17 de junio 2014 - 14:20hs

Un juez penal de Melo procesó con prisión al empresario Javier Moya por explotación sexual infantil, luego de que admitiera que mantuvo relaciones sexuales con una menor de 15 años. El Tribunal de Apelaciones de Segundo Turno revocó el procesamiento, excarceló al empresario y ordenó el archivo del caso con respecto a él, bajo el argumento de que la menor le había mentido la edad. La fiscal Adriana Umpiérrez discrepó con el fallo del Tribunal y presentó un recurso de casación este lunes, informaron fuentes del caso a El Observador. El expediente llegará en los próximos días a la Suprema Corte de Justicia, que deberá pronunciar la última palabra sobre el caso.

Por su parte, el Comité Nacional para la Erradicación de la Explotación Sexual Comercial y No Comercial de la Niñez y Adolescencia de Uruguay (Conapees), organismo estatal que depende del INAU, cuestionó el fallo del Tribunal de Apelaciones de Segundo Turno que excarceló a Moya. El Conapees considera que el fallo “resulta inadmisible”. A su vez, distintas organizaciones convocan a una movilización para este viernes 20, a la hora 15, frente a la Suprema Corte de Justicia (SCJ), en protesta por la liberación de Moya.

El Conapees defiende el fallo de primera instancia del juez penal de Melo, Javier Gandini, quien procesó con prisión al empresario, y destaca que “el imputado confiesa haber mantenido relaciones sexuales con la adolescente prodigando regalos y atenciones y realizando en varias oportunidades giros de dinero” por redes de cobranza, “lesionando el bien jurídico protegido por la ley”.

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La defensa de Moya alegó que la adolescente le mintió la edad al decirle que era mayor, cuando en realidad tenía 15 años.

Purtcher considera que este argumento es absurdo y que el fallo representa “un atraso de 20 años” en la lucha contra la explotación sexual de menores. Además, destacó que paradójicamente el organismo que preside desarrolla una campaña en todo el país que advierte que desconocer la edad de la menor no es una razón válida para alegar inocencia en casos de explotación sexual.

El Conapees expresa en un comunicado de prensa que “los argumentos esgrimidos por la defensa no resultan verosímiles en cuanto al desconocimiento de la edad verdadera de la adolescente, ni a la posibilidad de dolo y engaño de parte de la víctima y menos aún en relación a la actitud solidaria o de benefactor por parte del perpetrador del delito”.

Los argumentos del tribunal
El Tribunal de Apelaciones de Segundo Turno fundamenta su sentencia en que la adolescente le mintió al empresario al decirle que tenía 18 años y una hija. En este sentido, los magistrados recuerdan que la relación sexual por dinero “no es delito en nuestro país”.

“El error es lo que hace decidir la actuación” del empresario, expresan los magistrados, que agregan que “si se hubiera sabido que era menor, no habría mantenido relación con ella”, basados en que declaró que le preguntó la edad al advertir que era muy joven.

La fiscalía advirtió que el empresario debió haberle pedido el documento de identidad a la menor. Sobre este aspecto, los ministros enfatizan que la propuesta “no parece ajustarse a la lógica de cómo acontecen las cosas en la vida cotidiana”.

La decisión del tribunal no fue unánime, ya que el ministro Daniel Tapié votó por confirmar el procesamiento, en oposición a sus colegas José Balcaldi, redactor de la sentencia, y William Corujo.

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