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1 de agosto 2024 - 13:28hs

El Servicio de Paz y Justicia (Serpaj) pidió este lunes la nulidad de la expulsión de un ciudadano nigeriano al que decretaron su salida del país luego de cometer un delito vinculado al narcotráfico, y al que no le avisaron sobre la decisión.

El extranjero fue condenado en noviembre de 2020 a dos años y medio de prisión a través de un proceso abreviado por dos delitos de exportación de sustancias estupefacientes en grado de tentativa, pero en diciembre de 2021 obtuvo la libertad anticipada.

Tras su condena, el Ministerio del Interior abrió cuatro expedientes para investigar la situación del nigeriano, y en setiembre de 2023 el entonces ministro Luis Alberto Heber firmó su expulsión, con la justificación de que no tenía residencia y que no le habían reconocido su condición de refugiado.

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Sin embargo, Rodrigo Rey, abogado de Serpaj que defiende al nigeriano, dijo a El Observador que la sentencia de expulsión solo fue notificada a través del Diario Oficial, y no se le dio ni vista previa ni la posibilidad de presentar pruebas o descargos al implicado.

Para el defensor esta actitud representa una "manifiesta ilegalidad", según se lee en la demanda de nulidad de la suspensión del proceso de expulsión del nigeriano presentada ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA), a la que accedió El Observador.

Además, Rey marcó que en todo el proceso su cliente nunca tuvo un traductor cuando no sabe español, y criticó que el rechazo de su refugio de marzo de 2022 le fue notificado a mediados de 2023 por el Ministerio del Interior, y no por la Comisión de Refugiados (CORE), en un mail que detallaba que el rechazo formaba parte de los expedientes que analizaban su expulsión.

Mientras espera la definición del TCA, Serpaj volvió a solicitar refugio para el ciudadano extranjero, que tras su expulsión no pudo renovar su cédula de identidad y, debido a esto, tampoco pudo acceder a ninguna tarjeta de débito o crédito como medio para cobrar su salario, por lo que fue despedido de la empresa en la que trabajaba.

Actualmente realiza "trabajos informales", pero la petición de Serpaj sostiene que la pérdida de su empleo anterior "le ha ocasionado un daño significativo a la economía familiar".

Fuentes del Ministerio del Interior reconocieron a El Observador que hubo un error en la notificación al ciudadano, y agregaron que en caso de que el TCA falle en favor del extranjero, van a iniciar un nuevo trámite con la notificación correspondiente para expulsarlo.

Desde la cartera confían en la expulsión del ciudadano nigeriano, a quien consideran "narcotraficante".

Una condena por envíos al exterior y una notificación que no llegó

Según Rey, el extranjero fue condenado a fines de 2020 por tener el "rol más bajo de la pirámide" en una organización "bastante importante" que enviaba droga el exterior a través de envíos con servicios de paquetería.

La Policía descubrió dos paquetes de DHL dirigidos al exterior con droga. La cuenta que había realizado el envío estaba a su nombre.

El abogado del Serpaj marcó que su cliente aceptó la responsabilidad y firmó un acuerdo abreviado para su condena "sin entender nada". A pesar de que vive hace años en Uruguay, no entiende el idioma español, e incluso el propio defensor necesita un traductor para comunicarse con él.

Es entonces cuando Interior abrió los expedientes para investigar la situación legal del ciudadano extranjero. Un año después el ciudadano fue liberado de forma anticipada y pasó a estar en libertad vigilada.

En marzo de 2022 CORE publicó el decreto N° 34/2022, que informa que no reconoce la condición jurídica de refugiado del implicado.

En la denuncia se indica que dos meses antes, el Departamento de Residencias de Cancillería informó a Interior que "no existía solicitud de residencia cursada a nombre del interesado", y que eso podía configurar una "causal de expulsión". Esta comunicación fue realizada porque las autoridades no lograban "identificar un domicilio físico" para que el individuo cumpliera su libertad vigilada.

El extranjero trabajaba en una empresa de servicios de limpieza antes de su condena, y Rey destacó que tras salir de prisión la empresa lo volvió a contratar. Además, el abogado marcó que durante su estancia en Uruguay se puso en pareja con una mujer uruguaya, y se hizo cargo de la crianza del hijo de ella.

Vivió sin contratiempos hasta que en junio de 2023 recibió un correo de la Dirección Nacional de Migración que le informó: "Se envía notificación de la resolución denegatoria de solicitud de refugiado".

En la solicitud de Serpaj se denuncia que un día antes de ese correo la Coordinación Inspectiva del Ministerio del Interior solicitó la resolución denegatoria "para luego enviar al Ministerio si considera tramitar la expulsión administrativa". La solicitud del servicio marca que es "explícitamente ilegal" que "se haya notificado el rechazo del refugio como un acto administrativo incidental del proceso de expulsión".

La expulsión sin aviso y sus consecuencias

El 14 de setiembre el ministro Heber firmó la expulsión del extranjero. Según informó el Ministerio del Interior a La Diaria en aquel momento, la decisión se tomó porque el ciudadano "no tenía la residencia legal en Uruguay y se encontraba legalmente impedido para obtenerla". Además, la Comisión de Refugiados no le reconoció su condición jurídica de refugiado en marzo de 2022.

A pesar de que la cartera contaba con el correo del nigeriano, esta resolución solo fue notificada a través del Diario Oficial del 12 de octubre, y nunca se le comunicó la situación a un medio personal.

Según se lee en la denuncia, el nigeriano "fue expulsado en virtud de la Resolución resistida y sin haber tenido derecho a vista previa, producir prueba y poder formular descargos", para lo que cuentan con un plazo de 10 días desde la firma ministerial.

Tampoco se le informó sobre que existía un proceso de expulsión en curso, ni se le otorgó un traductor durante el proceso. "Más allá de la discusión filosófica, política, ética e ideológica que subyace a la decisión de expulsar a alguien, la cuestión estrictamente jurídica es que debe respetarse el debido proceso y su expresión fundamental en esta estructura, que es la vista previa al interesado. Al no haberse otorgado oportunidad de defensa procedimental se violaron garantías establecidas a distinto nivel, de fuente interna pero también con la agravante de que se están violando compromisos caros de derecho internacional humanitario", expresó Rey.

Además, esta semana el abogado presentó una nueva solicitud de refugio. En el recurso ante el TCA cita la Ley de Refugiados N° 18.076, que indica que: "Toda autoridad pública se abstendrá de resolver la expulsión del territorio nacional de un solicitante de refugio o refugiado, hasta tanto exista resolución denegatoria firme sobre su caso".

Por estos motivos, para el abogado del Servicio de Paz el tribunal "tiene que suspender" la expulsión, en especial porque si esta sigue su curso y se efectiviza se vería afectada su "libertad ambulatoria": "Si nos dan la nulidad, pero ya se volvió a Nigeria, no hay vuelta atrás".

Desde el servicio también entienden que, tras cumplir su pena en prisión, el ciudadano "no puede sufrir reproches adicionales" por los delitos que cometió.

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