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Proyecto de Cabildo Abierto busca que personas que mienten en denuncias por violencia de género puedan ir presas

Para los cabildantes la ley de violencia de género "no respeta en absoluto el principio de inocencia y tampoco el derecho al debido proceso"
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05 de marzo de 2024 a las 14:37

Cabildo Abierto presentó un proyecto de ley que busca penar con prisión a aquellas personas que presenten denuncias falsas por violencia de género, junto a otras modificaciones de la normativa que castiga este tipo de delitos.

El partido liderado por Guido Manini Ríos quiere agregar el "delito de simulación y calumnia de violencia de género" a la Ley 19.580 de violencia basada en género. "La supuesta víctima y/ o cualquier persona que, utilizando fraudulentamente, la calidad de persona protegida, por los principios establecidos en la presente ley, y a sabiendas denuncie, simule o declare la presunta comisión de un delito violencia de género contra ella, sus familiares o cualquier otra persona, de forma que se proceda a la iniciación de un procedimiento judicial a ese respecto, será castigado con tres a seis meses de prisión", se lee en el proyecto de ley al que accedió El Observador.

En la exposición de motivos de la iniciativa se reconoce que "es innegable el problema social y moral que suscita la violencia de género en el desarrollo de nuestras sociedades", pero se critica que la ley vigente, promulgada en 2018, "no respeta en absoluto el principio de inocencia y tampoco el derecho al debido proceso".

"Se ha convertido en un problema social y de relación entre los hombres y las mujeres el 'submundo de las denuncias falsas'. Si bien es necesaria la protección a la presunta víctima, la misma puede en ciertos casos originar graves daños al presunto victimario y a los menores que pueden verse como rehenes de la situación", continúa la exposición. 

Para Cabildo, esta problemática se debe a "una incorrecta valoración de la prueba" que "sólo se basa en el testimonio de la presunta víctima" y no evalúa "los condicionamientos sociales y psíquicos en los que esta se encuentra inbuida". Además, creen que existe un "desmedro por parte de los tribunales de cualquier prueba que eventualmente pueda presentar el presunto agresor", lo que vuelve "casi inexistente" su defensa. 

Por esto, desde la fuerza política ven necesario instalar el delito de simulación y calumnia "que frene la utilización de la denuncia como último recurso para hacer daño a otra persona".

Por otra parte, para los cabildantes es imperioso reconfigurar "algunos tipos de violencia que se expresan", ya que entienden que "suelen ser imposibles de corroborar en la práctica jurídica", como por ejemplo la "violencia simbólica", que el proyecto quiere derogar: "Puede ser resultado de algún patrón social y cultural y que quien eventualmente pueda cometer el acto, no lo ha hecho con ninguna intención de dañar".

"Es necesario modificar esta ley que está hecha para un país en donde supuestamente impera un 'patriarcado salvaje' que de forma alguna integra la constitución de la sociedad uruguaya", se lee al final de la exposición.

Los otros cambios del proyecto de Cabildo

Además del nuevo delito y la derogación de la violencia simbólica, el proyecto cabildante propone derogar el artículo 3 de la Ley 19.580, que dispone la interpretación de las pruebas en base a la Constitución y diversos organismos internacionales, y marca que "en caso de conflicto o duda sobre la aplicación de las disposiciones contenidas en la presente ley, prevalecerá la interpretación más favorable a las mujeres en situación de violencia basada en género".

También quiere modificar el artículo 46, en el que actualmente se indica que "en todos los casos se respetará el derecho y el interés superior de las niñas, niños y adolescentes a dar su opinión, la cual deberá analizarse aplicando las reglas de la sana crítica" y agrega que "no será válido utilizar argumentos técnicos para disminuir la credibilidad de sus testimonios".

La nueva redacción propuesta mantiene la primera parte de ese párrafo, pero postula diversos "factores" para valorar los testimonios: en primer lugar "la consistencia interna del relato, la verosimilitud de los hechos narrados, la ausencia de motivos para tergiversar el relato y la presencia de una o varias corroboraciones externas consideradas como tales"; la "capacidad de recordar y comunicar los hechos de manera certera y precisa"; la posible existencia de "presiones o amenazas externas que puedan haber influido en el relato de la víctima", y por último las "pruebas que pueda presentar el denunciado".

El proyecto también busca cambiar el literal N del artículo 65 de la norma, que dispone el "retiro de la persona agresora de la residencia común y la entrega inmediata de sus efectos personales en presencia del Alguacil". Cabildo quiere que esto ocurra "salvo" que el implicado "sea propietario del inmueble o desarrolle una actividad laboral que constituya su sustento principal".

En ese caso "se le proporcionará a la víctima una vivienda, para lo cual se hará uso de los convenios con el Ministerio de Vivienda u otros mecanismos que se consideren oportunos".

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