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27 de septiembre 2024 - 18:15hs

Peñarol festeja la clasificación a semifinales de la Copa Libertadores tras eliminar a Flamengo en el Campeón del Siglo, pero el club se expone a sanciones por el comportamiento de sus hinchas y del jugador Matheus Babi, que al final del partido levantó una bengala en medio del festejo con sus compañeros. El brasileño no fue convocado y por eso estaba de particular.

De acuerdo al Reglamento disciplinario de la Conmebol, Peñarol puede ser multado porque la actitud de los hinchas colgados del tejido demoraron tres minutos el comienzo del partido, por la explosión de fuegos artificiales que no están permitidos y porque el jugador Matheus Babi exhibió una bengala dentro de la cancha. El árbitro Facundo Tello también reclamó por la utilización de láser en la tribuna.

En los minutos finales, el arquero Washington Aguerre tuvo que sacar del arco una de las bengalas lanzadas por los hinchas desde la tribuna.

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Los montos de los multas de Conmebol

Las multas previstas en fase semifinal por Conmebol son las siguientes:

Objetos pirotécnicos, US$ 8.000 la primera infracción y US$ 10.000 la segunda.

Lanzamiento de objetos, US$ 5.000 y US$ 10.000.

Utilización de láser, US$ 5.000 y US$ 10.000.

Peñarol ya fue multado con US$ 25.000 por el lanzamiento de objetos y encender bengalas en el partido de la fase de grupos frente a Rosario Central.

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Consultado el presidente carbonero Ignacio Ruglio sobre este tema, expresó en Carve Deportiva: “Feliz de la vida pago esa multa por el recibimiento. Le dije al Z (Eduardo Zaidensztat) vamos a tomar esto como una inversión en marketing. Todo América habla de nuestro recibimiento”.

Con la clasificación a semifinales de la Copa Libertadores, Peñarol alcanzó los US$ 10 millones por premios de Conmebol.

El reglamento indica que las sanciones disciplinarias previstas podrán ser impuestas a las Asociaciones Miembro y los clubes en los siguientes casos:

a) Un equipo, jugador, oficial o Asociación Miembro o club incumple los principios de conducta establecidos en el Artículo 7 del presente Reglamento.

b) Un equipo se comporta de forma impropia.

También hay sanciones previstas para los clubes en supuestos de comportamientos incorrectos o inapropiados de sus aficionados entre los que se señalan:

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a) La invasión o tentativa de invasión del terreno de juego.

b) El lanzamiento de objetos.

c) Encender bengalas, fuegos artificiales o cualquier otro objeto pirotécnico.

d) El uso de gestos, palabras, objetos u otro medio para transmitir cualquier mensaje no apropiado en un evento deportivo, particularmente si es de naturaleza política, ofensiva o provocativa.

Temas:

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