23 de septiembre de 2026 19:54 hs

Luego de que se vinculó a uno de los condenados por lavado en la Operación Trazador, Pablo Leiva, con el Partido Nacional, por ser asesor del edil de ese partido Gonzalo Gómez y por conocerse que operaba con el Abitab que es propiedad del exsenador Jorge Gandini y de su esposa, la Fiscalía General de la Nación confirmó que ese vínculo no era conocido por la Fiscalía de Estupefacientes al momento de obtener las tres condenas del caso, el viernes 18.

La fiscalía afirmó que "al momento de la audiencia del pasado viernes, del contenido de la carpeta de investigación no surgían elementos que permitieran vincular a otras personas con actividades de lavado de activos, más allá de los ya condenados".

"En caso de que, con posterioridad, surjan nuevos elementos que puedan relacionar a otras personas con estos hechos, corresponde que sean puestos en conocimiento a la Fiscalía Especializada en Lavado de Activos que determinará las actuaciones que correspondan", afirmó.

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Como informó El Observador este miércoles, si bien la fiscalía había solicitado un análisis más profundo del celular de Leiva, antes de que se enviara el resultado de la pericia, el hombre aceptó su responsabilidad y fue condenado por proceso abreviado, lo que implica que con respecto a él el caso deba cerrarse y no pueda seguir siendo objeto de indagatorias.

La Fiscalía puntualizó que en el marco de la investigación a cargo de la Fiscalía Especializada en Estupefacientes de 1.er Turno de Montevideo, se realizaron allanamientos el jueves y, al día siguiente, se llevó a cabo la audiencia en la que la justicia dicó las condenas.

Agregó que los teléfonos celulares incautados durante el procedimiento, todos fueron debidamente periciados, y la información obtenida fue incorporada a la carpeta investigativa y tenida en cuenta por el equipo fiscal. De hecho, esa información llevó a la fiscal Angelita Romano a liberar a Lucio Leiva, hijo de Pablo Leiva y también asesor del edil Gómez. En ese caso no se encontraron elementos que lo vincularan a la organización.

Tanto Leiva como su cómplice Henry Latorre fueron condenados por el delito de lavado en distintas modalidades. Latorre fue condenado por delitos de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes, receptación (por el arma robada) y lavado de activos en la modalidad de conversión y transferencia. En su caso se contemplaron las agravantes de utilizar el hogar como depósito de sustancias y la de integrar un grupo organizado. La pareja de Latorre fue condenada por asistencia al narcotráfico,

Leiva en tanto, fue condenado por un delito de lavado de activos en la modalidad de posesión y tenencia (art. 31 de la ley de lavado) en reiteración real con un delito de tráfico interno de armas. Se consideró como atenuante la primariedad de los imputados.

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