15 de febrero de 2023 13:01 hs

La fiscal Gabriela Fossati logró un acuerdo abreviado con el exjefe de la custodia presidencial Alejandro Astesiano y lo condenó por los delitos de asociación para delinquir en reiteración real, un delito de tráfico continuado de influencias, un delito continuado de interés personal y público, y un delito continuado de revelación de secretos. 

Asociación para delinquir 

Refiere, según el artículo 150 del Código Penal, a cuando al menos cuatro personas se asocian para cometer delitos. En este caso el castigo es de seis meses de prisión a cinco años de penitenciaría

Tráfico de influencias

Está legislado en el artículo 158 bis del Código Penal y condena al que "invocando influencias reales o simuladas, solicita, recibe por sí mismo o por otro, para sí o para otro, provecho económico, o acepta su promesa, con el fin de influir decisivamente sobre un funcionario público para retardar u omitir un acto de su cargo, o por ejecutar un acto contrario al mismo". Este delito se castiga con entre tres meses de prisión a cuatro años de cárcel. 

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Conjunción del interés personal y público de Astesiano

El artículo 161 del Código Penal refiere al delito por el que el funcionario público, "con o sin engaño" se interese en cualquier acto o contrato que tenga que intervenir por razón de su cargo y omita denunciar o informar un vínculo personal con el particular interesado en el hecho. El castigo es de seis meses de prisión a tres años de penitenciaría, inhabilitación especial de dos a cuatro años y multa de 10 a 10.000 unidades reajustables. 

Revelación de secretos

El delito está legislado en el artículo 163 del Código Penal y refiere al funcionario público que haciendo uso de sus funciones revele hechos publica o difunde documentos, que los conoce pro razón de su puesto actual o anterior. Se castiga con entre seis meses de prisión a dos años, y una multa de 10 a 3.000 unidades reajustables. 

Por qué fue culpado Astesiano

Astesiano fue condenado este miércoles a una pena de cuatro años y seis meses de prisión y también le aplicaron una multa de 100 unidades reajustables (unos $ 150.000) e inhabilitación especial para ocupar cargos públicos por cuatro años.

Los hechos que describe la fiscal en el acuerdo señala que en 2021 la DNIC denunció que recibieron del exterior la información de que ciudadanos rusos "se encontraban utilizando documentación uruguaya apócrifa" y que obtuvieron asistencia de Alejandro Astesiano. 

Astesiano obtuvo el rol de "facilitador" y lo que hacía era extraer la documentación necesaria para el escribano Álvaro Fernández. Esos trabajos empezaron en 2013, se interrumpieron en medio de la pandemia y siguieron hasta 2022.

Se dieron varias reuniones, tanto en bares como en su despacho en el edificio presidencial, y como adelanto el exjefe de la custodia recibió US$ 10 mil. El documento dice que Astesiano "recibió alguna documentación pero no realizó ninguna gestión efectiva para el grupo".

En ocasiones, dice el escrito, Astesiano mantenía conversaciones con funcionarios policiales que no eran "propios de su función".

Los favores de Astesiano

También, Fossati afirma que accedía a las cámaras de vigilancia de Presidencia y sacaba información para sí o para terceros, así como también lo hacía con documentación del Sistema de Gestión en Seguridad Pública (SGSP), pedía información de los registros fílmicos de las cámaras de vigilancia del Ministerio del Interior. Pedía y hacía “favores”, y, a modo de ejemplo, citò el caso en que Astesiano pidió al escribano que le acelerara permisos para un boliche de Canelones, cuyo dueño era un exjugador de fútbol de Peñarol. 

"Terminaron hoy de hacer todos los permisos, bombero, Intendencia, todo un quilombo bárbaro y cuando fueron a la policía ya estaba cerrada porque es hasta la una ahí en Canelones, a ver si se puede hacer algo un correligionario a ver si se puede hacer algo para que la policía vea esto y autorice", era el mensaje del exjugador, a lo que Astesiano dijo que vería lo que podía hacer.

A Jorge Berriel, ex número tres de la Policía, le realizó "muchísimos pedidos, algunos que bordean la apariencia delictiva y otros inequívocamente ilícitos". Por ejemplo, información sobre una presunta situación de abuso sexual colectivo a una adolescente de 16 años.

"Esta información nunca debió ser entregada por lo dispuesto en el art. 159.2 del CPP, dada su condición de tercero respecto del proceso", sostiene la fiscal en el escrito. 

También hace referencia a la información extraída del sistema policial sobre una tentativa de rapiña y herida de arma de fuego.

En otra oportunidad, pidió información sobre la rapiña que sufrió su hijo. 

A Berriel también le pidió que le gestionara su traslado al Departamento de Rivera.

Astesiano "proporcionaba de manera oficiosa la información que recibía a su entorno de Presidencia, como por ejemplo, al Secretario Personal del Presidente de la República N.M., o al propio Presidente. En ocasiones, y dado que siempre obtenía información, era consultado sobre distintos hechos. Recibía pedidos de información y para realizar gestiones de parte de civiles y de funcionarios públicos, se comprometía a brindarla pero la mayoría de las veces no lo hacía. Procuraba beneficios para sus actividades civiles y particulares a partir de la información que obtenía", describe la acusación, que Astesiano aceptó para lograr una pena más leve.

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