Manifestantes frente a la Suprema Corte de Estados Unidos contra la prohibición de viaje a musulmanes

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Corte Suprema validó decreto de Trump que bloquea entrada a ciudadanos de seis países

El decreto afecta el ingreso de nacionales de Irán, Libia, Somalia, Siria, Yemen y Corea del Norte
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26 de junio de 2018 a las 12:09

La Corte Suprema de Estados Unidos validó este martes el decreto del presidente Donald Trump que pone obstáculos al ingreso de ciudadanos de seis países y funcionarios específicos de Venezuela, en una enorme victoria de la Casa Blanca.

Por cinco votos contra cuatro, la corte consideró válida la última versión del decreto, que afecta el ingreso de ciudadanos de países mayoritariamente musulmanes (Irán, Libia, Somalia, Siria y Yemen), así como de Corea del Norte, y también de algunos funcionarios específicos de Venezuela.

En la sentencia, redactada por el juez John Roberts, se considera que Trump ejerció "legalmente" su poder para "suspender la entrada" de extranjeros al país.

Antes, Trump había impulsado otras dos prohibiciones de viaje. La primera había sido aprobada en enero de 2017, justo después de su toma de posesión, y abarcaba a siete países de mayoría musulmana (Irán, Irak, Libia, Siria, Somalia, Sudán y Yemen) durante 90 días y suspendía el programa de admisión de refugiados por 120 días, con excepciones de minorías religiosas.

Como resultado de esa orden, 700 viajeros fueron retenidos en los aeropuertos y 60.000 visados fueron revocados temporalmente, según datos del Departamento de Estado.

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Dicha orden fue bloqueada por tribunales federales y el Ejecutivo preparó una segunda versión, tramitada en marzo de ese año, que eliminaba de la lista a Irak y suprimía las excepciones recogidas en el programa de admisión de refugiados, pero los tribunales nacionales se opusieron de nuevo e impidieron su puesta en marcha.

Tras varios reveses judiciales, ese veto pudo entrar en vigor gracias al Tribunal Supremo, que permitió al gobierno restringir la entrada de aquellos que no tenían familia cercana en Estados Unidos.

Las restricciones eran temporales y cuando expiraron, en sepiembre de 2017, Trump proclamó su tercer veto, que incluyó por primera vez a dos países sin mayoría musulmana: Corea del Norte y Venezuela, en los que las restricciones solo afectaron a algunos funcionarios y su "familia inmediata". El Supremo permitió en diciembre su implementación de manera temporal.

La inclusión de dos países que no albergan una mayoría musulmana supuso un duro golpe a la argumentación de los demandantes -liderados por Hawái-, que habían apuntado a las declaraciones del mandatario sobre la necesidad de implementar un veto contra los musulmanes y señalaban que discriminaba en base a la religión.

El nuevo fallo supone un influjo de combustible para Trump, pero sobre todo un respaldo a sus políticas acompañadas de una extravagante retórica antiinmigración que cimentó las bases de su campaña presidencial de 2016 y que mantiene durante su mandato.

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