El caso de las "muchachas de abril", asesinadas ese mes de 1974.

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Corte Interamericana responsabilizó a Uruguay en el caso de las "muchachas de abril"

También se condenó al Uruguay por las desapariciones forzadas de Luis Eduardo González y Óscar Tassino
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20 de diciembre de 2021 a las 17:17

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) falló en contra del Estado uruguayo por hechos cometidos durante la última dictadura: lo condenó "responsable" por la "falta de diligencia investigativa" en el caso del asesinato de tres mujeres y en la desaparición forzada de dos hombres.

El Tribunal entendió que Uruguay tiene "responsabilidad internacional" en las violaciones a derechos humanos de los familiares de Diana Maidanik, Silva Reyes y Laura Raggio, las "muchachas de abril" que fueron asesinadas en ese mes de 1974 en un operativo de las fuerzas conjuntas. 

Según la sentencia del caso, los militares y la policía buscaban a Washington Javier Barros y dispararon contra la puerta de su residencia, en un apartamento. El hombre no estaba en el lugar, pero sí estas tres mujeres.

"De acuerdo a distintos testimonios, las jóvenes llegaron a pedir por sus vidas. No obstante, las tres fallecieron", señala el texto.

La CIDH determinó, en este caso, que el Estado no investigó en "forma debida" por lo que "violó los derechos de sus familiares a las garantías judiciales y a la protección judicial". 

Además, el Tribunal declaró que Luis Eduardo González y Óscar Tassino fueron víctimas de "desapariciones forzadas" por lo que también señaló la responsabilidad del Estado en estos casos, además de reconocer sus responsabilidades ante los familiares de estos dos hombres. Para la Corte, Uruguay violó los derechos al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal y a la libertad personal.

González era un estudiante de medicina que integraba el Partido Comunista y fue detenido en la madrugada del 13 de diciembre junto con su esposa. Según el testimonio de la mujer, el hombre sufrió "malos tratos y torturas", recoge la sentencia.

El caso de Tassino es similar. Tenía 40 años y al momento de ser detenido, en julio de 1977, era militante del Partido Comunista y dirigente sindical de la Agrupación de la Administración de las Usinas y Teléfonos del Estado (AUTE).

Más de tres décadas después de los hechos aún no se sabe toda la verdad sobre lo ocurrido ni se han determinado las responsabilidades de estos hechos. "Los tiempos que se han tomado en la investigación de estas desapariciones sobrepasan parámetros de razonabilidad", señala el texto de la CIDH.

Con este marco, la Corte ordenó al Estado uruguayo a "continuar las investigaciones" para "sancionar a los responsables" de las ejecuciones y desapariciones, según cada caso, y ordenó que se realice un acto público de reconocimiento sobre estas situaciones.

Además, determinó que el Estado debe realizar una "búsqueda rigurosa" con "todos los esfuerzos" existentes para encontrar el paradero de González y Tassino. Todo esto debe cumplirse "en un plazo razonable" de tiempo, dice la sentencia.

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