Como es habitual en este tipo de acciones sanitarias se prohíbe el movimientos de los animales involucrados en la vacunación hasta el 31 de mayo, mientras que a partir del 1 de junio solo se podrán mover los animales que tengan 15 días de haber sido vacunados, destacó a El Observador el director de Sanidad Animal, Carlos Fuellis.
El jerarca del MGAP explicó que como consecuencia de esta operativa sanitaria no se podrán realizar remates con movimientos de animales, con la excepción de las ventas por pantalla o sea que no impliquen concentración de ganados, pero cumpliendo el requisito que al entregar los ganados deberán cumplir con 15 días de vacunados.
Para la obtención de las vacunas los productores deberán presentar la última declaración de Dicose, planilla de existencias y de control sanitario actualizada.