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Elecciones del BPS: conozca los detalles, las multas previstas y qué hacer en caso de no figurar en el padrón electoral

Hay 1,7 millones de personas habilitadas para votar. El plazo para denunciar la ausencia en el padrón electoral vence este viernes
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23 de septiembre de 2021 a las 05:00

Este viernes finaliza el plazo para que las personas que no figuran en el padrón electoral para las elecciones del Banco de Previsión Social (BPS) – a desarrollarse el 28 de noviembre - puedan presentar sus descargos en el caso de considerar que deberían estar habilitadas para participar del acto eleccionario.

En el sitio web de la Corte Electoral, los interesados podrán rellenar un formulario explicando su situación. Actualmente, las personas solo pueden consultar si están habilitadas para votar o no.

El plan circuital donde se podrá consultar los lugares de votación, estará disponible a partir de la segunda quincena de octubre, según explicó a El Observador el vicepresidente del BPS, Daniel Graffigna.

El Directorio del BPS está conformado por cuatro miembros designados directamente por el Poder Ejecutivo con venia del Senado y tres directores sociales electos por cada uno de los órdenes: jubilados y pensionistas, trabajadores activos y empresas contribuyentes. 

El voto es secreto, personal y obligatorio, para las personas incluidas en los padrones electorales. Están habilitadas para votar cerca de 1,7 millones de personas.

La denuncia de Onajpu ya tiene solución 

La Organización Nacional de Jubilados y Pensionistas del Uruguay (Onajpu) realizó este martes una conferencia de prensa para denunciar que su candidato para las elecciones del BPS, Sixto Amaro, quedó excluido del padrón electoral debido al cambio de criterio en la forma de elección.

Estamos preocupados con el hecho de que se pretende impedir que nuestro representante sea reelecto”, dijo en rueda de prensa el presidente de la Onajpu, Daniel Baldassari.

Baldassari apuntó que muchos pasivos no figuran en el padrón electoral, lo que es interpretado por la Onajpu como “una medida restrictiva” que “atenta contra los derechos democráticos y participativos de los jubilados y pensionistas”.

La Onajpu realizó el reclamo correspondiente ante la Corte Electoral. El plazo para recepción de reclamos vence este viernes. “Estamos sumamente preocupados por si esto no se puede revertir. Esperemos que las autoridades reconsideren esta situación que nos parece muy grave”, dijo el presidente de la organización.

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Además quedaríamos en situación de desventaja frente a los otros directores sociales puesto que nunca más, si se mantiene esto, podría ser reelecto un representante de los jubilados y pensionistas”, agregó.

Sixto Amaro, por su parte, dijo a Caras y Caretas que tampoco se encuentran en el padrón aquellos pasivos que reciben la Pensión Especial Reparatoria (PER), pensiones por violencia, por violencia doméstica y aquellos que son beneficiarios del programa asistencia a la vejez del ministerio de Desarrollo Social (Mides).  

Graffigna respondió ante estas denuncias planteadas y dijo a El Observador que “no existió cambio de criterios” y que se solucionó el tema en el directorio del BPS desarrollado este miércoles.

Los servicios informaron que corresponde que Amaro integre el padrón de jubilados y pensionistas. En ese sentido, el directorio siguió la recomendación de forma unánime”, explicó.

Al ser consultado por la denuncia del propio Amaro sobre los pasivos que reciben PER u otro tipo de prestaciones y que se encuentran fuera del padrón electoral, Graffigna remarcó: “Hasta el 24 quienes entiendan que deberían estar en el padrón pueden hacer los reclamos y se les va a responder como corresponde”.

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¿Quiénes deben votar en las elecciones del BPS?

Es obligatorio el voto para todos aquellos jubilados y pensionistas y trabajadores activos públicos y privados mayores de 18 años al 28 de febrero de 2021. Además, están incluidos quienes sin reunir los requisitos al 28 de febrero de este año, sí lo hicieran al 31 de julio del año pasado

Tanto jubilados y pensionistas como trabajadores activos que tengan credencial cívica, no deberán hacer ninguna gestión en esta instancia. 

También deberán votar las empresas contribuyentes de cualquier tipo de aportación, salvo excepciones, que estén inscriptas ante el BPS al 28 de febrero de este año y al día en el pago de sus obligaciones corrientes y de cuotas por convenio. Se incluyen en este padrón las empresas que si bien no cumplen las condiciones anteriores al 28/02/2021, las verifican al 31/07/2020. 

Todas las empresas contribuyentes sean pluripersonales o unipersonales tienen derecho a un solo voto. 

En el caso de las empresas unipersonales, votan únicamente sus titulares, sin necesidad de realizar ninguna gestión en esta oportunidad. 

¿Quiénes están exceptuados de votar?

No votan los contribuyentes de aportación civil, bancaria, notarial y profesional, titulares usuarios de servicios, empleadores de servicio doméstico y titulares de obras de construcción. 

Tampoco votan los mayores de 75 años o aquellas personas que cobren un subsidio por discapacidad.

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¿Cuáles son las sanciones por no votar?

Las sanciones a los jubilados y pensionistas que no voten serán de una multa igual a la de no haber votado en las últimas elecciones nacionales, unos $ 1.200. 

Graffigna explicó que es “un disparate” el rumor que circuló en la que se decía que los jubilados y pensionistas que no voten se verían impedidos de cobrar su jubilación.

Si un trabajador no cumple con la obligación del voto, se le aplicará una multa igual a la de no haber votado en las últimas elecciones nacionales. Y en caso de no pagarla, su empleador será responsable solidariamente. La multa también es de $ 1.200.

La multa será el doble $ 2.400 para aquellos trabajadores que sean profesionales o funcionarios públicos.

A las empresas que no designen un mandatario o habiéndolo designado, no concurran a votar, se les aplicará una sanción de 6, 12 o 20 UR, según la cantidad de trabajadores dependientes, sin importar su naturaleza jurídica. El valor de la multa en estos casos va desde $ 8.081, $ 16.162 y $ 26.937, respectivamente. 

 

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