¿Qué se vota?
La elección nacional de este domingo 27 de octubre tiene una doble condición; es presidencial y parlamentaria. Se elige al presidente y vicepresidente de la República para el período 2020-2025 así como la conformación de las dos cámaras (30 senadores y 99 diputados). Para ser electos en esta ocasión el presidente y vicepresidente requieren de mayoría absoluta de los votos, lo cual equivale al 50% más un voto. Si ninguno de los candidatos lo logra se deberá realizar una segunda vuelta (balotaje) el domingo 24 de noviembre, en la que ganará la fórmula que obtenga mayor cantidad de votos.
¿Cuáles son los votos válidos?
Todos los que voten por algún partido. Para la asignación de las bancas no se computarán los votos en blanco o anulados. Solo cuentan los votos válidos. Es por ello que la mayoría parlamentaria se puede obtener sin llegar al 50% de los votos.
¿Es posible votar al candidato y no al Parlamento?
Sí, para ello deberá poner dos listas no idénticas del mismo partido político.
¿Puedo poner dos listas si quiero votar Parlamento?
No. En ese caso sólo debo colocar en el sobre una lista.
¿Cuándo se anula el voto?
1. Si hay más de dos listas de votación (aun si fueran iguales).
2. Si se introduce cualquier objeto extraño en el sobre aparte de la lista, como la bolsa de nailon. No se incluye como objeto extraño la papeleta por el "Sí" de apoyo a la reforma constitucional.
3. Si hay listas de dos departamentos distintos.
4. SI la lista está señalada con signos, enmendaduras, testaduras o nombres manuscritos agregados.
¿Cuándo se vota en blanco?
1. Al dejar el sobre vacío sin ninguna lista.
2. Si se vota con listas departamentales diferentes de aquel en que se sufraga.
¿Puedo votar solo por el "Sí" a la reforma Vivir sin miedo pero no votar ninguna lista?
Sí. En ese caso se computa el voto para el plebiscito, y en las elecciones nacionales se computa como voto en blanco.
¿Vale el voto por el "Sí" a la reforma Vivir sin miedo si coloco una papeleta apócrifa?
La Corte Electoral resolvió que si se coloca una papeleta perteneciente al plebiscito del no a la baja de la edad de imputabilidad del año 2014 el voto por la reforma no será válido pero no se anulará el voto a presidente y a senadores y diputados que se introduzca junto con la papeleta.
¿Quiénes tienen que votar?
El voto es secreto y obligatorio. Están habilitadas para votar todas las personas inscritas en el Registro Cívico Nacional que hayan cumplido 18 años de edad al día domingo 27 de octubre de 2019 inclusive.
¿Cómo se vota?
La persona debe ingresar sola al cuarto secreto, salvo aquellos no videntes o que están imposibilitados de caminar por sí mismos.
¿Es posible votar sin llevar la credencial?
Sí. La persona debe concurrir al circuito donde le corresponde votar, debe saber su número y serie de credencial y acreditar que es quien dice ser (mediante documentos de identidad).
¿Qué motivos justifican no ir a votar para quienes es obligatorio?
Quien no vote podrá justificarlo por causas de "fuerza mayor" (como inundaciones), enfermedad o estar fuera del país.
¿Qué deberá hacer si no fue a votar por los motivos antes señalados?
En todos los casos se debe acreditar la justificación.
Quienes estén enfermos o imposibilitados físicamente tienen que justificarlo con un certificado médico ante la Corte Electoral.
Por ley, la persona que se encuentre en el exterior está obligada a presentarse ante la oficina de la Junta Electoral del departamento donde normalmente vota para informarlo en un plazo de 30 días desde el arribo al país. Deberá presentar los sellos en el pasaporte, los pasajes de abordar o las reservas.
¿Cuál es la multa por no votar?
En caso de que la persona no se presente, la multa que corresponde pagar es de 1 UR ($ 1.196 aproximadamente) o de 2 UR ($ 2.392) en caso de ser funcionario público.
¿Qué consecuencias trae no votar sin justificativo ni pagar la multa?
Por no haber cumplido con la obligación del voto están previstas una serie de sanciones. Puede complicar a quien sea funcionario público, jubilado, o pretenda presentarse a cargos públicos, o a quien vaya a realizar una compraventa. En este último caso, el escribano debe pedir la justificación del voto de la Junta Electoral.
¿Hay un límite de edad que justifique no presentarse a votar?
No. Al respecto desde la Corte Electoral se aseguró que no hay un límite de edad para ir a votar y que por lo tanto todo el electorado debe presentarse. Si una persona tiene problemas de salud o dificultad para trasladarse al circuito de votación, deberá justificar el no haber votado mediante un certificado médico que lo acredite.
¿Durante cuánto tiempo se controla?
El control solo se realiza en los 120 días posteriores a la celebración de las elecciones. Eso significa que la persona que no se presentó a la oficina de la Junta Electoral para probar la falta y tampoco pagó la multa durante un lapso de cuatro meses que siguen a su llegada a Uruguay podría evitar la sanción económica.
¿Qué sucede si trabajo el día de la elección?
La ley establece que los patrones deberán otorgarles al menos dos horas para que puedan concurrir a votar, sin perjuicio de que eso afecte la paga de su salario.
¿A qué hora abren y cierran los circuitos?
Se puede votar entre las 8:00 y las 19:30.
¿Qué pasa si llegan las 19.30 y sigo haciendo fila para votar?
Se cierran las puertas del local a las 19.30, pero quienes estén dentro podrán votar y las mesas permanecerán abiertas hasta una hora más.
¿Cuánto dura la veda alcohólica?
Comienza a las 19:30 del sábado y tiene una duración de 25 horas, hasta las 20:30 del domingo.
Esta norma no alcanza a las fiestas privadas, y tampoco indica el cierre de bares ni de boliches, simplemente prohíbe la venta de bebidas alcohólicas en esos locales.
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