18 de mayo 2022 - 5:03hs

Fueron nueve los imputados en la Operación Océano que asumieron frente a la jueza María Noel Tonarelli ser culpables de los cargos que se los acusaba. Que renunciaron a su "más sagrada convicción de inocencia", en palabras del defensor Ignacio Durán. Las posiciones, puertas afuera del juzgado, fueron disímiles: mientras algunos reivindicaron ser inocentes ante los medios, otros permanecieron callados. Sin embargo, todos reconocieron ante la justicia determinados delitos. 

Los procesos abreviados implican que los acusados asuman su culpabilidad a cambio de una pena que puede ser hasta un tercio más baja de la que obtendrían si fueran hallados culpables en un juicio oral. Este acuerdo se formula entre la fiscalía y la defensa del imputado, para luego validarse ante la Justicia. 

En algunos de los casos, pasaron minutos entre que se llamaban culpables ante la Justicia y se decían inocentes ante los medios. El exfiscal de Corte Jorge Díaz, quien renunció en octubre de 2021, tuiteó al respecto: “En el proceso abreviado el imputado acepta los hechos que se le imputan (se declara culpable) y el juez o jueza lo condena como autor penalmente responsable de ese delito. Lo demás es viru viru”. A esto, el abogado Durán le respondió: “¿Usted sabe la cantidad de personas que hay en el módulo 8 de preventiva del Comcar aceptando acuerdos abreviados (renunciando a su más sagrada convicción de inocencia) pidiendo a gritos que lo firmemos ya ‘solo para salir de ese infierno’? Para usted es viru viru. ¡Qué tupé!”.

Los motivos que dieron los abogados consultados por El Observador son varios, pero primó el "desgaste emocional" que tuvieron los indagados estos dos años y el hecho de que en Uruguay la jurisprudencia les podía ser adversa. Principalmente sentencias de los tribunales de apelaciones que, según ellos, condenan con el testimonio de la víctima "y poca prueba más". 

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"Vos tenés que ver la jurisprudencia, cuando vos ves que en casos similares se falla a favor de la víctima, vos tenés que sopesar. Eso no quiere decir que eso esté bien, porque yo no creo que se deba condenar solo por la declaración de una persona y una pericia psicológica que diga que sufrió... pero como la mayoría sentencia de esa manera, empezamos nosotros a explicarle al cliente las posibilidades. No por hacerme el machito y decir que voy a ir a juicio... tenés que pensarlo fríamente, como si fuera la persona más querida", expresó uno de ellos a El Observador, quien pidió no ser identificado. 

Por su parte, el defensor de varias de las víctimas, Juan Raúl Williman, dijo días atrás a Radio Sarandí que "los casos que van a juicio oral y público son los más relevantes" y que el proceso abreviado "no deja de ser de alguna forma una convalidación del relato de la víctima, asunción de la responsabilidad que siempre es importante. La otra parte, el imputado, logra una rebaja de la pena". "Yo creo que ahí (en la Operación Océano) el abreviado cumplió el rol que tenía que cumplir", zanjó. 

Hubo 13 sobreseídos –que quedan desvinculados del caso y no pueden volver a ser investigados por este tema– y 11 librarán su batalla en un juicio oral. 

El paraguayo

Fue el único preso preventivamente por esta causa y, según su abogado, Santiago Alonso, era la "piedra angular" de la Operación Océano. Fue él quien en noviembre de 2019 denunció a una de las víctimas por extorsión. Cuando Aldana Bonsignore apareció ahogada en marzo de 2020 –considerado un suicidio– se revisó su celular, se trianguló la información con la denuncia del ciudadano paraguayo y así surgió la causa, que luego tuvo varios capítulos. 

Él, que siempre fue considerado de los más comprometidos en la investigación, consiguió un acuerdo abreviado a tres años y tres meses de penitenciaría. Quince meses de prisión efectiva (de las que ya se computaron 12 por las medidas cautelares que tuvo que cumplir), 12 de prisión domiciliaria y otros 12 en libertad vigilada. 

Inicialmente se lo imputó por haber tenido vínculo con Bonsignore y con la principal víctima." Él admite el desacato, entiende en qué consiste el delito de promesa y retribución, pero sostiene que se lo indujo al error porque él las conoce por páginas para adultos y él concurre al hotel Dazzler en el que les solicitaron las cédulas de identidad y que en su relato daban crédito de su mayoría de edad. Hay una mayor de edad que los indujo al error", dijo Alonso a El Observador. Sin embargo, la fiscalía, con los chats entre el ahora condenado y la declaración de la víctima, consideraba que tenía la suficiente evidencia para seguir adelante. 

¿Cómo llegó entonces a un acuerdo? El martes 10 de mayo Alonso recibió una comunicación de la Fiscalía, diciendo que la fiscal Alfaro quería hablar con él y preguntando si podía ir ese mismo día de tarde. Allí lo esperó con la pericia del celular de su cliente, puesto que se le había incautado en una audiencia en el que la jueza María Noel Tonarelli lo había identificado grabando –acción prohibida debido a que el caso es reservado–, informó entonces El Observador. El hombre había filmado y sacado varias fotos y videos, razón por la que la fiscal le comunicó que también lo imputarían por desacato. El abogado, según señaló, no se opuso. "Me dice: 'ya que estamos acá... ¿usted no pensó en algún acuerdo?'. A lo que le respondí que la verdad que no, siempre consideré que mi cliente iba a ser la piedra angular de la Operación Océano", relató Alonso. "Bueno, ya que estamos acá...", abrió la puerta la fiscal.

Allí se abrió una etapa de negociación en la que el abogado le pedía un año de prisión efectiva (que ya se había cumplido), un año de domiciliaria y un año de libertad vigilada. Ella –siempre según Alonso– le respondió que su cliente debía cumplir con prisión efectiva sí o sí en esta instancia y por eso le ofreció 18 meses de prisión –12 ya habiéndolos cumplido–.

"A las 11:30 de la noche le dije que me dejara hablar con mi cliente y le contestaba si aceptábamos 15 meses, a lo que ella me contestó que le gustaría cerrarlo ahora (...) '¿No va a descansar usted?', le pregunté. Ella se rio y me contestó: 'No, doctor, yo voy a trabajar toda la noche'". 

Consultado sobre por qué aceptó el acuerdo si cree que su cliente no actuó de mala fe, respondió: "El riesgo menor era aceptar un proceso abreviado (...) aparte, creo que posiciones que ha tomado el tribunal de apelaciones nos podrían perjudicar"

El empresario de eventos

El empresario de eventos era investigado por la fiscalía por vincularse con dos de las víctimas del caso y darles beneficios para entrar a fiestas a cambio de sexo. Fue condenado a 36 meses de penitenciaría a cumplirse en régimen mixto entre prisión domiciliaria y libertad vigilada. 

El 12 de mayo de 2020, cuando declaró ante fiscalía, dijo que la principal víctima era una "amiga" a la que conoció en una VIP. "Conozco siempre a mucha gente, ella divina, una gurisa divina, ahora me estoy enterando de esto", expresó entonces refiriéndose a que "se prostituía". "Ellas iban con cédula, en todos lados se les pedían cédula. Yo supongo que tenían cédulas truchas porque yo no sabía que eran menores. Me estoy enterando ahora que eran menores", agregó. 

"Mandame una foto como corresponde (...), una foto linda", le escribió él. Ella le habló de mandarle una foto en lencería y él le pidió que fuera "en el baño". "Yo siempre les di y las invité sin intercambiar nada. Hacía como un año, seis meses que no la veía, le pedí una foto (...). Por lo general ahora todos se sacan fotos en el espejo del baño, ahora todos se sacan fotos así", se excusó el hombre en presencia de la exfiscal Darviña Viera. 

Cuando le preguntaron si había tenido relaciones sexuales con las víctimas no lo negó y confirmó que hubo una oportunidad en la que hicieron un trío. Aseguró que en un año y medio las había visto tres veces. 

Por su parte, el abogado Ignacio Durán señaló a El Observador que está convencido de que su cliente "había sido engañado en su buena fe" y que "pensó que estaba tratando con mayores y eso estaba acreditado en los chats". "Con Darviña Viera estaba formalizado con tres delitos, pero a Alfaro la convencí de que el único delito que cabía era retribución o promesa de retribución, haciendo a mi entender un esfuerzo muy grande a favor de la fiscalía. Pero mi cliente quiso acordar", complementó. 

"Cuando terminó la primera declaración de mi cliente en Interpol, Viera me dijo: 'Te ofrezco seis años'. (...) Con Alfaro fue mucho más transparente el proceso, mucho más leal", cerró. 

El escritor

El escritor había sido inicialmente vinculado a tres víctimas y había chats que probaban que, por lo menos en un caso, conocía que se trataba de una menor de edad y siguió la conversación. Se lo imputó por varios delitos, incluido suministro de estupefacientes, y se lo sobreseyó por varios. Su condena incluye prisión y el total de la penitenciaría es 18 meses (tres se descuentan por las medidas cautelares cumplidas). 

El 19 de mayo de 2020 había declarado en fiscalía que las había conocido por Tinder y expresó que un día una de ellas le mostró la cédula y pudo identificar que no era la misma persona. "Sospeché que podía ser menor. Ella me mostró una cédula la última vez que la vi. Entonces ta, sos menor. Terminó ahí. Cuando ves que te mintieron y se trata de una persona menor, le pedís que se vaya", respondió ante los cuestionamientos de la fiscal. De todas formas, en los mensajes se constataba que por lo menos con una de ellas el vínculo siguió. 

"Me embola estar con una mujer de mi edad, capaz está mal o no, no sé", le había dicho en un momento, que al momento de la declaración no estaba claro si había sido antes o después de que la víctima le confesara su edad. 

El arquitecto

En el caso del arquitecto, cerró un acuerdo por dos años –pena mínima si hubiera ido a juicio oral– con un año de prisión efectiva y un año de domiciliaria. Los chats eran explícitos y mostraban que el condenado estaba en pleno conocimiento de que se trataba de una menor de edad. En los mensajes se puede leer cómo se refieren a encuentros previos y como "regateaban" en cuanto al precio. 

En este caso, ya había habido una intención de acordar cuando Viera estaba en el caso, pero no llegó a buen puerto. En este caso fue la defensa del imputado la que volvió a solicitar, en esta oportunidad a Alfaro, que llegaran a una pena por un acuerdo abreviado. 

El psicólogo

El psicólogo, a diferencia del resto, no fue condenado por retribución o promesa de retribución a menores para realizar actos sexuales o eróticos de cualquier tipo, sino por utilizar los medios tecnológicos para pedir favores sexuales a menores de edad (delito de menor calibre). Fue condenado a seis meses de libertad vigilada. 

Él argumentó que fue inducido al engaño y que nunca había visto personalmente a la principal víctima. La fiscalía se basó en los chats para fundamentar su posición. 

En su momento tuvo una prohibición de tener pacientes menores de edad que hoy ya no rige. 

El empleado

Fue detenido el 19 de agosto de 2020 en su casa y, casi dos años después fue declarado culpable de un delito de retribución o promesa de retribución a menores para realizar actos sexuales o eróticos de cualquier tipo, dijo su abogado, Eduardo Sasson, a El Observador. El acuerdo no implica prisión. 

"Yo dije que iba a ir hasta el final. Me llamaron y dije que, si bien estaba muy convencido de lo que iba a plantear, si me proponían algo que no supusiera ni un día de privación de libertad lo podía llegar a pensar y a trasladar", contó Sassón sobre el comienzo de las tratativas para un acuerdo. 

La decisión de aceptar el acuerdo, aunque implique aceptar la culpabilidad de los hechos, responde a la "falta de certeza jurídica, de que no sabía para dónde iba a ir el juicio" dado los antecedentes en el tribunal de apelaciones –que dio la razón siempre a la fiscalía–. También primó el "desgaste emocional que viene transcurriendo" el ahora condenando. 

El maestro

La pena al maestro comprende un tiempo de libertad vigilada y otro en prisión domiciliaria. Si bien no llegaron a encontrarse, la principal víctima había declarado que todos eran conscientes de que ella era menor de edad. Nunca se encontraron, pero se registró un "regateo" por el precio. Basado en ese testimonio y los chats con los que cuenta la Fiscalía, se llegó a este acuerdo. 

Un empresario de marketing 

Un empresario relacionado al mundo del marketing fue condenado en esta instancia. Era representado por el abogado Pablo Donnángelo. 

El 2020, se llegó a un acuerdo que terminó en condena por retribución o promesa de retribución a menores de edad para mantener actos sexuales. La Fiscalía lo acusó además del delito que castiga a los que mantienen contacto virtual con un menor para mantener conversaciones de connotación sexual.

El hombre se había comunicado por un chat de Tinder con una menor de edad –una de las víctimas–, y le había ofrecido dinero para tener sexo con ella, pese a que eso no se concretó. Allegados al condenado señalaron a El Observador en ese entonces que accedió a los términos del acuerdo porque las pruebas con las que contaba la fiscal Viera eran muy sólidas y “las posibilidades” de obtener una sentencia a favor del indagado eran pocas. Los informantes señalaron que estaba “resignado”, y que pretendía “terminar esto cuanto antes para procesar el duelo” de lo que le ocurrió. “Asumió que se equivocó y que hizo una estupidez”, agregaron.

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Member Mariana Alfaro Darviña Viera Fiscalía de Delitos Sexuales

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