MID2
La fiscalía relató en su acusación que MID2 conoció a Penadés en el año 1990, cuando tenía alrededor de 19 años a través de una agencia a través de la cual se prostituía "para comer y pagarse sus estudios”. Dijo que mantuvo más de un encuentro, que Penadés lo levantaba en la calle y lo llevaba a un hotel y en una oportunidad le dio una golpiza y lo obligó a mantener relaciones sin su consentimiento. En otras ocasiones participó de tríos donde era maltratado psicológicamente por el imputado, o lo llevaba a fiestas. No denunció por miedo porque Penadés conocía sus movimientos.
Robatto explicó que en ese momento Penadés tenía 23 años y no tenía fueros (era edil). Afirmó que no se aplica ninguno de postulados que habilitan la investigación de oficio que son aquellos que hayan sido acompañados por otro delito; si el agraviado careciara de capacidad para actuar y no tuviera representante legal; si el delito fuera cometido por padres, tutores; si existiera relación de dependencia o si fuera menor de 18 años y estuviere internado en un establecimiento público.
Agregó que la víctima tuvo 34 años para denunciar, insistió en que no se puede aplicar retroactivamente la ley penal y en que “no hay argumento legal para seguir" manteniendo esta denuncia en la causa.
Al respecto, la fiscal rechazó los argumentos y dijo que el debate ya había sido laudado por el Tribunal de Apelaciones Penal de 4° Turno (TAP4). Ithurralde argumentó que el debate sobre MID “no corresponde a esta etapa” sino que debe quedar para el juicio. Destacó la situación de “extrema vulnerabilidad” en la que estaba, ya que ejercía la prostitución para sobrevivir. Reiteró que el Código del Proceso Penal establece que "la norma procesal es de aplicación inmediata" y se aplica la ley de género (19.580) que establece que no es necesario que el ofendido denuncie para investigarlo. Subrayó que tanto el CPP como la ley de género entraron a regir “cuando Penadés ya era legislador”. La primera es de 2014 y la segunda de 2018.
Fiscal de Delitos Sexuales Isabel Ithurralde y fiscal de Litigación Adriana Sampayo
Armando Sartorotti/FocoUy
El defensor de varias víctimas en el caso, Juan Williman, recordó que esa sentencia del TAP4 interpretó que los fueros parlamentarios interrumpen la prescripción, un aspecto que ha sido debatido ampliamente en este caso y en el ámbito penal por novedoso. Dijo que la persecución penal para casos como este "es de interés público". "Se trata de un derecho de la víctima”, recalcó.
Además trajo a colación la sentencia del caso Gelman que destaca las convenciones que garantizan el derecho de las víctimas de violaciones a los derechos humanos a denunciar, lo que abarca también a víctimas especialmente vulnerables, y que ese derecho internacional "obliga a los jueces en todos los niveles a“realizar control de convencionalidad”.
Su colega Soledad Suárez insistió en la idea de que a "las personas injustamente impedidas de denunciar no les corre término” y que en temas de género se dan debates que no se dan en civil para cuestiones contractuales.
Tras escuchar lo que le respondieron, Guerrero dijo que los consideraba “unos malabaristas”. “Los admiro, decimos una cosa bien concreta y legal… El derecho uruguayo no es anglosajón, la jurisprudencia no es fuente de derecho. ¿Para qué queremos juicios orales entonces? Las sentencias a la que hacen alusión para mí son totalmente erradas”.
Insistió en que el plazo para denunciar "cesó a las seis meses. Ahora estamos haciendo que un delito que murió vuelva a la vida. No entiendo como podemos hacer retroactiva una ley que dice que hace 30 años caducó la opción de instar".
La jueza le dio la razón en cuánto a que el momento para plantear excepciones (recursos) es éste pero argumentó que ella no conoce los detalles del caso porque no accedió al contenido de la carpeta de la investigación.
“Usted mismo me está dando el argumento. No tengo la pericia (a la que alude) no voy a hacer un mini juicio, para llegar a la conclusión de si se aplica o no la ley19.580. Podría decir si hay caducidad pero no puedo. Sé que el juicio oral tiene que llegar depurado. No surge de forma manifiesta. No vi la pericia, no puedo inferir que se aplique o no la ley al caso concreto”, argumentó la jueza Marcela Vargas por lo que rechazó el planteo de la defensa, que anunció que apelará.
Víctima O
Al acusar a Penadés, la fiscal afirmó que en 2002, cuando O tenía 17 años, regresaba de un show musical de Minas a Pan de Azúcar y hacía dedo en la ruta, Penadés lo levantó para llevarlo. “La conversación iba para el lado sexual, lo cual hacía a la víctima sentirse incómodo… Al momento de detener el auto el imputado le tocó la entrepierna y le ofreció dinero ($250) si dejaba que lo tocara. El adolescente sorprendido le quitó la mano y bajó del vehículo. Tomó piedras para tirarle pero Penadés arrancó rápidamente", dijo la fiscal.
Sobre este denunciante Robatto destacó que no sabía quien era Penadés hasta que lo vio "entre (Jorge) Larrañaga y (Luis) Lacalle" y se enteró de que era político. "Lo ve a la semana con toda su familia, dice que publicó en Facebook, llama a los medios, hace una nota en Caras y Caretas. Si lo ventiló por todos lados, no tenía miedo ni era vulnerable. Tuvo más de 20 años para denunciarlo. Decididamente no quiso denunciarlo. El quería escracharlo. Dijo que le molestaba la doble cara", argumentó.
Además dijo que el caso Penadés es justamente ejemplo de que no hay impedimento para denunciar por más que tuviera fueros porque "los fueros se removieron cuando Romina Celeste Pappaso hizo la denuncia".
La fiscalía respondió que "si lo publicó en redes, si fue agresivo o no porque le tiró piedras, no tiene que ver. Es una valoración de la defensa. Hay una total asimetría. Ya era senador". Mientras, Penadés sentado detrás de sus defensores movía la cabeza negando. Luego la fiscal se corrigió y dijo que era diputado pero era presidente de la Cámara de Representantes. Ahí si intervino y dijo en voz alta, que eso había sido en el año 2001.
Williman acotó que al declarar esa víctima dijo: "Estaba solo en mi relato, mi memoria... El tiempo me dio la razón porque salió todo esto”.
Suárez, por su parte señaló que los argumentos de la defensa están centrados en "temas de valoración de la prueba" y por eso el debate debe quedar para el juicio. Hizo referencia a "institutos de otra época" que trataban de “silenciar” a víctimas vulnerables como estas.
Viana
Conoció a Penadés en 1999 cuando tenía 22 años, dijo la fiscal al presentar la acusación contra Penadés. Agregó que lo levantó con su auto en 18 de Julio lo llevó a comer y luego a su apartamento en bulevar Artigas y Maldonado, donde mantuvieron relaciones sexuales. La segunda vez, relató la fiscalia que "se comportó de forma más agresiva" y lo obligó a penetrarlo. Los encuentros se mantuvieron ya que Penadés le había prometido que le conseguiría trabajo en el Parlamento. Las siguientes veces había más hombres en el apartamento y dice la fiscal que "fue obligado a mantener relaciones sexuales hasta con seis hombres diferentes".
Al objetar el caso, Robatto además de hacer referencia a que primero dijo que los hechos fueron en 1993, y luego corrigió su edad y dijo que sucedieron en 1999 cuando tenía 22 o 23 años, apuntó que Viana hizo la denuncia 26 años después y reiteró no ve por qué se debería aplicar la ley de género con retroactividad al caso.
La fiscal Ithurralde contestó alegando que el articulo 78 de la ley de género establece que la acción penal en estos delitos es pública y no requiere que la presente el ofendido. "Si era hombre o mujer no tiene que ver. Es una norma procesal de aplicación inmediata".
En ese momento Penadés comentó por lo bajo: "¿Cómo que no? Es una vergüenza". La fiscal lo relacionó además con los fueros que tenia el legislador entonces, insistió en la asimetría hace que las víctimas tengan terror a que se diga su identidad, aún hoy.
Suárez les dijo que no comparten "la nostalgia del pasado" ya que "el derecho ha evolucionado", mientras Penadés movía la cabeza negando.
En ese momento la abogada del otro imputado, Sebastián Mauvezin, Rossana Gavazzo, que se había mantenido callada, pidió la palabra para argumentar a favor de la posición de Guerrero y Robatto y dijo que el momento de plantear objeciones era este y le reprochó a la jueza que con la actitud de "tirar todo para el juicio", estaba dando la pauta de que no se pueden oponer excepciones. "Con todo respeto, argumentos jurídico no escuché", dijo.
Ahi se dio uno de los momentos más tensos de la audiencia porque la jueza Vargas les dijo que en las palabras de la defensa "subyace una posición filosófica". "Si usted no tiene perspectiva de género...". Luego dijo que como jueza ella está obligada a tenerla y aplicarla. "Yo no me preocupo, me ocupo. Si usted entienden que no hay adolescentes vulnerables, lo soslayan, se ríen".
Robatto le respondió que no era así, dijo que la defensa incorporó la ley de género pero entendía que se debe aplicar el derecho penal vigente.
La jueza tampoco hizo lugar a ese planteo y volvieron a anunciar la apelación.
Víctima B
La fiscal relató en la acusación que conoció a Penadés el 4 de diciembre de 1999 cuando tenía 17 años y estaba a días de cumplir los 18. Se encontraba en la zona portuaria de Punta del Este, buscaba trabajo y llevana su curriculum. Se acercó el entonces diputado en su auto y le dijo que lo podría ayudar. Primero lo hizo bajarse del auto y caminar unos metros y regresar despréndiendose el pantalón,mientras se tocaba, luego lo llevó a un hotel y lo obligó a practicarle sexo oral.
En ese caso Robatto argumentó también que no se cumplen los postulados de la ley para investigar de oficio.
La fiscal Ithurralde insistió en que "existe notoria diferencia entre imputado y la víctima. La asimetría de poder que se da en los delitos sexuales acá es mucho más notorio y entiendo que amerita que sea analizado por el juez de juicio".
Suárez destacó que además de lo "doloroso" que fue para las víctimas denunciar los abusos que vivieron, "ninguna víctima se conoce entre si, no hablan entre ellos".
Además trajo a colación el caso del levantamiento de fueros del exsenador de Cabildo Abierto, Guido Manini Ríos. "No es cierto que a todos los legisladres se le levanten los fueros, el legislador Manini se opuso y se mantuvieron. Después no anduvo el caso. Estaba en el derecho, podía ocurrir y ocurrió. Los fueros se presentan como un obstáculo enorme a la justicia", afirmó y siguió argumentando en el mismo sentido que lo había hechos su colega sobre el "control de la convencionalidad" y las garantías que ofrece eso a las víctimas.
Guerrero le respondió: "No entendí nada lo que dijo la doctora. Capaz fuimos a otra facultad. Lo único que entendí fue lo de Manini Ríos. Es claro ejemplo de que los fueron no interrumplen la prescripción. Manini Ríos pasó todo su período siendo denunciado, terminó y había prescripto (mientras tuvo fueros, siguió corriendo el plazo). Como lo trajeron a colación, lo traigo", aclaró.
Tampoco esta vez la jueza hizo lugar. Falló que no ha caducado la posibilidad de denunciar.
Cuando Robatto iba a pasar a la vcíctima N, la última de las cinco, la defensora de las víctimas le recordó que eran las 18 horas y habían quedado en suspender a esa hora. Abogó porque se respeten las cuatro horas acordadas para cada audiencia. Los demás estuvieron de aceurdo y la jueza puso fin a la audiencia.