Los criptoactivos tienen diversos términos y condiciones

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Ocho cosas que hay que saber para ingresar al mundo de los criptoactivos

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29 de junio de 2022 a las 19:00

Por Cr. Martín Villarmarzo, Assurance Partner de EY Uruguay

El dinero se ha utilizado durante siglos para facilitar el comercio de bienes y servicios. La forma del dinero ha variado entre culturas, pero esencialmente son de tres tipos: dinero “mercancía”; dinero “representativo”; y dinero “de curso legal”.

  • El dinero “mercancía” tiene valor en sí mismo (valor intrínseco) así como valor en su uso como dinero (por ejemplo, monedas de metales preciosos, sal, tabaco, café y trigo).
  • El dinero “representativo” tiene poco o ningún valor intrínseco, pero encarna un derecho a un elemento de valor subyacente (por ejemplo, certificados de oro y depósitos billetes que pueden ser canjeados por una cierta cantidad de oro o plata).
  • El dinero “de curso legal” es declarado dinero por un gobierno y por lo tanto deriva valor de ser moneda de curso legal.

En tiempos más recientes, el “bitcoin” fue lanzado como una criptomoneda. Después muchas otras criptomonedas y cripto-tokens han sido lanzados con diferentes propósitos y niveles de adopción. El Banco Central Europeo define una moneda virtual como "una representación digital de valor, no emitido por un banco central, entidad de crédito o entidad de dinero electrónico, que en algunas circunstancias puede ser utilizado como una alternativa al dinero”.

Las criptomonedas representan un subconjunto dentro de los criptoactivos

Definición de criptomonedas

El Comité de Interpretaciones de IFRS del IASB (International Accounting Standards Board) definió a una criptomoneda como un criptoactivo que cumple con todas las siguientes características:

  • Una moneda digital o virtual registrada en un libro mayor que utiliza criptografía para seguridad
  • No emitido por una autoridad jurisdiccional o equivalente
  • No da lugar a un contrato entre la titular y otra parte

Bitcoin, por ejemplo, cumpliría con esta definición. Las criptomonedas representan un subconjunto dentro de los criptoactivos.

¿Qué es lo que necesitamos saber?

  • Los criptoactivos tienen diversos términos y condiciones. El propósito para la tenencia de criptoactivos también difiere entre las entidades e incluso entre modelos de negocio dentro de las mismas entidades que los ostentan. Por lo tanto, el tratamiento contable dependerá de los hechos particulares y circunstancias y el análisis correspondiente podría ser complejo.
  • Para ser considerado efectivo, un criptoactivo tendría que ser generalmente aceptado como un medio de intercambio y considerado una base adecuada sobre la cual un tenedor podría medir y reconocer todas las transacciones en sus estados financieros.
  • Algunos criptoactivos contractuales podrían cumplir la definición de un activo financiero si dan derecho a su titular a efectivo, otro activo financiero o el derecho a negociar instrumentos financieros bajo términos favorables; o son, en efecto, certificados bursátiles electrónicos que dan derecho al titular a los activos netos de una determinada entidad.
  • Algunos contratos para negociar criptoactivos se contabilizan como derivados, si el contrato puede liquidarse por el importe neto o si el subyacente el criptoactivo es fácilmente convertible en efectivo, a pesar del criptoactivo no ser en sí mismo un instrumento financiero, siempre que se cumplan ciertos criterios.
  • Muchos criptoactivos cumplirían la definición relativamente amplia de un activo intangible. Sin embargo, no todos los criptoactivos que cumplen la definición de un activo intangible están dentro del alcance de la NIC 38 Activos Intangibles, ya que la norma es clara que no se aplican a elementos que están en el alcance de otra norma. Por ejemplo, algunas entidades podrían tener activos criptográficos para la venta en el curso ordinario de los negocios y como tal sería capaz de reconocer éstos como inventario.
  • El titular de los criptoactivos deberá tener en cuenta las condiciones generales de revelaciones requeridas por la NIC 1 Presentación de Estados Financieros cuando el cumplimiento de los requisitos específicos de las NIIF pertinentes es insuficiente para permitir a los usuarios de los estados financieros comprender el impacto de los criptoactivos en la situación financiera de la entidad y su desempeño.
  • El Comité de Interpretaciones de IFRS emitió un material sobre la contabilidad de las criptomonedas en junio de 2019, indicando que no son activos financieros sino activos intangibles en el alcance de la NIC 2 Inventarios o la NIC 38 Activos Intangibles.
  • Si bien el IASB aún no ha agregado a su agenda la implementación de estándares para los criptoactivos, continúa monitoreando el desarrollo de los mismos y su significado para las empresas que emiten estados financieros de acuerdo con IFRS.

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