos que, de no haber ocurrido, habrían variado su situación procesal. Es decir, que a juicio de los ministros del tribunal, los abogados no lograron demostrar el perjuicio real y concreto que supuestamente sufrieron.
Los defensores de 25 de los imputados plantearon que en la audiencia de 23 de febrero de 2021 se constató que Fiscalía no había proporcionado partes sustanciales del resultado de las pericias de los celulares de las víctimas, que existió una flagrante perturbación de la cadena de custodia de la evidencia, por lo que los dos celulares de la principal víctima estuvieron expuestos a la posibilidad de alteraciones, modificaciones, eliminaciones e incluso daño intencional, y que existió violación del principio de publicidad interna inmediata. Por todo ello, pidieron declarar la nulidad absoluta de todo lo actuado por la Fiscalía y señalaron que ha causado un grave e irremediable perjuicio a las defensas.
La fiscal Viera respondió que a la fecha de la audiencia de febrero los defensores no habían retirado la copia de las pericias de los dispositivos electrónicos, por lo que no pueden plantear la nulidad de lo que no obtuvieron "por su propia desidia"; que no se menoscabaron las garantías ni existe indefensión, porque los demandantes accedieron a gran parte de los chats que surgen de las pericias y que corresponden al teléfono principal de la víctima, que no se perjudicó la cadena de custodia, ya que las pericias están realizadas y almacenadas, y que el error o la omisión de hacer entrega de las pericias en su totalidad en nada afecta la formalización de la investigación para cada uno de los demandantes y, por consecuencia, tampoco los actos procesales posteriores.
El tribunal le dio la razón a la Fiscalía y citando una sentencia anterior –en la que rechazó otro pedido de nulidad de uno de los imputados– alegó que la imputación de Viera cuenta con “elementos objetivos suficientes” de la comisión de los delitos atribuidos. Para el tribunal que entiende en el caso, los hechos presentados por la fiscal se han mostrado contundentes en cuanto a dejar prima facie evidenciado el vínculo de los imputados con la joven y las conductas presuntamente infractoras de las normas penales allí referidas.
En la sentencia, los ministros señalan que resta seriedad al planteo el hecho de que si faltaba prueba no se hubiera planteado en la audiencia de febrero, fijada para preparar los interrogatorios de la declaración anticipada de las víctimas, y suspendida a raíz de que se comprobó que faltaban esas pericias.
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