La abogada del acusado (a la izquierda) y ambos fiscales a la derecha.<br>

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¿Cómo se resuelve un delito? Diferencias entre el viejo y el nuevo sistema penal

La fiscalía acordó con un delincuente y resolvió en 20 minutos lo que antes le hubiera llevado meses
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03 de noviembre de 2017 a las 05:00
Mientras forzaba la puerta de un auto en el centro de Montevideo, el hombre era filmado por las cámaras de seguridad de la zona. Su rostro quedó registrado. Su implicancia en el crimen por el que sería detenido minutos más tarde no deja lugar a dudas.
Aquel robo no tenía nada de extraordinario, con la excepción de que se trató del primer delito ocurrido en Montevideo que llegaba a una audiencia de formalización en el marco del nuevo Código de Proceso Penal.

El caso estuvo a cargo del fiscal Pablo Rivas, al tiempo que la jueza María Rosa Aguirre, fue la encargada de definir la suerte del delincuente. Tras 20 minutos de audiencia, el indagado recuperó la libertad tras acordar con la Fiscalía la realización de trabajos comunitarios.

Pero, ¿qué hubiera pasado si el robo ocurría apenas unas horas antes de que el nuevo Código del Proceso Penal entrara en vigencia?

Delito

Con el nuevo código

El fiscal recibe el llamado de la policía que le informa sobre el robo de un auto. Por tratarse de un hurto, el caso pasa a manos del fiscal de flagrancia que se encuentra de turno durante ese día. En paralelo, la denuncia se carga automáticamente en el sistema informático que comparten el Ministerio del Interior y la Fiscalía. Debido que es el fiscal quien lidera la investigación, comienza a dar las primeras diligencias para reunir pruebas en su contra.


Con el viejo código

El juez que se encuentra de turno el día y el la zona donde ocurre el crimen recibe el llamado de la policía que le informa sobre la denuncia del hurto.El magistrado es quien lidera la investigación, por lo que hace diligencias para dar con el delincuente y reunir pruebas en su contra. El diálogo es básicamente telefónico, debido a que no existe ningún otro sistema de comunicación.

Detenido


Con el nuevo código

El delincuente fue detenido, y se le aconsejó que se pusiera en contacto con su abogado de confianza o que solicite un defensor de oficio. Esto debido a que no puede ser interrogado sin el apoyo de un profesional. Este abogado puede consultar la carpeta de investigación del fiscal, aunque no tiene acceso a elementos que el Ministerio Público puede considerar reservados con el objetivo de no frustrar la investigación.

Con el viejo código

Una vez detenido, el delincuente es interrogado por la policía, sin que reciba asistencia de un abogado. Luego, ya con un defensor, vuelve a declarar en el juzgado. Los detenidos pueden pasar hasta 48 horas encarcelados sin que el juez se expida por su situación. Si bien este es el plazo máximo, los magistrados suelen utilizarlo ya que durante ese tiempo interrogan al delincuente y realizan tareas de investigación. En ocasiones, el indagado no conoce en detalle las razones por la que fue detenido y su abogado no tiene acceso a la investigación.

Audiencia

Con el nuevo código

El delincuente fue detenido a las 10 de la mañana y la primera audiencia por su caso se realizó a las 19:00 horas. En esta etapa, llamada audiencia de formalización, actúa un juez de garantía el cual debe decidir, basándose en las pruebas que presenta el fiscal, si tiene sentido iniciar un proceso penal o dar el tema por concluido, sin consecuencias para el indagado. Al igual que en todo el proceso, la audiencia es pública y se define oralmente.

Con el viejo código

El texto del interrogatorio que llevó adelante la Policía primero y la fiscalía después es adjuntado a un voluminoso expendiente en papel, al que también se agregan las pruebas del caso. Durante las indagatorias un actuario escribe lo que el indagado declara. Al terminar la audiencia lee lo escrito y puede propone correcciones. El expediente es secreto hasta que se define el procesamiento (inicio del proceso penal). Durante este período el texto pasa de manos del fiscal al juez en varias oportunidades.

Acuerdos y procesados

Con el nuevo código

Durante la audiencia de formalización, la fiscalía propuso un acuerdo con el acusado. Cuando las pruebas eran evidentes, el fiscal propuso que el indagado aceptara su responsabilidad a cambio de una reducirle la pena. En este caso, quedó en libertad y se le aplicarán tareas comunitarias, aunque también podría haber sido enviado a prisión. Si se hubiera negado, el juicio hubiese continuado y se podría haber pedido prisión preventiva. Además, la víctima podría haber propuesto ponerle fin al proceso a cambio de una "reparación".

Con el viejo código

El juez, con su investigación a cuestas, define si procesa o no al indagado. Este procesamiento, que puede ser con o sin prisión, no es otra cosa que el inicio del proceso penal. En este caso, las pruebas en contra del indagado son lo suficientemente importantes para iniciar el juicio penal, pero todavía no tiene sentencia y por lo tanto continúa siendo inocente. La sentencia llegará luego de que se agreguen más elementos a la investigación y puede demorar varios meses e incluso años para que se lleve adelante esta última audiencia.

Con o sin sentencia

Con el nuevo código

En el caso del ladrón de autos, el fiscal del caso, Pablo Rivas, pidió la libertad del indagado al que se le asignaron trabajos comunitarios. Si cumple con esa tarea durante un período que determina el fiscal (y el juez acepta), entonces el caso se da por concluido. Si en esta etapa el fiscal hubiese pedido la prisión del indagado y este la aceptaba (asumiendo su culpa), entonces hubiera recibido una pena menor que finalizaría en un tiempo determinado que el indagado conoce.

Con el viejo código

El fiscal Rivas podría haber pedido el procesamiento con o sin prisión. Si bien la norma establece que el procesamiento con prisión se concrete en los casos en los que el delincuente puede fugarse o alterar la prueba, también se utiliza en otros casos alegando la "alarma pública". Lo cierto es que la prisión preventiva es la norma. De hecho, de los 11.000 presos en todo el país 7.558 tienen esta condición. Los delincuentes son encarcelados por un tiempo indefinido a la espera de sentencia.

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