La Suprema Corte de Justicia (SCJ) emitió siete fallos nuevos sobre la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (SCA) -conocida como ley de medios- a partir de reclamos sobre la inconstitucionalidad de ciertos artículos.
En las sentencias, la SCJ ratifica la inconstitucionalidad de cinco artículos que ya habían sido declarados como tales meses atrás, porque son por resolución anticipada, lo que significa que utilizan los mismos argumentos que resoluciones anteriores.
Las sentencias corresponden a recursos presentados por las empresas Monte Carlo, Sociedad Televisora Larrañaga (Canal 12), Telecable Cerro Largo y algunos particulares, para los que la SCJ consideró que no tienen un interés directo sobre la causa por lo que no tienen legitimidad para solicitar ante la Justicia que ciertos artículos se declaren inconstitucionales.
Los fallos a favor de las empresas ratifican por unanimidad la inconstitucionalidad de los artículos 39 inciso 3, que regula eventos de interés general, como partidos de fútbol; el artículo 60 literal C, que refiere a la regulación de los contenidos con los que deben contar los medios audiovisuales; el artículo 98, inciso 2, que hace referencia a las inspecciones por parte de funcionarios de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación (Ursec). En el caso del inciso 2, se declaró inconstitucional el derecho a suspender las emisiones en caso de haber "inconvenientes" para el "desarrollo de las inspecciones".
La SCJ también ratificó por mayoría la inconstitucionalidad del inciso 5 del artículo 117, que obliga a las empresas de cable a incluir a Televisión Nacional dentro de su paquete de canales. Por último, el máximo órgano judicial volvió a declarar inconstitucional al inciso 2 del artículo 149 que refiere a la titularidad de los canales y estaciones, y aclara que los públicos tienen preferencia sobre los privados.
Los siete fallos se suman a otros seis que ya habían sido dictados meses atrás, lo que suma un total de 13 sentencias de 29 recursos presentados. Los primeros casos dictados fueron en abril y correspondieron a reclamos de la empresa DirecTV y el Partido Independiente, que había objetado cómo se establecía la distribución de publicidad electoral.
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