1 de agosto 2024 - 5:00hs

El Ministerio del Interior tendrá la potestad de definir quiénes entran y quiénes salen de la lista negra del deporte y le quitará esa responsabilidad a la AUF y a los clubes, si Presidencia aprueba un proyecto de decreto que el ministro del Interior Nicolás Martinelli elevará en los próximos días, en el que propone ese cambio.

Desde que se implementó el registro de personas impedidas de poder ingresar a espectáculos deportivos en 2017 por la ley N° 19.534 distintas personas han ido ingresando y saliendo de la lista que actualmente tiene unas 1.600 personas. La última palabra hoy la tiene la Comisión de Seguridad de la AUF que define el listado cuando una persona es imputada por la Justicia o si los clubes o el Ministerio del Interior proponen incluirlas.

“Tengo arriba de la mesa un proyecto para elevar a Presidencia que implica una modificación al decreto de incorporación de personas en la lista de prohibición para espectáculos deportivos porque los clubes quedaban de rehenes de los conflictivos de las hinchadas, entonces entendimos que lo mejor es que esa potestad pasara al Ministerio de Interior y que el MI tome esa decisión”, anunció Martinelli en entrevista con el programa 12PM de Azul FM.

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Según supo El Observador, el proyecto de decreto plantea que previo a que se excluya del registro de impedidos de ingresar a espectáculos públicos a una persona de conducta violenta o se pretenda acortar la duración de su permanencia en dicho registro, la federación deportiva responsable deberá comunicar a la Dirección General de Seguridad en el Deporte del Ministerio del Interior los fundamentos para esa eventual decisión.

Esa dirección, que se creó en octubre del año pasado y es la que hace seguimiento de "los pesados de cada uno de las barras”, como dijo Martinelli, tendrá un plazo de tres días hábiles para analizar la situación de esas personas y "dará opinión fundada". "Si la misma es negativa a la exclusión de la persona con conducta violenta, ello ameritará su permanencia en el registro de personas impedidas y la federación deportiva preceptivamente adoptará el criterio de la Policía Nacional", indica el texto propuesto.

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Además establece que "la no exclusión por opinión negativa de la Dirección General de Seguridad en el Deporte se considerará (...) un nuevo ingreso al registro de personas impedidas por propuesta del Ministerio del Interior".

Si la Policía se niega a sacarlo de la lista la persona deberá continuar incluida en el registro hasta el vencimiento total de la medida, según se establece. Para tomar esa decisión la Policía podrá cruzar datos con el sistema de gestión y ver los antecedentes o si la persona cometió un crimen.

En tanto, si la dirección policial no se pronuncia (la norma habla del silencio) se habilitará a la federación deportiva para adoptar la resolución que entienda conveniente.

El Ministerio del Interior ya elaboró los protocolos internos para el procedimiento que serán aprobados a partir de la vigencia del nuevo decreto.

Sanciones de hasta 15 años

En 2021 se había modificado el decreto anterior por el cual el gobierno de Tabaré Vázquez había reglamentado la ley de 2017 y se había establecido la duración de la sanción y los mecanismos para ingresar y salir del registro. Además, se establecieron sanciones para los clubes que incumplían la aplicación del registro y se le encargaba a la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF) la conservación y actualización del listado de personas impedidas, así como la coordinación con otras federaciones deportivas y autoridades.

Esa norma implicó también que toda persona incluida en el registro, sea mayor o menor, sea registrada en sistema de reconocimiento facial mediante registro de su rostro en formato de fotografía.

El decreto 1-2021 determinó que la inclusión en las listas negras para el fútbol, el básquetbol y otros deportes podía llegar a ser desde 5 años y hasta 15 para aquellos casos en los que se pruebe una infracción “gravísima” que implica la tenencia o disparos de armas de fuego o la participación en delitos tales como homicidio, lesiones graves o gravísimas, secuestro, rapiña, copamiento, proxenetismo, o delitos sexuales.

Las sanciones para conductas leves (sin van entre los seis meses a un año, y si son graves (que pueda generar riesgos para la integridad física o la salud de terceras personas, pueda comprometer el normal desarrollo de espectáculo o se produzcan daños materiales) van de uno a cinco años.

Uso de nuevas armas no letales en el clásico

El Ministerio del Interior compró 400 armas no letales que neutralizan a una persona sin riesgo de causarle la muerte o daños irreversibles y el ministro Martinelli dijo en la entrevista con 12PM que "hay posibilidades de que se empiecen a utilizar en el clásico" que disputarán este domingo Peñarol y Nacional.

Las armas que fueron presentadas esta semana son cortas y largas y serán utilizadas en primera instancia por la Guardia Republicana. Además se compraron 100 mil municiones.

El Ministerio del Interior informó por medio de un comunicado que las armas "son accionadas por cartuchos de dióxido de carbono y disparan proyectiles cinéticos redondos de calibre 68 y proyectiles químicos irritantes que pueden incapacitar a una amenaza desde una distancia de hasta 20 metros".

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