Sin votos del Partido Nacional, la comisión de Constitución y Códigos de la Cámara de Diputados aprobó este martes el proyecto que regula el ingreso a las intendencias presentado en la anterior legislatura por el fallecido senador y exministro colorado Adrián Peña.
Los legisladores le realizaron modificaciones al texto original y aprobaron un sustitutivo durante una sesión extraordinaria de la comisión.
El nuevo texto contempla algunas diferencias que habían tenido entre frenteamplistas y colorados. Fue votado por los representantes en la comisión de estos dos partidos y Cabildo Abierto.
La intención es que sea votado en la sesión de Diputados prevista para el 6 de mayo aunque el tema será analizado en la coordinación interpartidaria. Debe reunir una mayoría especial de dos tercios que exige la Constitución (66 votos).
La diputada colorada Paula de Armas, que será la miembro informante, dijo a El Observador que el texto "contempla las garantías" del proyecto presentado por Peña. De Armas celebró el trabajo "conjunto" para acordar las modificaciones y aseguró que es "la manera en que hay que trabajar en política".
El presidente de la comisión, el frenteamplista Fernando Amado, señaló en X que con "responsabilidad y convicción" habían aprobado el proyecto. "Más transparencia, más igualdad. Ganamos todo. Gana la democracia", escribió.
A su vez, el diputado colorado Juan Martín Jorge agregó que era una "excelente noticia" aunque no había tenido "apoyo unánime". "Representa un paso clave hacia una administración más justa y profesional".
Los dos artículos
El proyecto votado consta de dos artículos.
El primero señala que la designación y ascensos del personal presupuestado o contratado de los gobiernos departamentales deberá realizarse por "concurso público y abierto" conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad de oportunidades y a la justa ponderación entre la capacidad técnica y los méritos y antecedentes de cada persona.
A su vez, establece que en los casos en que los requisitos necesarios para los cargos lo ameriten, la designación de personal podrá realizarse a través de sorteos públicos convocados o celebrados por los gobiernos departamentales. El texto determina que los jerarcas deberán "fundamentar expresamente la implementación del mecanismo de sorteo".
El segundo artículo, en tanto, dice que no podrán realizarse designaciones de nuevos funcionarios presupuestados o contratados dentro de los doce meses anteriores a la finalización de cada período de gobierno departamental, ni iniciarse procesos para la provisión de vacantes, sin perjuicio de aquellas que puedan ser provistas con personal redistribuido.