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Abogado que amenazó al fiscal de Corte fue enjuiciado y tiene prohibido acercarse al jerarca por 90 días

El juez no hizo lugar al pedido de la Fiscalía de colocarle una tobillera electrónica para monitorearlo hasta el juicio
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06 de septiembre de 2018 a las 05:04

El abogado Juan José Ayala fue enjuiciado por haber amenazado de muerte al fiscal de Corte, Jorge Díaz, luego de una audiencia repleta de "chicanas jurídicas" que interpusieron los abogados defensores Gustavo Salle y Enrique Viana, tal como se refirió la fiscal del caso, Mónica Ferrero. El juez Huberto Álvarez, finalmente le tipificó a Ayala un delito de amenazas especialmente agravado en reiteración real con dos delitos de tráfico de armas de fuego y municiones en la modalidad de adquisición y o recepción sin autorización, porque tenía dos armas de fuego para las que no contaba permiso legal.

La Justicia le impuso además la prohibición de acercarse a Díaz durante 90 días. No podrá acercarse a menos de 100 metros y tiene prohibida toda comunicación con el jerarca.

La defensa de Ayala apeló la formalización pero consintió la medida cautelar. En la audiencia estuvo presente el denunciante fiscal de Corte, asistido por el abogado Jorge Barrera, aunque Díaz no se quedó hasta el final y se retiró por la mitad, pese a que Salle y Viana protestaron y alegaron que si lo hacía, estaba dando el mensaje de que desistía del juicio. Pero Díaz se retiró de todas formas "por razones personales", y dejó constancia de que se encontraba a "entera disposición" del Poder judicial, si necesitaba su presencia en el futuro por este caso.

Lea también: Acusan a abogado de amenazar de muerte al fiscal de Corte

El juez Huberto Álvarez no hizo lugar a un pedido de la fiscal Mónica Ferrero de realizarle una pericia psiquiátrica ni tampoco accedió al diligenciamiento de los testimonios de dos magistradas que también fueron amenazadas. De esa forma, aceptó el argumento de Salle y Viana respecto a que el Código del Proceso Penal (CPP) no permite el diligenciamiento de semiplena prueba en la etapa previa al inicio del juicio, y esa fue una de las "chicanas" de los abogados de Ayala que le dieron éxito a la defensa.

Pero antes de llegar a ese punto, Salle y Viana quisieron hacer valer su versión de que Jorge Díaz nunca había firmado el acta de la instancia del ofendido, un documento en que se deja registro la voluntad del denunciante en iniciar la acción penal.

Alegaron, también, que de darse por válido ese argumento, habría caducado el plazo legal de seis meses para que tuviera lugar, ya que este proceso comenzó en febrero, cuando las actuaciones se suspendieron por un recurso de inconstitucionalidad presentado por los defensores de Ayala. "No recuerdo si la firmé o si no la firmé", dijo Díaz, aunque para la Fiscalía esa instancia se había sustanciado mediante una declaración oral.

Entonces, la defensa del indagado volvió a la carga. Viana pidió la palabra y argumentó que la ley define que el delito de amenaza "no es perseguible si no existe instancia del defendido". 

De todos modos, Álvarez entendió lo mismo que el ministerio público y la formalización se consumó.

La fiscal Ferrero también pidió que se le colocara a Ayala una tobillera electrónica para controlarlo hasta finalización del juicio, pero el juez no hizo lugar a esa solicitud, atendiendo a la realidad de que el sistema judicial no cuenta con los suficientes dispositivos de seguridad de ese tipo. 

Amenaza

Un sábado de noviembre de 2017, sonó el teléfono en la sede de la Fiscalía con un mensaje directo al fiscal de Corte, Jorge Díaz: una voz que se presentó en nombre del "Comando de Restauración Nacional" lo amenazó de muerte. Según había dicho el fiscal de Corte, Ayala tiene "un odio particular" hacia él, la Fiscalía General de la Nación y el nuevo Código del Proceso Penal que fue implementado el 1º de noviembre.

Entre las pruebas presentadas en contra del detenido se encuentran escuchas telefónicas en las que Ayala se refería a la amenza.

Salle dijo a El Observador que lograron el objetivo de "evitar la prisión preventiva en las cárceles uruguayas" y también destacó que evitaron que se aplicara la pulsera y la pericia psiquiátrica, de modo que Ayala puede "seguir ejerciendo sin problema ninguno". Otro resultado a su favor fue que tampoco se admitieron las pruebas anticipadas.

Ferrero no solicitó prisión preventiva como lo había hecho siete meses atrás, "en vista del tiempo transcurrido", aunque si lo hubiera hecho la defensa de Ayala hubiera argumentado el nuevo proceso penal no permite aplicar esa medida en delitos que tienen penas pecuniarias, como es la amenaza.

El proceso se había suspendido el 15 de febrero, cuando Álvarez no tuvo opción que suspender la audiencia y elevar el expediente a la Suprema Corte de Justicia, luego de que Salle y Viana interpusieran un recurso de inconstituciobnalidad contra el CPP, que por unanimidad falló en su contra.

 

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