30 de enero de 2013 22:07 hs

El ministro de Salud Pública Jorge Venegas (nacido el 29 de agosto de 1948 en Santiago de Chile) cuenta con carta de ciudadanía legal uruguaya, pero al haberla obtenido en abril de 2004 no puede desempeñarse en el cargo hasta 2014, según establece la Constitución. Para los juristas consultados –de distintas corrientes ideológicas– no hay dudas.

La Carta Magna dice en sus artículos 98 y 176 que para ser ministro o senador los extranjeros deben tener un plazo de siete años de ejercicio de la ciudadanía. Pero además, el artículo 75 de la Constitución dice que los derechos “inherentes” a la ciudadanía legal no podrán ser ejercidos por extranjeros “hasta tres años después del otorgamiento de la respectiva carta”. Por tanto, todos interpretan que se necesita diez años.

Según explicó a El Observador la secretaria letrada de la Corte Electoral, Mariela Demarco (Partido Independiente), y luego confirmó otra funcionaria de la corporación que vio los documentos en la sección “Ciudadanía” de la Corte, Venegas tramitó en 2004 tanto la residencia como la ciudadanía.

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Con la residencia pudo obtener casi de inmediato su credencial cívica, y votó con ella en las elecciones nacionales de 2004 y 2009. En los últimos comicios nacionales tuvo que sufragar observado porque los residentes extranjeros no puden participar en las consultas populares. En octubre de ese año estaban los plebiscitos por la Ley de Caducidad y por el voto consular.

Como Venegas pudo comenzar a ejercer su ciudadanía legal tres años después, en 2007, el requisito para poder ser ministro o senador lo cumplirá recién en abril de 2014.

Esta interpretación de la Constitución, manejada por el senador colorado José Amorín –quien denunció la situación ante la Corte Electoral– fue ratificada anoche por el constitucionalista y exsenador del Partido Socialista José Korzeniak.

“Si Venegas fue nombrado antes de haber cumplido con los requisitos de tiempo de ejercicio de la ciudadanía, estuvo con un vicio ese nombramiento”, dijo el experto a El Observador.

En diciembre de 2009, el hoy ministro de Salud asumió como subsecretario en esa cartera, cargo en el que fue ratificado por el presidente José Mujica para el siguiente ejercicio, que comenzó el 1º de marzo de 2010. Desde esa fecha hasta abril de 2011, por ejemplo, asumió diez veces como ministro interino de Daniel Olesker, quien fue titular de la cartera hasta julio de 2011. En esas diez oportunidades lo hizo violando la Constitución, como lo continúa haciendo hasta hoy, según la interpretación de los colorados que comparte el exsenador Korzeniak.

El constitucionalista frenteamplista, además, considera en el mismo nivel a un subsecretario y al ministro, a los efectos de lo que establece la ley para que extranjeros puedan asumir ese tipo de cargos.

Venegas también fue incluido de manera irregular por la Corte Electoral en la lista 1001 (Partido Comunista), adonde aparecía como primer suplente al Senado de Eduardo Lorier.

El constitucionalista dijo que, de todas formas, las acciones que tomó el ministro no pueden anularse. “Si fuera un legislador, por ejemplo, votó leyes, y esas leyes se pueden declarar inconstitucionales, pero los actos ministeriales son actos administrativos, que pueden ser impugnados (artículo 317) dentro de los diez días en que se dictaron”, explicó Korzeniak. Luego de ese plazo, quedan firmes.

Gobierno espera a la Corte
En el gobierno esperan la resolución de la Corte Electoral, que se reunirá hoy en sesión de ministros para analizar el tema. Según dijo ayer al término del consejo de ministros especial en la residencia de Suárez y Reyes el prosecretario de la Presidencia, Diego Cánepa, el asunto no fue tratado en la reunión del presidente con sus ministros, y el gobierno tomará alguna decisión en base a lo que defina la Corte Electoral.

El secretario de la Presidencia, Homero Guerrero, recordó también ayer que el dirigente comunista fue electo como senador suplente en la lista 1001, “y eso puede ser un antecedente”.

A juicio de Korzeniak, por otra parte, es dudoso que la Corte Electoral tenga competencia en este caso, ya que los ministros son elegidos de forma unilateral por el presidente de la República, y no son votados por la ciudadanía.

Para el constitucionalista de izquierda, en caso de confirmarse todo, sólo podría caber un juicio político en el Parlamento. De hecho, eso debería ocurrir si se mantiene la tesis de que la Corte Electoral no tiene competencia en el caso, insistió.

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