Un sistema de protección de calidad se podría definir por su capacidad para garantizar que ningún niño o adolescente sea separado innecesariamente de su familia. El INAU marcó una prioridad y una centralidad en lo que refiere al derecho a vivir en familia.
Los centros de acogimiento y fortalecimiento familiar (CAFF) del INAU procuran la recuperación y fortalecimiento de las capacidades de cuidado de la familia de origen y proporcionan a los niños, niñas y adolescentes un ámbito familiar transitorio mientras se realizan las acciones para restablecer las capacidades de cuidado. Cuando no se dan las condiciones adecuadas para la convivencia con la familia biológica, se busca desarrollar el acogimiento familiar mientras se determina la posibilidad de la adopción.
Necesitamos más y mejores acciones orientadas a la prevención de la separación familiar. Desarrollar servicios que pueden ayudar a prevenir la separación familiar y la institucionalización. No son pocos los niños y adolescentes que seguramente estarían mucho mejor si hubieran permanecido con sus propias familias y éstas hubieran recibido una ayuda adecuada. En mucho la institucionalización excesiva de niños y adolescentes es sintomática de un sistema de protección y cuidado de la infancia y adolescencia que no funciona.
La protección social es un factor fundamental para reducir la separación innecesaria de los niños y adolescentes de las familias en crisis. Estrategias de protección social alineadas con las de protección y cuidado de los niños y adolescentes.
Dicho lo dicho, no hay duda que la seguridad y el desarrollo saludable de un niño o un adolescente pueden verse amenazados por circunstancias adversas del menor o de la familia (o de ambos). Cuando el fortalecimiento a las capacidades de cuidado de las familias de origen y los servicios (de apoyo) en el hogar no pueden resolver eficazmente estas circunstancias de riesgo, se hace necesario considerar el acogimiento del menor fuera del hogar (24 horas).
El acogimiento (24 horas) fuera del hogar familiar suele consistir en un continuo de servicios de acogimiento que varían desde los tipos de acogimiento menos restrictivos (por ejemplo, acogimiento con un familiar o acogimiento no familiar) hasta el acogimiento residencial. En el acogimiento (familiar), se considera que un niño o un adolescente necesita un acogimiento (temporal) fuera del hogar familiar porque se teme por su seguridad. Preferentemente un acogimiento con parientes (Familia Extensa, existen lazos de consanguinidad), o con personas que no sean parientes pero son conocidos y allegados con el menor (Familia por Afinidad).
Todo lo dicho no es decir que ningún niño o adolescente deba ser ingresado en un centro de acogida. Significa que muchos menos niños y adolescentes deberían ser institucionalizados e ingresados en centros residenciales y que debería justificarse como una intervención temporal, una solución provisional para los niños y adolescentes que por algunas razones válidas no pueden regresar a sus familias biológicas o mantenerse en contextos de tipo familiar.
Todos los adolescentes deben ser evaluados por su probabilidad de participar en una variedad de comportamientos de riesgo, incluyendo dejar el centro residencial sin consentimiento (salida no autorizada o acordada). La evaluación debe realizarse cuando se ingresa al hogar o centro residencial y debe ser continua y revisada cada vez que cambien los factores de riesgo. Como mínimo, entiendo importante una nueva evaluación 30 días después del ingreso al centro y en sucesivas revisiones bimestrales o trimestrales; dependiendo del nivel de riesgo. Un niño o un adolescente menor de 18 años que se comporte de forma peligrosa o fuera de control y con alta probabilidad de exponerse a riesgos, debería ser considerado un niño o un adolescente con necesidad de supervisión especial y cuidado especializado.
A nivel internacional, dada la significativa preferencia política por el acogimiento familiar, el acogimiento residencial se ha caracterizado cada vez más como un "último recurso" para los niños o adolescentes que no pueden vivir en familias de acogida debido a altos niveles de problemas emocionales y dificultades de comportamiento. El paradigma parece ser que sólo debe utilizarse hasta que se pueda encontrar un hogar "adecuado". Esto no es universal. Algunos países europeos, en particular Finlandia, Alemania y Dinamarca, siguen utilizando el acogimiento residencial como la opción elegida en muchos casos. Han interpretado la aspiración a la "desinstitucionalización" como un alejarse de los grandes entornos impersonales en favor de grupos más pequeños.
El desafío está en fortalecer las soluciones de protección que hagan posible acceder a entornos lo menos restrictivos posibles, aceptando que para algunos niños y adolescentes, la mejor opción puede ser un centro residencial seguro. Si partimos del reconocimiento de que un número determinado de niños y adolescentes presentan importantes factores de riesgo que hacen necesario un acogimiento en un entorno residencial restrictivo (seguro), tenemos que empezar por preguntarnos por la definición conceptual y operativa de “entorno restrictivo”.
Recordemos que los niños y adolescentes, que por resolución judicial se encuentran en centros residenciales del Sistema de Protección de 24 horas del INAU, no están privados de libertad. En las situaciones en que no se logra saber dónde se encuentra un niño o un adolescente, el INAU procede a “realizar la denuncia policial y comunicar la situación a la sede judicial competente (atendiendo a los artículos 68, 117, 118 y 132 del CNA)”. “A partir del momento que el niño o adolescente reingresa se comunica en forma inmediata a la seccional policial, se informa al Juzgado de Familia y a los adultos referentes.”
Aunque no existe una definición universal de tratamiento seguro, hay elementos comunes a las descripciones de este tipo de programas. En primer lugar, el tratamiento seguro es para niños y adolescentes que tienen problemas de salud mental y corren un riesgo significativo de hacerse daño, hacer daño a otros o ambas cosas. En segundo lugar, los programas de tratamiento seguro aplican una serie de medidas de seguridad. Las medidas de seguridad incluyen la supervisión las 24 horas del día y la restricción de las libertades de los menores.
Al respecto de problemas de salud mental, hay revisiones de trabajos científicos que se publican en revistas especializadas, integrando los hallazgos de distintos estudios (investigaciones) y poniendo en evidencia las altas tasas de prevalencia de una serie de dificultades de salud mental entre los niños y adolescentes que viven en acogimiento residencial.
Tenemos necesidades asociadas a la atención y tratamiento de episodios agudos y acciones de acompañamiento y abordajes socio-educativos-terapéuticos. Hay objetiva dificultad para derivaciones oportunas y efectivas en lo que respecta a respuestas fuera del sistema de protección de 24 horas; en particular, los relativos a salud mental y tratamiento psicológico-psiquiátrico de situaciones de consumo problemático de drogas en adolescentes. La responsabilidad de los servicios de diagnóstico y tratamiento de la salud mental recae en el sistema de salud.
Desde una visión sistémica, intersectorial e interinstitucional, tenemos que concebir, diseñar e instalar centros regionales que ofrezcan programas residenciales terapéuticos para la atención y tratamiento de consumo problemático de drogas y problemas y trastornos emocionales y de conducta. Tratamientos menos intensivos que la hospitalización. Un «puente» o «medio camino» entre la internación clínica psiquiátrica (nivel terapéutico intensivo) y un acogimiento en centro residencial. No sería un programa de «emergencia», sería un programa de servicios a nivel terapéutico básico. Un componente esencial de la atención continuada de la salud mental de niños y adolescentes. Un acogimiento terapéutico que ofrezca: (1) un entorno coherente y de refuerzo con tutoría y estímulo; (2) una estructura diaria con expectativas claras y consecuencias específicas; (3) un alto nivel de supervisión de los adolescentes; (4) acceso limitado a compañeros problemáticos junto con acceso a compañeros prosociales; y (5) un entorno que apoye la asistencia diaria a la educación.