11 de abril de 2011 19:04 hs

A partir del 1° de enero del año próximo los veterinarios de libre ejercicio que no estén debidamente acreditados no podrán participar en las actividades de certificación relativas al área de movimiento de bovinos y ovinos, incluyendo embarque a frigoríficos habilitados para exportación y despacho de tropas.

Los profesionales deberán estar acreditados ante la Dirección General de Servicios Ganaderos de acuerdo a una resolución del Ministerio de Ganadería que además establece que el primer día del año próximo caducarán todas las autorizaciones, habilitaciones y registros para actuar en dicha área y únicamente se aceptarán certificados sanitarios extendidos por médicos veterinarios acreditados.

La medida se enmarca en el Sistema Nacional de Acreditación de Veterinarios de libre ejercicio en el marco de la Ley Nº 17.950. En el marco del Programa de Acreditación coordinado con la Facultad de Veterinaria como institución de capacitación se han aprobado 866 cursos; y fueron otorgadas 195 acreditaciones, encontrándose 90 solicitudes en trámite.

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Los formularios para la extensión de certificados sanitarios relativos a las áreas de acreditación antes detalladas se encuentran disponibles en la página web del Sinavele:
http://www.mgap.gub.uy/sinavele/hsinavele.aspx

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