Nacional > Argumentos

Por qué un acusado de violación y con antecedentes espera el juicio en su casa

Tribunal de Apelaciones ratificó prisión domiciliaria para el imputado; los jueces criticaron falta de argumentos de la Fiscalía
Tiempo de lectura: -'
26 de julio de 2019 a las 12:21

El Tribunal de Apelaciones de 1° Turno confirmó la sentencia del juez de Ciudad de la Costa Bernardo Bueno por la cual un hombre acusado de violar a una joven de 21 años a mediados de marzo fue enviado a prisión domiciliaria nocturna –de 22 a 6– y no a la cárcel, como había solicitado la Fiscalía.

Los ministros Graciela Gatti, Alberto Reyes y Sergio Torres consideraron que los argumentos presentados por el fiscal del caso, Fernando Valerio, fueron escasos o mal fundamentados, y que, sobre todo, fue incapaz de probar que el imputado ya había cometido otros dos delitos sexuales años atrás, una de sus principales razones para expresar la necesidad de la prisión preventiva. 

"No hacemos un reproche, pero nos sorprendió que no se tuviera esa información, porque era importante, y tampoco es que fuera una información difícil de obtener. Podía conseguirse con facilidad en los juzgados", dijo Reyes a El Observador.

De este modo, el imputado seguirá en su casa esperando el desarrollo del juicio, pese a que Valerio entiende que "el arresto domiciliario en horas nocturnas no impide la posibilidad de reiterar las conductas en un individuo con una clara disposición a ello", según consta en el fallo, que recoge los argumentos del fiscal para señalar el "decaimiento o debilitamiento" en que incurrió al repetir los fundamentos que el juez Bueno ya había contrarrestado.

Los ministros aseguraron que requerir la prisión preventiva para el delincuente era algo "altamente opinable" y que no era de recibo denunciar que el hombre fuera un peligro para la sociedad, que hubiera posibilidad de que se escapara y que tuviera al menos dos antecedentes penales –que es lo que la Fiscalía no supo probar–. Y además, aunque Valerio no lo hizo pesar, los ministros también descartaron que el imputado pudiera volver a agredir a la víctima por la sencilla razón de que la joven, chilena, regresó a su país a los pocos días de la audiencia en la que se formalizó la investigación.

Sobre el delito cometido no hubo referencias porque no era el tema de fondo. Al momento, de acuerdo a la versión de la Fiscalía, el hombre violó a la mujer después de ofrecerse a llevarla en su auto unas pocas cuadras –que terminaron siendo 230 kilómetros– y amenazarla.

En primera instancia, el juez Bueno dio por válido ese relato porque entendió que eran suficientes las pruebas que dijo tener el fiscal, por lo que aceptó que se iniciara la causa. Sin embargo, a la hora de defender por qué se opuso a la solicitud de la cárcel como medida transitoria, había dicho a El Observador, entre otros puntos, lo siguiente: "Para qué poner una (prisión) preventiva tan gravosa a una persona que adentro de la cárcel le harían de todo, como les ocurre a los supuestos violadores".

Los antecedentes

Como acostumbra hacer este tribunal de apelaciones para acoplarse a las condiciones del nuevo sistema penal, el fallo se emitió luego de una audiencia en que las partes defendieron sus posiciones en forma oral y en que la defensa impuso sus argumentos.

"Había un elemento que para la Fiscalía pesaba mucho y eran dos antecedentes viejos (del imputado), dos supuestos delitos parecidos al de este caso", explicó el ministro Reyes. Uno de los dos fue cometido hace más de 10 años –en 1995–, razón por la cual prescribió debido a que la ley establece un mínimo de una década desde que tuvo lugar el crimen para que pierda validez como antecedente –siempre y cuando la pena a cumplir fuera entre dos y 10 años de cárcel.

Pero sobre el otro delito, más reciente aunque también supuestamente prescripto, la Fiscalía no tenía detalles, y tampoco procuró averiguar la razón de las prescripciones. Porque, como sugirieron los ministros del tribunal, los antecedentes también pueden quedar sin efecto producto de "una conducta consciente del imputado u omisiones o fallos de los respectivos juzgados", dice el fallo al que accedió El Observador.

"Justamente, le preguntamos por eso, y pensábamos que nos iban a presentar información, pero no habían hecho ninguna averiguación", agregó el magistrado.

Y en la sentencia se juzga, así, que se cae el argumento de que el imputado debe esperar el juicio en la cárcel porque ya cometió delitos sexuales.

El juez Bueno ya había rebatido que el imputado podía calificarse como reincidente y reiterante, una condición que, según el Código del Proceso Penal (CPP), obliga a los fiscales a pedir prisión preventiva a los jueces en forma automática, siempre y cuando prueben que el delito que cometió el acusado lo hizo a menos de cinco años de una condena anterior –en ese caso sería reincidente–, o que hubiera delinquido mientras era procesado por otra causa –y ahí sería reiterante. 

La defensa del indagado sostuvo en la audiencia realizada el 11 de junio que su cliente "no tenía conocimiento o no se acordaba" de tener antecedentes, contó Reyes.

El Observador intentó el contacto con el fiscal, pero Fernando Valerio tiene por principio no dialogar con periodistas.

La gravedad y su intención de comparecer

El fiscal, no obstante, planteó otras dos razones que también fueron descartadas.

Aseguró que había riesgo de que el hombre se fugara si estaba en su casa, pero eso tampoco pudo acreditarse, de acuerdo al tribunal, que de todos modos enumera los reparos de Valerio. 

"Es verdad el hecho de que al momento de la detención el imputado hacía días que no estaba en su vivienda", sostiene el dictamen, y agrega que "ello podría ser un elemento revelador de la intención de ocultarse y válido por lo tanto para adoptar las prevenciones del caso".

Pero la defensa alegó algo que no contó con "la contradicción de la Fiscalía" y es el hecho de que el hombre, cuando se enteró que era buscado por la policía, quiso entregarse. Eso quedó probado, a juicio de los magistrados, porque fue detenido en la terminal de ómnibus de Tres Cruces cuando pretendía viajar hacia el departamento de Rocha para declarar en la Fiscalía, ya que ese era el departamento donde había cometido el delito –aunque el caso fue juzgado luego en Ciudad de la Costa, porque fue en ese balneario donde finalmente la víctima hizo la denuncia.

"Además en cuanto a la ausencia transitoria de su domicilio, el imputado dio explicaciones plausibles no cuestionadas por la Fiscalía", dice también la sentencia.

Por último, también se rechazó un argumento poco sólido que "a veces los fiscales utilizan", dijo Reyes, y es presumir que la sola gravedad del delito que imputan a alguien –sin que todavía estuviera probado– alcanza como para fundamentar la necesidad de que la persona espere el juicio en la cárcel.

"La gravedad es un elemento que puede sustentar el riesgo procesal, pero nunca en abstracto, y pocas veces, en solitario", sostiene el fallo, y Reyes lo explicó así: "La gravedad es como un comodín que suele presentarse, y con la que se presume que las personas pueden fugarse, pero eso es seguir la lógica del proceso penal anterior en donde estaba determinada la prisión preventiva como pena anticipada. En el sistema que adoptamos ahora, y es como funciona en muchos países, tiene que haber algo más que la gravedad del hecho, como el riesgo que puede tener la víctima o testigos que puedan ser intimidados".

La denuncia

La víctima relató que se había negado a subir al auto del acusado mientras se trasladaba hasta la terminal de ómnibus del balneario de Valizas (Rocha) para dirigirse a Montevideo. Pero ante la insistencia, se subió. Como tenía miedo, le sacó una foto, que luego sería de prueba clave para detenerlo. Sin embargo, el hombre no se detuvo en la terminal, sino que siguió hasta La Paloma, porque según el hombre a ella le convenía tomarse un ómnibus desde allí.

Sin embargo, el acusado tampoco se detuvo en ese balneario y siguió conduciendo por la ruta. Dijo que quería parar en alguna parte para tomar mate, por lo que dobló y se metió en un descampado.

En el descampado, el presunto agresor le recordó que ella tenía su mochila con todos los documentos en la parte de atrás del auto, y que matarla y hacerla desaparecer era algo muy fácil. "La víctima, asustada, le dijo al imputado que le haría lo que quisiera si él no la mataba. En ese momento el imputado cometió los hechos denunciados", escribió Valerio entonces, en el escrito con el que solicitó a la Justicia el inicio de la investigación penal.

Ya en la ruta de nuevo, tiempo después se detuvieron en una estación de servicio. Ella aprovechó ese momento para ir al baño y también sacarle una foto a la matrícula del auto. En ese instante evaluó no volver a subirse, pero de todos modos lo hizo porque sus documentos seguían en la parte trasera del vehículo.

Luego, en la carretera, él pretendió conocer datos personales de la víctima, pero ella logró que fuera al revés: que fuera el hombre quien diera sus datos, y así ocurrió: él le envió una solicitud de amistad por Facebook y le dio su número de celular. "Actuaba como si nada hubiese pasado", contó la víctima al fiscal.

La mujer no llegó a la capital porque pidió bajarse antes, en Ciudad de la Costa, donde decidió reunirse con una amiga. Y fue en esa zona de Canelones –donde vivía– que radicó la denuncia y un equipo médico realizó el protocolo para corroborar la violación.

Lo que sí logró Valerio es que el juez Bueno aceptara su imputación por un delito de violación, que de acuerdo a la ley tiene como pena de 2 a 12 años de prisión.

Comentarios

Registrate gratis y seguí navegando.

¿Ya estás registrado? iniciá sesión aquí.

Pasá de informarte a formar tu opinión.

Suscribite desde US$ 345 / mes

Elegí tu plan

Estás por alcanzar el límite de notas.

Suscribite ahora a

Te quedan 3 notas gratuitas.

Accedé ilimitado desde US$ 345 / mes

Esta es tu última nota gratuita.

Se parte de desde US$ 345 / mes

Alcanzaste el límite de notas gratuitas.

Elegí tu plan y accedé sin límites.

Ver planes

Contenido exclusivo de

Sé parte, pasá de informarte a formar tu opinión.

Si ya sos suscriptor Member, iniciá sesión acá

Cargando...