Por Juan Ignacio Berro
¿Cuánto cobran los intendentes y los alcaldes y cómo se fijan sus sueldos?
Las remuneraciones de las máximas autoridades departamentales las establecen las ediles de las juntas departamentales antes de los comicios
Las remuneraciones de las máximas autoridades departamentales las establecen las ediles de las juntas departamentales antes de los comicios
Por Juan Ignacio Berro
Así como las realidades de los gobiernos departamentales varían y cada gobierno tiene sus decretos y resoluciones, los ingresos de los intendentes también son muy dispares, y van desde los $153 mil hasta los $519 mil, aproximadamente.
De acuerdo al artículo 252 de la Constitución, son los ediles de las juntas departamentales los que deben fijar las remuneraciones de los intendentes antes de las elecciones, por lo que los salarios oscilan mucho según el departamento. Mientras que en Maldonado su máxima autoridad gubernamental, actualmente Jesús Bentancur, cobra $ 519.886 nominales, en Río Negro Guillermo Levratto percibe $153.935,65 nominales, según los datos obtenidos por un relevamiento realizado por El Observador.
Según informó El País a mediados de setiembre, la Junta Departamental de Maldonado decidió bajar en un 50% el sueldo del intendente del departamento para el próximo período. La medida contó con el respaldo de los 29 ediles presentes en sala.
Luego de Maldonado, la intendenta de Florida, Andrea Brugman, es la que percibe el salario más alto: $416.244 nominales. Le siguen Canelones, en donde Tabaré Costa cobra $407.817 nominales y Colonia, donde Napoleón Gardiol percibe $390.623 nominales.
En el caso de Canelones, el prosecretario general Francisco Legnani informó que la Junta Departamental determinó, a través de la resolución 221/020, que el próximo intendente cobrará el equivalente al sueldo que percibe un senador (unos $ 276 mil nominales).
Leonardo Carreño
El sexto lugar, detrás de Colonia, lo ocupa el intendente de San José, Pedro Bidegain, que gana $340.347 nominales de acuerdo a información proporcionada por el edil del Partido Nacional, Diego Mariño. La bancada de ediles del Frente Amplio (FA) de ese departamento había propuesto rebajar $75 mil al sueldo del intendente de cara al próximo período, pero el Partido Nacional lo rechazó.
Alma Galup, intendenta de Rivera, es quien se ubica en el séptimo lugar, con $328.061 nominales. En su caso, el valor se corresponde con la actualización de su sueldo en marzo de este año.
En el octavo lugar figura el intendente de Durazno, Jorge Eugenio Reyna, quien cobra $292.021 nominales por mes. El intendente de Soriano, Agustín Bascou, cobra $266.066 nominales, y le sigue la intendenta de Lavalleja, Adriana Peña, con $254.292 nominales. En su caso, los últimos datos disponibles son de julio de 2019. El Observador intentó comunicarse con Peña para obtener el dato actualizado, pero no respondió. Su secretario, Carlos Draper, informó que el próximo martes se van a actualizar las cifras en la página web de la intendencia.
En décimo lugar se ubica el intendente de Tacuarembó, José Omar Menéndez, que según datos proporcionados por la oficina de hacienda de la comuna gana $251.858,45 nominales. A continuación se encuentran el jefe departamental de Flores, Diego Irazábal, quien recibe $241.745 nominales; el intendente de Artigas, Beltrán Vázquez, cobra $239,144, según los datos de enero pasado.
Por detrás de Vázquez está la intendenta de Rocha, Flavia Coelho, quien recibe $236.953 nominales según consta en la página web. El intendente capitalino, Christian di Candia, percibe $235.620 nominales. En el 15º lugar se ubica Mario Díaz, intendente de Paysandú, con $234.898 nominales.
En los últimos cuatro lugares figuran el intendente de Salto, Alejandro Noboa, que de acuerdo a los datos disponibles en el sitio web en mayo de este año cobraba $ 224.707,79 nominales; la intendenta de Cerro Largo, Carmen Tort, con $219.687 nominales; el intendente de Treinta y Tres, Elías Fuentes, que recibe $196.625 nominales y, por último, Guillermo Levratto con $153.935,65 nominales.
En el caso de Treinta y Tres no se especifica la fecha de la última actualización.
Los artículos 254 y 295 de la Constitución establecen que los cargos de los ediles y los miembros de las juntas departamentales son honorarios. No obstante, perciben distintas partidas para gastos de secretaría, vales de nafta y boletos para utilizar en el transporte público.
Los gastos de secretaría son de aproximadamten $120 mil, según se informó desde la secretaría general de la Junta Departamental. El edil del Frente Amplio, Claudio Visillac, afirmó que en su partido se hace un uso distinto de los gastos de secretaría dependiendo del sector político al que pertenezca el edil. Esas partidas se utilizan, por lo general, para pagarle a asesores de los ediles.
Sobre los vales de nafta dijo que le alcanzan para llenar “dos veces por mes” el tanque de nafta. También dijo que los ediles cuentan con “15 boleteras de 40 boletos” y se les exonera el pago de patente.
En 2010 se votó por primera vez el tercer nivel de gobierno conformado por los municipios. A partir de la aprobación de la ley de descentralización, los municipios pasaron a estar integrados por cinco miembros: un alcalde y cuatro concejales. En esta elección se presentan 1.752 candidatos a alcalde para los 125 municipios que existen en todo el país.
De acuerdo a lo establecido en la ley, para que exista un municipio la localidad en cuestión debe tener más de dos mil habitantes. De lo contrario, es el intendente departamental quien puede disponer la creación del municipio o el 15% de los “inscriptos residentes” en la localidad o circunscripción pueden presentar firmas ante la Junta Departamental para luego ser validadas por la Corte Electoral. A los 70 días de esa validación será la junta la que dispondrá la creación del municipio.
Los municipios tienen como cometido colaborar en la realización y el mantenimiento de obras públicas, “conservar edificaciones”, asegurar el mantenimiento de los espacios públicos y formular políticas sociales, entre otros aspectos.
Los alcaldes son los encargados de presidir las sesiones de los municipios, “dirigir (sus) actividades administrativas”, proponer planes de desarrollo social al municipio y “ordenar los pagos municipales”, además de otras atribuciones. Mientras que los concejales participan y tienen voto en las sesiones del municipio, ejercen cierto control sobre el alcalde y proponen programas de desarrollo social al municipio, entre otros. En cuanto a la remuneración, el del concejal es un cargo honorario.
En el caso de los alcaldes, la remuneración es distinta dependiendo del departamento. Gastón Silva, alcalde del Municipio G, dijo a El Observador que en Montevideo perciben el equivalente al 80% del sueldo del intendente, lo que traslada en unos $188.496 nominales. En los restantes departamentos la situación varía. En Florida, por ejemplo, un alcalde cobra un 33% de lo que gana el intendente.