21 de agosto de 2026 9:50 hs

El próximo martes 25 de agosto se conmemora en Uruguay la Declaratoria de la Independencia, uno de los cinco feriados no laborables pagos establecidos por la legislación nacional.

Esto implica que los trabajadores que tengan el día libre cobrarán la jornada aunque no trabajen, mientras que quienes deban cumplir tareas tendrán derecho a una remuneración especial.

¿Cómo se paga si trabajo el 25 de agosto?

El 25 de agosto integra, junto con el 1° de enero, 1° de mayo, 18 de julio y 25 de diciembre, el grupo de feriados pagos y no laborables.

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De acuerdo con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), un trabajador mensual que no concurra a trabajar cobra su salario habitual sin descuentos.

Si trabaja ese día, deberá recibir el sueldo mensual más el equivalente a un día adicional. Ese monto se calcula dividiendo el salario mensual entre 30.

En el caso de los trabajadores jornaleros, quienes trabajen el 25 de agosto deberán percibir doble jornal. El mismo régimen se aplica a los trabajadores rurales.

Las horas extra realizadas durante un feriado pago se remuneran con un recargo del 150% sobre el valor de la hora correspondiente a los días laborales.

¿Quiénes tienen libre el 25 de agosto?

Al tratarse de un feriado no laborable, quienes tengan el día libre en oficinas públicas, dependencias estatales o empresas privadas no deberán concurrir a trabajar y mantendrán igualmente el cobro correspondiente a esa jornada.

Sin embargo, existen actividades que por sus características continúan funcionando durante los feriados. En esos casos se aplica el régimen especial de remuneración previsto para quienes trabajan durante la jornada.

¿Qué se celebra el 25 de agosto?

El 25 de agosto de 1825, la Sala de Representantes de la Provincia Oriental reunida en Florida aprobó tres leyes fundamentales: la Ley de Independencia, la Ley de Unión y la Ley del Pabellón.

La Ley de Independencia declaró la libertad de la Provincia Oriental respecto de Portugal, Brasil y cualquier otro poder extranjero, mientras que la Ley de Unión dispuso su incorporación a las Provincias Unidas del Río de la Plata.

La Ley del Pabellón, por su parte, estableció como bandera provincial un pabellón compuesto por tres franjas horizontales de colores celeste, blanco y punzó.

La jornada quedó establecida como una de las principales fechas patrias de Uruguay y cada 25 de agosto es feriado no laborable pago en todo el país.

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