26 de mayo de 2026 11:24 hs

Según informó el organismo, quienes no realicen esta gestión dentro del plazo correspondiente podrían quedarse sin sumar esos años de servicio en el cálculo de su futura jubilación.

La fecha límite aplica para personas que:

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  • Residen en Uruguay
  • Nacieron hasta el 1° de junio de 1963 inclusive
  • Trabajaron antes del 1° de abril de 1996 y esos años no figuran reconocidos en su historia laboral del BPS

El organismo aclaró que las personas residentes en el exterior cuentan con un plazo extendido hasta el 31 de mayo de 2028 para realizar el trámite.

Cómo agendarse

Las personas comprendidas deben agendarse a través de la página web del BPS, en la opción “Reconocimiento de años trabajados”.

Desde el organismo señalaron que quienes ya hayan realizado la reserva o iniciado un trámite jubilatorio que incluya este reconocimiento no necesitan volver a hacerlo y solo deben esperar la fecha asignada.

Para completar la gestión, el titular o un apoderado registrado ante BPS deberá presentar:

  • Cédula de identidad vigente
  • Declaración de períodos trabajados completa

Además, BPS recordó que los trabajadores pueden verificar los años registrados en su historia laboral mediante la opción “Consultar Vida Laboral”.

Casos especiales y futuras fechas

El organismo indicó que las personas con actividades bonificadas pueden adelantar el trámite si están próximas a cumplir las condiciones para jubilarse. Lo mismo aplica para quienes perciben pensiones por vejez o invalidez.

BPS también informó que existen otros plazos de reconocimiento según la fecha de nacimiento de cada trabajador:

  • Hasta el 1° de junio de 1963: 1° de junio de 2023 y el 31 de mayo de 2026.
  • Nacidos entre el 2 de junio de 1963 y el 1° de junio de 1968: plazo entre el 1° de junio de 2025 y el 31 de mayo de 2027.
  • Nacidos entre el 2 de junio de 1968 y el 1° de junio de 1973: plazo entre el 1° de junio de 2027 y el 31 de mayo de 2029.
  • Nacidos desde el 2 de junio de 1973 en adelante: plazo entre el 1° de junio de 2029 y el 31 de mayo de 2031.

En el caso de las personas residentes en el exterior, los plazos se extienden por dos años en cada franja. En esos casos, se puede acceder al trámite a través de este enlace.

Para consultas, BPS habilitó los siguientes canales:

  • Teléfono: 0800 1997, opción 4
  • WhatsApp: 098 00 1997
  • Asistente en línea, ingresando con Usuario gub.uy

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